Saga Bacardí |
11831 |
ESCRITURA DE PODERES QUE ACTUAN FRANCISCO PONTE, SOBRINO & Cia. |
Sepase por esta publcia escritura, como los Señores Don Francisco Ponte, Sobrino & Cia. De este comercio, en calidad de apoderados para las infras y otras cosas legitimamente constituydos y nombrados por el Señor Francisco Juan Bautista de Annes hijo del difunto Carlos Francisco Prudencio habitante en Gainbaló departamento de Agogne no solo en este nombre si que también en el de apoderado de Carlos Agustin Vicente Lorenzo, Anna Maria Restituta, y Maria Catarina de Amesse hermanos, y Barbara Vianca viuda del difunto Francisco Antonio Annes tutora de Angela Maria Agnese su hija habitante en Abbiattegrasso, departamento D’olma según parece con escritura que passó ante el Doctor Carlos Lonati notario publico de Milan, su fecha a los trece Diciembre mil ochocientos seis legalisado, y sellado a los trece Febrero mil ochocientos siete, por los delegados el notariato de Milan legalisado, y sellado asi mismo a los diez y siete de dichos mes, y año por la Municipalidad de Milán, legalisado, y sellado también a los veinte de los mismos por el Ministro del interior en Milán legalisado, y sellado también a los veinte y seis de los mismos en Milan, por el consejero de estado de aquella legalisado y sellado en dicha ciudad de Milan a los veinte y ocho de dichos mes, y año por el Ministro de España de cuya escritura de poder el mismo escrivano con sus certificatorias letras de fee. Y Don Antonio Mordafino de este comercio, encargado del dicho Don Francisco Juan Bautista Anesse según parece de las cartas a el dirigidas que originales ha presentado a mi el escr4ivano siendo la ultima de fecha ocho Mayo ultimo los dos en el nombre que representan, espontaneamente confiesan haber recibido de los executores testamentarios de Doña Antonia Cortes viuda que fué de Don Juan Antonio Arenones la cantidaad de quinientas libras faguesas cuya cantidad sirve a sus principales en satsifacción de lo dispuesto por dicho Don Juan Antonio Annones su fecha a los catorce Marzo mil ochocientos cinco, autorisado por Don Joaquin Vicente de Almarge notario publico de la ciudad de Zaragoza, y los pertenece esta cantidad por haberse verificado el caso que previno el testador de morir sin haber tomado estado su hijo postumo y de recaer en favor de los hermanos, y hermanas d el a sus habientes en caso de haber muerto alguno de ellos. El modo de la paga y entrega de dichas quinientas libras faguesas, es que confiesan haberlas recibido en nombre de sus principales por manos de Don Santiago Cuellar hijo y herederod el difunto Don Joaquin Cueller otro que fue de los executores testamentarios vecino de dicha iudad de Zaragoza en dinero metalico, y sonante a todas sus voluntades. Por lo que renunciando a la excepción de la cosa no ser así, leyes de la entrega, y demas de su favor, no solo firman com el presente la presente carta de pago, si que también en nombre de sus principales en quanto a la cantidad recibida, absuelven de esta manda a los Señores executores testamentarios, a sus representantes, y los que puedan tener derecho a los bienes del testador.
En cuyo testimonio otorgan la presente escritura en esta ciudad de Barcelona a los veinte y cinco dias de Octubre de mil ochocientos diez y seis, Yo dicho Señor otorgante, conocidos del infro escribano lo firman siendo presentes por testigos Don Jacinto Soler y Francisco Xavier Huguet en esta misma ciudad residentes.
Antonio Mordafino, Fco. Ponte, Sobrino & Cia. Ante mi Antonio Ubach y Claris notario.