Saga Bacardí
04677
ESCRITURA DE PODERES HACIA PONS, COMAS Y ROQUER, POR IGNACIO VILLAVECCHIA Y VIANI.


El año mil ochocientos veinte y cinco, y a los veinte y un días del mes de Febrero. Por ante mi el escribano y testigos nombraderos compareció D. Ignacio Villavecchia y Viani, vecino y del comercio de esta, quien dixo, que de su buen grado constituía y nombraba como por los presentes constituye y nombra en sus procuradores generales y especiales, la una calidad no derogando la otra, a saber, a D. Jayme Pons y a D. José Comas del Brugar notarios reales y causídicos, vecinos de esta, y a D. Cayetano Roquer pasante de causídico todos vecinos de esta, ausentes como si fuesen presentes paraqué por el otorgante, su persona, voz, acciony derecho representando pueda presentarse ante qualesquiera jueces, audiencias, consulados, curias, y demás tribunales que corresponda, y ante ellos ontentar, seguir, y terminar todos pleytos y causas activas, yciviles y criminales, principales y de apelación, movidas y movederas con el acostumbrado curso de pleytos, y causas facultad de jurar de calumnia, prestar cauciones juratorias y de fiaduria, hacer memoriales, pedimentos, requirimentos, respuestas, protestas, suplicas, y recursos, instar su presentación y a ellas responder, poner emparas, y embargos, instar desembargos, y cancelarlos, y soltarlos, exponer reclamos, instar execuciones, requerimientos, y embargos, cancelarlos, y consentir se levanten, y practicar lo demás que en razón a dichos ausas y su curso se requieran, según estilo de los tribunales donde vertieren sin limitación. Con facultad de substutior, revocar substitutos, y nombrar otros, y generalmente practicar quanto el constituyente haría presente siendo. Con promesa de estar a derecho, pagar lo jusgado y sentenciado, y haber por firme y valido quanto por dichos procuradores, el otro de ellos y sus tal vez substituideros será obrado, y no revocarlo, bazo obligación de sus bienes, muebles y sitios, presentes y futuros, con las renuncias en derecho necesarias. En cuyo testimonio conocido de mi el escribano, otorga y firma la presente en Barcelona en los dia, mes y año arriba notados, siendo testigos Pablo Estrader y Jayme Pineda en la misma residentes.
Ignacio Villavecchia y Viani, Ante mi Antonio Ubch y Claris notario.