Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PROTESTO DE CAMBIABLE DE STAGNO, CONTRA PONTE Y VILLAVECCHIA.


En la ciudad de Barcelona oy que contamos a los sinco días del mes de Agosto del año del Nacimiento del Señor de mil setecientos ochenta y ocho. Geronimo Stagno vezino y del comercio de esta ciudad, constituhido personalmente en las casas de la propria habitación de Pedro Mauri también vezino y del comercio de esta ciudad que las tiene sitas en la calle que media la muralla del Mar de esta ciudad, a fin de que dicho Mauri acetase la letra de cambio bajo inserta con commission, y orden de los Señores Ponte y Villavecchia del comercio de esta ciudad por ausencia de dicho Mauri presentó a su consorte la primera letra de cambio que es del thenor siguiente.=
J.M.J. Canonja a tres Agosto de mil setecientos ochenta y ocho.= Son ciento setenta sinco libras en oro o plata a ocho días vista se servirá Vm. mandar pagar, por esta nuestra primera de cambio a la orden del Señor Joseph Anguera las sobredichas cien y setenta y cinco libras en oro, o plata valor en vuenta, las que mandará notar, según avisamos, y Christo con todos.= Antonio Ponts.= Al Señor Pedro Mauri guarde Dios muchos años, Barcelona.= Paguese a la orden de los Señores D. Joseph y D. Francisco de Bofarull Hermanos, valor en cuenta.= Reus ffecha ut retro.= Joseph Anguera.= Paguese a la orden de los Señores Ponte y Villavecchia, valor en cuenta con dichos Señores.= Reus fecha ut retro.= D. Joseph y Francisco de Bofarull Hermanos.= Y vista la expressada letra por la referida consorte del nombrado Mauri dixo. Que este se hallaba ausente de esta ciudad y que por consiguiente no podría acetarla. Y el nombrado Stagno protestó contra dicho Maure, y demás que tenga derecho de todos daños, gastos, perjuicios, cambios, recambios, y demás que por falta de acetación de dicha letra se seguirán, y puede seguir a los expressados Señores Ponte y Villavecchia. Y requirió a mi el infrascrito escribano que de lo arriba dicho formase la presente publica escritura, y que de ella a el, y demás a que convenga entregase copia autentica. Que fue fecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba dichos. Y dicho requirente (conocido de mi el infro escribano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Joseph Costa ySanromá y Joseph Fisonell ambos mancebos fabricantes de medias de telan en esta ciudad residentes.
Geronimo Stagno, Ante Ramon Matheu y Smandia, y por su ocupación con intervención de Joseph Ubach su con-notario.