Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE PODERES DE DESATOVICH, HACIA IGNACIO VILLAVECCHIA. |
Sepase por esta publica escritura, como D. Nadal Desatovich capitan del bergantin Rageseo nombrado "La Ermosa Judich", de mi espontanea voluntad otorgo, y doy todo mi poder cumplido, libre, general y bastante qual de derecho se requiere y es necesario a D. Ignasio Villavecchia Consul General de Ragusa en esta ciudad, y Principado de Cataluña, presente, paraque por mi en mi nombre, mi persona, accion y derecho representando pueda transigir, y concordar con qualesquiera acreedores o deudores mios, o con otras qualesquiera personas sobre todos y qualesquiera pleytos, pretenciones, y cuestiones que son y seran entre aquellos de una, y yo de otra parte por qualquiera motivo, o causa, así por via de derecho como de amigable composicion, elegir arbitros, arbitradores, o amigables compositores a las personas que le pareciere, comprometa una, y muchas veces, y para ello obligue todos mis bienes, acete qualesquiera creditos, condone, ceda, y absuelva todo quanto le pareciere, cobre la cantidad concordada, y tambien pueda dar tiempo para la paga, y si yo fuera deudor, prometa pagar la cantidad concordada en los terminos, y plasos, y con las clausulas, y obligaciones al referido mi apoderado bien vistas, liquide qualesquiera cuentas, intereses, y demas que acarriere, jure y advere mis creditos sinceros, y verdaderos. Y al mismo fin pueda firmar qualesquiera cartas de pago, cesiones, difinidiones absoluciones, y concordias, con pacto de no pedir cosa alguna mas, renunciacion de pleytos, y otras clausulas, y cautelas que le pareciere roborandolo con juramento que en mi alma pueda prestar, oir qualesquiera sentencias, y penas que para la observancia de lo acordado se dieren, loarlas y omoligiarlas, renuncie al beneficio y arbitrio de buen varon, y su recurso, y haga y firme todo lo demas que le parezca util y necesario.
Otro si: Pueda pedir, percibir, y cobrar de qualesquiera comunes sociedades, singulares personas, y de quien convenga, todas y qualesquiera sumas, y cantidades de dinero, creditos, vales, letras de cambio, fletes, frutos, generos, meercadurias, y otras qualesquiera cosas que al rpesente se me deben, y deberan en adelante por qualesquiera titulo o causa, y de lo que percibiere y cobrare, pueda dar, y otorgar de y otorgue recibos, cartas de pago, y demas resguardos y escrituras oportunas con cancelación de qualesquier otras así publicas como privadas
Otro si: Pueda parecer y parezca ante qualesquier audiencias, chancillerias, curias, tribunales, justicias de Su Magestad y donde convenga, y en ellos y cada uno de ellos intentar, proseguir y terminar qualesquiera pleytos, y causas civiles, y criminales, activas, y pasivas, principales, y apelatorias, movidas y movederas, por qualquiera causa, o razon y con qualesquiera personas, largamente, con el acostumbrado curso de pleytos, y causas, facultades expresas de jurar de calumnia, prestar causiones juratoras, y fiadoras, exponer clamos y reclamos, instar execuciones, hacer embargos, y aquellos cancelar, y cosnsentir que se levanten, hacer qualesquiera requerimientos, respuestas, y protestas, e instar que sean levantados los testimonios que seran menester, y practicar todos lo demas que para dichas causas, y su curso se requiera, sin limitación alguna. Y con facultad de substituir este poder en todo o en parte. Revocar los substitutos, y nombrar otros, siempre que le parecieren, y generalmente haga y execute todo quanto yo haria si fuese presente. Prometiendo estar a juicio, pagar lo juzgado y sentenciado, y haber por firme, estable y seguro todo lo que por dicho mi apoderado, y sus substitutos será practicado, y no revocarlo en tiempo alguno. Baxo obligación de todos mis bienes muebles y raizes, presentes, y venideros con todas renuncias de derecho necsarias. En cuyo testimonio otorgo la presente escritura en esta ciudad de Barcelona a los cinco dias del mes de Octubre del año mil ochocientos y uno. Y dicho otorgante (conocido del infro escrivano) lo firmó. Siendo presentes opr testigos Joseph Ubach, y marquet y Agustin de Lacortina y Garrabau escrivientes residentes en esta ciudad.
Natal Desatovich, Ante Joseph Ubach.