Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE CAMBIO DE DENOMINACION DE LA MERCANTIL BADÍA & ALEÑA, POR ALEÑA, INTERVIENE JOAQUIN VILLAVECCHIA Y BUSQUETS. |
En la ciudad de Barcelona a veinte y uno de Octubre de mil ochocientos noventidos.
Ante mi Don Antonio Gallardo y Martínez, Doctor en derecho civil y canonico, Notario del Ilustre Colegio del territorio de esta Audiencia con residencia en la capital, han comparecido los Señores Don Narciso Aleña y Vilá, Don Joaquin Villavecchia y Busques, Don Juan Burch y Bitlloch y Don Santiago Bonastre y Feu, casados los tres primeros y soltero el último, todos del comercio, mayores de veinte y cinco años y vecinos de esta ciudad, que me exhiben sus cedulas personales de clase oncena, número tres mil doscientos veinte y uno y fecha veinte y tres de Octubre del año último la del Señor Aleña, de clase decima número doscientos siete y fecha trece del mismo mes de Octubre proximo pasado, la del Señor Villavecchia, de clase sepitima número seiscientos treinta y fecha catorce de Noviembre último, la del Señor Burch y de clase octava número setecientos doce y fecha doce del propio mes de Noviembre del año último la del Señor Bonastre, todas ellas espedidas por esta administración, y asegurando tener y teniendo todos los comparecientes a mi juicio la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente acto, han dicho: Que mediante escritura autorizada por mi el suscrito notario en el mismo dia de hoy, los tres primeros comparecientes y Don José Badía, han rescindido parcialmente respecto de este últilo la sociendad mercantil comanditaria, que bajo la razón de “Badía y Aleña Sociedad en Comandita” habian constitiudo entre los cuatro mediante escritura autorizada también por mi el suscrito notario en veint ey cinco de Marzo proximo padado, inscrita en el registro mercantil de esta provincia en la hija número dos mil ciento veinte y ocho, folio diez y seis tomo veinte y ocho del libro de Sociedades, estipulando en aquella escritura de rescisión que dichos tres primeros comparecientes en acto últerior convendrian el modo y forma como en virtud de la reparación de Don José Badía, debia continuar funcionando la antedicha sociedad “Badia & Albiña Sociedad en Comadita”.
Que en atención a las razones que se indican en quella escritura otorgada en el dia de hy en union del Señor Badia ha sido necesario a los Señores Villavecchia, Burch y Aleña asociarse a otra persona que venga a llenar en la sociedad el vacio ocasionado con la separación del Señor Badía y que a este objeto se han puesto de acuerdo con el otro comparciente Señor Bonastre para continuar en unión suya y mediante la aportación de capital determinado, la misma sociedad que hasta el momento ha existido entre ellos y Don José Badía y que en parte ha quedado modificada en virtud de la reparacion que acaba de tener lugar.
Por lo que y por via de adición a la citada escritura otrogada con el Señor Badía y al objeto de fijar la verdadera forma en que queda subsistente y continua la espresada sociedad “Badía & Aleña Sociedad en Comandita”, otorgan todos ellos. Que la espresada sociedad “Badía & Aleña Sociedad en Comandita, en virtud de la rescisión parcial operada respecto del Señor Badía y del ingreso en ella del Señor Bonastre quedará constituida por los Señores Don Narciso Aleña, Don Joaquin Villavecchia, Don Juan Bruch y Don Santiago Bonastre, siendo el Señor Aleña, socio colectivo y meramente industrial como hasta el presente ha venido siendolo de la espresada sociedad “Badía & Aleña, Sociedad en Comandita” y viendo los otros tres Señores Villavecchia, Bruch y Bonastre socios meramente comanditarios, girando dicha compañía bajo la razón de “Narciso Aleña Sociedad en Comandita”, y corriendo en ella la gerencia y el uso de la firma social a cargo del unico socio colectivo Señor Aleña en la forma en que la desempeñaba en la anterior sociedad en virtud del pacto primero de la misma; que el Señor Bonastre aporta a dicha sociedad el capital de veinte mil pesetas, continuando los otros Señores Villavecchia y Burch con el mismo capital con que interesaban en la anterior Sociedad “Badía & Aleña” y que quede subsistente y rija entre los cuatro comparecientes y para el funcionamiento de la sociedad formada entre ellos desde este acto, todos los pactos consignados en la escritura de veinte y uno Marzo próximo pasado por la que se constituyó la antedicha sociedad “Badía & Aleña Sociedad en Comandita”, compitiendo por consiguiente al Señor Bonastre todos cuantos derechos corresponden en virtud de aquella escritura a los Señores Villavecchia y Burch y debiendo repartirse por igual entre los cuatro comaprecientes las ganancias que tal vez se originaren en la misma forma establecida en aquella escritura en los pactos cuarto y quinto, estipulando ademas que la sociedad tal como en este acto queda constituida entre los cuatro comparecientes, terminara a los cinco años a contar desde el citado dia veintiuno de Marzo proximo pasado y conviniendo por via de adicion a lo consignado en aquella escritura de veinte y uno de Marzo último que cualquiera de los socios asi colectivo como comanditarios tendrá el derecho de pedir y deberá acordarse la disolución de la sociedad, siempre que de algun blance ordinario o extraordinario apareciere la perdida de la mitad del capital social.
Y yo el notario autorizante he advertido a los Señores otrogantes que copia autentica de esta escritura deberá presentarse dentro del plazo legal a la oficina liquidadora correspondiente para satisfacer a la Hacienda pública los derechos que devengue y una vez satisfechos presentarse en el registro mercantil de esta Provincia para su inscripción en el mismo.
Así lo otorgan siendo presentes por testigos instrumentales Don Prudencio Bes y Balaguer y Don Alfredo Rodriguez y Cascante de esta vecindad con quienes firman despues de leida integramente esta escritura a su elección, advertidos antes todos de su derecho para lerla por si, de todo lo que así como del conocimiento, profesión y vecindad de los Señores otorgantes, doy fe.
Joaquin Villavecchia, Santiago Bonastre, Narciso Aleña, Juan Burch, Alfredo Rodriguez, Prudencio Bes Balaguer Antonio Gallardo Martinez.