Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE DOMINIO POR VENTA ENTRE DOMENECH Y SERRALLONGA HACIA ROSA NADAL Y DODERO. |
En la ciudad de Barcelona a los veinte y cuatro Abril de mil ochocientos setenta y siete. Ante mi el infrascrito notario del colegio del territorio de esta audiencia, Francisco Javier Moreu, vecino de la presente y de los testigos que al final se nombrarán, compareció la Señora Doña Rosa Nadal y Dodero, viuda de Gassó, mayor de edad, vecina de esta ciudad, empadronada en la casa número treinta de la calle de Aviñó, según la cédula número once mil quinientos noventa, asegurando y apareciendo tener la aptitud legal para contratar, espontaneamente firma por razón de dominio, no solo la venta perpetua otorgada por Miguel Domenech y Serra, labrador vecino de esta ciudad, a favor de D. Pedro Serrallonga y Cuní y D. Pedro Jubal y Llaugí, ambos fabricantes y vecinos de esta ciudad, de aquella porción de tierra, en que hay construida una casita, y abierta una cantera llamada “La Vidalá” de estensión cuatro mojadas poco mas o menos, situada en la falda de la Montaña de Monjuich del territorio de esta ciudad en el parage, llamado “Lo Garrofer”, antes de “Ametller”, que linda a oriente, parte con D. Pablo Codorniu, propietario, parte con D. Antonio Puig, fabricante, y parte con Juan Serrahima, vecino de esta ciudad; a mediodia, parte con pedro Serrahima, parte con los hermanos Laribal y pare con Baudilio Valls, cubero; a poniente, parte con los hermanos Torras y parte con Sebastián Sadó; y a cierzo, parte con Pedro Serra y parte con José Fáges, mas largamente esplicada en la escritura de dicha venta que autorizó el infrascrito notario el dia veinte y dos de Junio de mil ochocientos setenta y dos, inscrita en este registro de la propiedad, al foleo doscientos treinta y nueve, del libro dos correspondiente al llano de esta capital, el dia catorce de Julio, de dicho año, en que también la venta perpetua de la mitad de dicha finca, otorgada por el nombrado Serrallonga, a favor de juan en actos del mismo infrascrito notario a veinte y cuatro de Abril de mil ochocientos setenta y tres, inscrita al foleo ciento setenta y nueve, vuelto del libro ciento doce del Ayuntamiento de Barcelona, cuartel primero de occidente, tomo quinientos cuarenta y tres del registro, finca número doscientos treinta y nueve, inscripción sexta. Cuya pieza de tierra se compone de cinco distintas, y en cuanto a dos de ellas, que la una es campa y tiene dos mojadas, y media, que es la primera de las designadas en dichas escrituras de venta, y la otra es de una mojada y media, se tienen por la Señora otorgante como a sucesora del Señor D. Antonio Nadal, sucediendo este al Real isco y Camara, en virtud de la venta a su favor firmada por el Señor Sub-delegado de bienes mostrencos, en poder del notario de esta ciudad D. José Ignacio Lluch, a catorce de Abril del año mil ochocientos seis, a veinte y cuatro de Octubre de mil ochocientos cuatro, que fué aprobada opr Su Magestad y Real Fisco, sucediendo a los herederos del Doctor en derechos Pablo Canadell, al censo de cuatro libras, inclusas las corresponsione sy deducidas estas, de tres libras seis dineros, pagaderos cada año el dia de Nuestra Señora del mes de Agosto, largamente esplicado en la escritura de confesión que el predicho D. Juan Domenech y Francisco Serra otorgaron ante el citado notario Lluch el dia catorce de Abril del año mil ochocientos seis. Salvos a la Señora otorgante los censos, laudemios y demas derechos debidos y no pagados. Confiesa haber recibido de D. Pedro Jubal, la cantidad de doscientas cuarenta pesetas por el laudemio convenido por dichas dos escrituras de venta, de que le otorga carta de pago. Así lo otorga siendo testigos D. José Cañadell y D. Ramon Garriga, residentes en esta ciudad, a quienes y a la Señora otorgante he leido yo el notario integrante esta escritura, y advertidos todos del derecho que tienen de leerla por si, optaron por la lectura que les hice, y firman, de todo lo que doy fe.
Rosa Nadal de Gassó, José Cañadell y Rabella, testigo, Ramon Garriga testigo, Francisco Javier Moreu.