Saga Bacardí
09759
ESCRITURA DE PODERES PARA VENTER CASA EN ZAFRA HACIA SAENZ, POR RUPERTO SANTALÓ Y VINYALS.


En la ciudad de Barcelona a los diez y ocho de Noviembre del año mil ochocientos sesenta y ocho. Ante mi el suscrito notario del colegio del territorio de la audiencia de esta ciudad, con residencia en la misma y testigos que se nombrarán, ha comparecido el Señor Don Ruperto Santaló y Vinyals, haendado, casado, de edad cuarenta y cuatro años, y vecino de esta ciudad, quien asegurando y apareciendo tener la aptitud legal necesaria para celebrar este instrumento, ha dicho: Que de su espontanea voluntad otorga poder cumplido, especial y para las infrascritas cosas general, de modo que la especialidad no derogue la generalidad ni al contrario, a favor de Don Policarpo Saenz del comercio y vecindad de Sevilla, ausente a este acto para que representando la persona, accion y derecho del Señor otorgante, pueda vender, a favor de la persona que a bien tuviere por el precio que concertare y que recibirá de contado o a plazos con las clausulas y condiciones que concertare con el comprador, una casa que le corresponde en la villa de Zafra, calle de la Fuente Grande numero dos que forma esquina a la calle de Sevilla, donde tiene los numeros veinte y ocho y veinte y nueve, bajo los linderos que espresará el mandatario, formalizando este la escritura de venta que firmará con todas las clausulas propias de los contratos de su naturaleza y que se requieran por la ley hipotecaria y su reglamento. Y generalmente practique acerca lo referido cuanto el Señor otorgante haria y hacer podría presente siendo, con facultad que le da de substituir estos poderes, los subsstitutos revocar y otros de nuevo nombrar, prometiendo tener por firme y valido, cuanto por el indicado su apoderado y sus tal bez substitutos en virtud de estos poderes será obrado y no revocarlo en tiempo ni por motivo alguno. En cuyo testimonio así lo otorga en dicha ciudad de Barcelona, dia, mes y año sobre notados, presentes a este acto como testigos instrumentales D. Bruno Milá carpintero y D. José Bibiloni pintor, vecinos de esta ciudad, a quienes y al Señor otorgante he leido integramente esta escritura advertidos antes del derecho que tenian de leerla por si mismos. Y el Señor otorgante, conocido de mi el suscrito notario, lo firma juntamente con los testigos, de todo lo cual doy fe.
Ruperto Santaló, Bruno Milá testigo, José Bibiloni testigo, Luis Gonzaga Pallós.