Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE PODERES HACIA SABATER, POR SARGELET, MAIGNON HERMANOS. |
Sepase por esta publica escritura. Como los Señores Sargelet, Maignon Hermanos de este comercio. De su espontanea voluntad otorgan y dan todo su poder cumplido, libre, general, y bastante, qual de derecho se requiere, y es necesario a Don Rafael Sabater del comercio de Tarragona, ausente de este acto, paraque por dichos Señores, su persona, accion y derecho representando pueda pedir, percibir, y cobrar de qualesquiera personas, todas las sumas y cantidades de dinero, frutos, generos, efectos, vales, letras y demas debido, y que se les deberá sea por la causa que sea, y de lo que cobrare de recibos cartas de pago, y demas resguardos valederos, con cancelación de escrituras, así publicas, como privadas, y si para dichas cosas convimiere pueda parecer, y comparezca en juicio ante qualesquiera jueces, audiencias, curias, y tribunales, y allí intentar, proseguir, y terminar qualesquiera pleytos y causas, activas, y pasivas, principales y de apelación, movidas y movederas, sea por la causa que sea sin distincion de persona, siguiendo el curso de dichos pleytos, y causas con facultad expresa de jurar de calumnia, prestar cauciones juratorias, y de fiaduria, exponer clamos y reclamos, instar execuciones, sequestros, y embargos, cancelarlos, y consentir se levanten hacer requirimientos, respuestas, y protestas e instar sean levantados los testimonios que será menester, y practicar quanto para dichas causas y su curso, se requiera segtun estilo de los tribunales donde se siguieren, sin limitación alguna con facultad de substutiir este poder quando sea necesario, revocar los substitutos, y nombrar otros en su lugar. Y generalmente haga quanto dichos Señores haria siendo presentes, prometiendo estar a juicio, pagar lo juzgado, y sentenciado, y tener por firme, estable, y seguro quanto por dicho apoderado, y sus substitutos será obrado, y no revocarlo en tiempo alguno baxo obligación de los bienes de dichos Señores con las renuncias en derecho necesarias. En cuyo testimonio otorgan la presente escritura en esta ciudad de Barcelona a los siete dias de Junio de mil ochocientos diez y siete. Y dichos Señores otorgantes, conocidos del infro escrivano, lo firman siendo presentes por testigos Don Jacinto Soler y Francisco Huguet en esta ciudad residentes.
Sargelet & Maignon hermanos, Ante mi Antonio Ubach y Claris notario.