Saga Bacardí
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ESCRITURA DE CONFESIÓN DE LA CASA DE LA CALLE PETRIXOL, POR LOS MONTOBBIO Y MALET.


Sepase: Por esta publica escritura que los Señores Da. Maria del Rosario Montobbio viuda de D. Juan Bautista Montobbio, D. Carlos José Fascie y D. Francisco de Paula Malet vecinos de la presente ciudad en actitur de tutores y curadores de los menores hijos de dicho D. Juan Bautista Montobbio. En dicho nombre espontaneamente confiesa y reconocen al Noble Señor D. José Maria Febrer de Dalmases de Gomar y de Ferré Caballero hacendado en esta ciudad domiciliado que por los titulos que luego se espresarán tienen y poseen los referidos menores D. Manuel, D. Luis-José, Da. Josefa, Da. Emilia y Da. Ramona Montobbio todas aquellas casas construidas de nuevo con cinco puertas esteriores sitas en la presente ciudad y calle de Patrixol, cuyas casas que antiguamente se hallaban divididas en tres en cuanto a las contenidas en la segund y tercera designas que de ellas se hace en la escritura de venta que luego se calendará se tienen en dominio directo del espresado Señor de Dalmases en calidad de administrador de cierta causa pia en la cual se refundió según aparece la Rectoria del Altar de Santa Margarita de la casa de los Enfermos de la presente ciudad al censo de un maraveti de valor nueve sueldos pagadero todos los años en el dia o fiesta de Navidad del Señor. Lindan actualmente las referidas casas así vendidas a oriente con honores del Señor Baron de Maldá; a mediodia, con honores de D. Ramon Sampons y antes D. Joaquin Martí; a poniente con dicha calle de Patrixol; y a cierzo con honores de D. Juan Sors labrador hacenado del pueblo de Alella del partido judicial de Mataró. Pertenecen dichas casas a los espresados Señores Montobbio por titulo de venta perpetua a su favor hecha y firmada por D. Felio Permañer fabricante de javon y D. Pablo Gabrú maestro de obras por la Real Academia de San Fernando vecinos ambos de la presente ciudad con escritura recibida ante el suscrito notario a veinte y tres Dicienbre de mil ochocientos cuarenta y ocho a quienes pertenecia a saber en cuanto al solar de las mismas por titulo de venta perpeta a su favor otorgada por D. Tomas Capella hacendado de esta ciudad con escritura en poder del mismo autorizante notario a cinco Febrero del año cuarenta y siete firmada por razón de dominio en cuanto emperó al edificio por haberlo construido y levantado de pie tal como se halla en el dia nombrados D. Felio Permañer y D. Pablo Gambrá. Al fererido D. Tomas Capilla pertenecia en virtud de establecimiento que de las mismas le firmaron los padre e hijo D. José Huguet ante D. Juan Prats notario de esta ciudad a diez y siete Agosto de mil ochocientos cuarenta y cuatro firmada debidamente como las anteriores por razón de dominio. Esta confesión prometen y juran que tendrán siempre por valedera. En cuyo testimonio conocidos del autirizante notario así lo otorgan y firman en la ciudad de Barcelona a los cinco de Julio de mil ochocientos cuarenta y nueve. Siendo testigos D. Ignacio Ramon de Bardons y D. Federico Guix vecinos de la misma al efecto llamados.
Maria del Remedio Vda. Montobbio, Carmis Josef Fascio, Francisco de Paula Malet, Ante mi Fernando Gomís notario.