Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE PODERES HACIA VINENT, POR LUIS MONTOBBIO Y MALET. |
En la ciudad de Barcelona a los dos de Junio de mil ochocientos sesenta y nueve. Ante mi D. José Plá y Soler notario del comegio de este territorio vecino de la presente ciudad y testigos nombraderos, compareció D. Luis Montobbio y Malet coredor, vecino de esta ciudad, el cual espontaneamente otorga y confiere poder cumplido y bastante cual en derecho se erquieraal Excelentisimo Señor D. Antonio Vinent y Viver, vecino de Madrid, para que en representación de la persona, accion y derecho del otorgante pueda recibir y cobrar de la Caja General de Depositos o de aquella otra oficina que corresponda los cupones vencidos de tres titulos de la Deuda diferida al tres por ciento importantes cien mil reales que tiene depositados en dicha caja en fianza de su cargo de corredor de cambios de esta plaza, según carta de pago que se le libró por el tesorero de la misma bajo el número setenta y uno, con fecha en Madrid a los veinte y tres Setiembre mil ochocientos sesenta y tres como también los cupones de otro titulo de dicha deuda de mil doscientos escudos que depositó en ampliación de la espresada fianza, según cart de pago número cincuenta y tres de veinte y siete Setiembre mil ochocientos sesenta y seis. Pueda asimismo retirar los espresados titulos mediante la cancelación de dicha fianza, y para todo lo espresado firme las solicitudes y demas documentos que fueren menester, librando de los cupones o su importe y de los referidos titulos que se le entreguen los recibos y cartas de pago que se le exigieren. Y generalmente haga y ejecute acerca lo referido cuanto el otorgante hacer podria hallandose presente, quien promete y se obliga a tener por firme y valedero cuanto dicho su apoderado hiciere en virtud de este poder y no revocarlo en tiempo ni por motivo alguno. En cuyo testimonio lo otorga siendo testigos D. José Feliu y Font del comercio y D. Francisco Simón y Coma platero vecinos de esta, ciudad, a quienes y al otorgante he leido integra la presente escritura y les he advertido el derecho que tienen de leerla por si, a pesar de lo cual optaron por la lectura que les hice. Y el otorgante conocido del mi, lo firma con dichos testigos de todo lo cual doy fe.
Luis J. Montobbio, Francisco Simón, José Feliu y Font, José Plá y Soler.