Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE PODERES HACIA MEFINO, POR FRANCISCO TUSQUETS COMADURAN. |
Sepase. Como D. Francisco Tusquets, hacendado, vecino de esta ciudad. De su libre y espontanea voluntad, otorga que da todo su poder cumplido, libre y bastante cual de derecho se requiere y es necesario, de modo que la especialidad no derogue a la generalidad ni esta a aquella a D. Manuel Mefino vcino de la misma, aunque ausente, paraque en su nombre, y representando su persona, accion y derecho pueda comparecer, junto con hombres buenos, ante cualesquiera Señores alcaldes constitucionales, y en presencia de los mismos celebrar juicios de conciliación, remitiendo y perdonando en obsquio de ella lo que le pareciere justo, instando los testimonios oportunos. Y si los efectos de dicha conciliación no tubieren lugar, pueda así mismo comparecer ante cualesquiera Señores jueces, justicias, audiencias, consulados, curias y tribunales, eclesiasticos y seculares, y en ellos intentar, proseguir y terminar cualequiera pleytos u causas, activas, y pasivas, principales y de apelación, movidas y para mover largamente, con el acostumbrado curso de pleytos, y causas, facultad expresa de hacer requirimientos, replicar y responder a otros, jurar de calimnia, poner embaros y desembargos, prestar cauciones juratorias, y fiadurias, esponer clamos y reclamos, instar egecuciones, y hacer todo lo demas que en orden a dichos pleytos y causas, se requiera, según el estilo de los mismos tribunales, donde se siguieren sin limitación ni restricción alguna, concediendole a mas facultad especial de que pueda substituir este poder, en todo u parte, a las personas de su satisfacción, revocar substitutos y nonbrar otros siempre y cuando le pareciere, y generalmente en orden a lo referido, egecutar todo lo que el Señor otorgante podria hacer, si fuese presente. Prometiendo como promete, estar a juicio, pagar lo juzgado y tener por firme y valedero, cuanto en virtud de este poder se obrare, sin contavenirlo ni revocarlo en tiempo ni por motivo alguno, bajo obligación de todos sus bienes, con las renuncias de leyes, y derechos de su fabor. En cuyo testimonio, conocido del infro escrivano, así lo otorga y firma, en la ciudad de Barcelona a veinte y nueve dias del mes de Marzo, del año mil ochocientos cuarenta y cuatro. Siendo presentes por testigos D. Mariano Riera, y D, Isidro Vicente Arroyo, vecinos de la misma.
Francisco Tusquets y Comaduran, Ante mi Jaime Rigalt y Albert notario.