Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE DOMINIO POR VENTA ENTRE MERINO Y MIRÓ, HACIA ROSA NADAL Y DODERO. |
En la ciudad de Barcelona a veinte y nueve de Agosto de mil ochocientos sesenta y ocho.
Ante mi Don José Amado y Sedano, notario del Colegio territorial de la Audiencia de Barcelona, con residencia en esta y testigos que se diran, compareció la Señora Doña Rosa Nadal y Dodero, de cincuenta y cinco años de edad, propietaria, viuda de Don Erasmo Gassó, vecina de esta ciudad, y asegurando tener la libre administraión de sus bienes, dijo: Que espontaneamente firma por razón de dominio la venta perpetuao otorgada por Don Miguel Merino y Comas, tratante en granos, vecino de esta capital a favor de Don Antonio Miró y Pascual, propietario, soltero, de edad sesenta y dos años, vecino de Villanueva y Geltrú, entre otras de un censo con dominio mediano que todos los años dicho Don Antonio Miró antes D. Benito Trulls presta por mitad en quince de Marzo y quince de Setiembre, de pensión ciento treinta y dos libras dos sueldos, moneda catalana o sean ciento treinta y ocho escudos setecientos setenta y cuatro milesimos por razon de unas casas situadas en la calle de San Pedro mas bajo, de Monjuich de San Pedro ,y Mediana de San pero, de esta ciudad. Cuyas casas se componen de cinco distintas designas, o estares la quinta de las cuales que la forma un terraplen o huerto en el que antiguamente ecsistian unas casas derruidas o inhabitables se tiene en parte por la Señora otorgante como a heredera de su Señor tio Don Antonio Nadal y este como a sucesor de Don José de Spuny y de Claramunt en dominio mediano a censo de treinta y seis sueldos catalanes o sean un escudo nuevecientos veinte milesimas pagadero anualmente el dia primero de Mayo, su capital al tipo del tres por ciento representa sesenta y cuatro escudos. Debe advertirse que de dicho censo deben deducirse diez y ocho sueldos equivalentes a nuevecientos sesenta milesimos de escudo que se corresponden a los sucesores del Ilustre Don Pedro Martir Febrer, presbitero Canonigo que fue de la Santa Iglesia Catedral de esta ciudad, por razón del censo que estos perciben directamente del poseedor de dichas casas, por lo que queda reducido el censo que cobra la Señora otorgante a solo a diez y ocho sueldos francos y libres de toda corresponcion, conforme así resulta de la venta perpetua que del indicado y otros censos otorgaron Da. Gertrudis de Peguera y de Armengol, Baronesa de Rocafort, viuda y Don Ramon Luis de Peguera, madre e hijo a favor de Don Antonio Nadal y Darrer, con escritura ante Don Tomas Gibert, notario de esta capital a los diez y nueve de Julio de mil ochocientos dos, de la que se tomó razón al filio setenta y cuatro del libro tercero del registro de hipotecas de la presente ciudad, a pesar de no hacerse merito de lo espresado en la escritura de la relatada venta que dá margen a esta firma de dominio, recibida ante Don Hermenegildo Martí, notario de esta dicha ciudad a los cuatro de Abril del corriente año, incrita en los folios veinte y siete y treinta y ocho inscripciones segundas de las fincas números cuatro y cinco del libro ciento siete del cuartel de oriente de esta capital, tomo cuatrocientos cincuenta y nueve del registro de la propiedad de este partido. Los censos, laudemios y demás deechos debidos a la Señora otorgante y no satisfechos siempre salvos, la cual confiesa recibir en este acto del comprador Don Antonio Miró en metalico en oro a presencia del autorizante notario y de los testigos de este instrumento quince libras moneda catalana, que equivalen a diez y seis escudos por le laudemio a que ambos se han convenido por razón de la mencionada venta, de cuya cantidad le otorga carta de pago con la present. En cuyo testimonio enterada la Señora otorgante si que los testigos que se dirán de la atribución que la ley les concede para leer por s esta escritura, procedi yo el infrascrito notario por su acuerdo a la lectura integra de ella. Y conicida de mi lo firma; siendo testigos on Ramon Pasqual, dependiente de comercio y Don Buenaventura Castells, zapatero, vecinos de esta ciudad; de todo lo cual doy fe.
Rosa Nadal de Gassó, Ramon Pasqual y Norta testigo, Buenaventura Castells testigo, José Amado y Sedano, notario.