Saga Bacardí
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ESCRITURA DE NOTIFICACIÓN HACIA STAMBERG, POR VILLAVECCHIA & MORRO. Escritura en muy mal estado.


En la ciudad de Barcelona a los seis dias del mes de Enero del año mil setecientos noventa y cinco. Juan Abarca portero de la Real Audiencia de este Principado, constituido personalmente en los estudios del despacho del infro escrivano que se hallan en la calle den Jaupí mediante el juramento por el prestado en el ingreso de su oficio ha hecho relació a mi el escrivano, que entre las ocho y nueve horas de la mañana del dia de yo a instancia de Juan Stamberg Suoco capital del barco nombrado ----------------------------de los Señores D. Francisco Ponte y Sobrino, del comercio de esta ciudad, y por ausencia a su criado.------------------------------
Que en fecha nueve de Diciembre ultimo Felipe Ravina del comercio de la ciudad de Cádiz firmó por la traba de fletamiento con el capitan Juan Stamberg que lo es de --------------------
Vm. en poder del escerivano de este requirimiento por si Vm. Quieren certirse y que al mismo tiempo para una carta dirigida a Vm. El mismo cargo se halla consignado a Vm. Que dicho capitan Stamberg a estas y fué admitido a libre platica el veinte y nueve del pasado, o el treinta siguiente, emperó a descargar sy carga y res-- a la consignación de Vm. ha----de esta arriba acabaron en Cádiz, y dos mas de los diez dias de sobre - acabandose mañana los restantes ocho dias que fue echo que sse deben pagaar de capital a veinte y cinco libras de-veinte y ocho pesos el uno por dia. Y tampoco se que todo lo Vm. no le han arribado de descargar su cargo de lo que le resulta grave perjuicio al mismo capitan por hallarse de este ya vletado para deixo destino. Por tanto el citado capitan Stamberg por una, dos, y tres veces, y quantas de derecho menester sea requiere, e intermela a mi para que en continente le acaben de descargar, y lo mas toredante de su cargo de bordo, y que tambien le pagara a dicha razón de veinte y cinco pesos los citas de subastarias, cuya razon de trenta pesos por dia todos los de mas que se detendra hasta la total descarga, y su despacho, protestando a Vms. En caso contrario de todos daños, gastos, acontecimientos y demas, que por falta de todo lo arriba dicho se le detenga a dicho capitan, y de todo lo demas que le sea licito de protestar. Requiriendo.= De todo lo que dicho Juan Abarca ha requirido a mi el infro escrivano formase la presente publica escritura, y que de ella a el, y demas que convenga entregase copia autentica. Lo que fué hecha en la dicha ciudad de Barcelona en los mismos dia, mes y año de arriba. Y el requirente (conocido de mi el infro escrivano) lo firnó. Siendo presentes por testigos Ramon Francesch y Joseph Molas escrivientes en esta ciudad residentes.
Juan Abarca, Ante Joseph Ubach.