Saga Bacardí
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ESCRITURA DE LAUDEMIO POR VENTA ENTRE GRANELL Y AUGELET, HACIA ROSA NADAL Y DODERO.


En la ciudad de Barcelona a treinta de Mayo del año mil ochocientos cincuenta y nueve. La Señora Da. Rosa Nadal de Gassó, natural y vecina de esta ciudad, viuda de D. Erasmo Gassó, espontaneamente otorga carta de pago a favor de D. José Augelet, natural de Torres y vecino de esta ciudad, en la calidad de administrador, director y gerente de la Sociedad en participacion establecida en esta ciudad, para la fabricaciónd e ladrillos, tejas y de toda otra clase de alfareria, titulada “Augelet & Cia.” de la cantidad de ochenta duros, que declara haber recibido de dicho Señor en la citada calidad antes de la otorgación de esta escritura, en dinero contante y con moneda sonante y metalica, de oro y plata, a sus enteras voluntades. Cuyos ochenta duros sirven a la Señora otorgante por el laudemio convenido del que le correspondia por razó de la venta perpetua que el precitado D. José Augelet en la referida calidad otorgó a favor de D. Honesto Ganivet del comercio, natural de Crustilles (Saboya) y vecino de esta ciudad, de una piea de tierra campa, de cabida nueve mojadas y una cuarta poco mas o menos, sita en el rerritorio de esta ciudad de Barcelona, al pie de la montaña de Monjui y en el lugar nombrado “Lo Marge Gran” junto con todo lo en dicha pieza de tierra edificada y de un censo de pension cuarenta y cinco libras moneda catalanas que anualmente en el dia ocho de Noviembre hace y presta D. Juan Granell tintorero, por razón de una mojada de tierra sita en dicha montana de Monjui y en el mismo parage llamado “Marge Gros”. Cuyas dos piezas de tierra de tenid ajntas diez mojadas y una cuarta, comprendido lo en la primera edificado y el censo sobre la segunda impuesto, se tienen por la Señora otorgante y bajo su dominio mediano, al censo en la actualidad de doscientas libras moneda catalana, francas de corresponsión, anualmente pagaderas en el dia veinte y cuatro de Junio. Según todo mas por estenso se esplica en dicha escritura de venta que pasó en poder del infro notario autorizante en el dia veinte y tres de Abril del corriente año mil ochocientos cincuenta y nueve. Salvos los censosl laudemios y demas derechos dominicales a la Señora otorgante tal vez debidos y no satisfechos. En cuyo testimonio así lo firma, conocida del infro notario en dicha ciudad de Barcelona, dia, mes y año sobre notados, presentes por testigos D. José Janer abogado y D, Miguel Vilarrubla de esta vecindad.
Rosa Nadal de Gassó, Ante mi Luis Gonzaga Pallós notario.