Saga Bacardí |
09498 |
ESCRITURA DE RECONOCIMIENTO DE CENSOS, HACIA BALCELLS, POR TERESA GASSÓ Y AROLAS. |
En la ciudad de Barcelona a veinte y cuatro de Mayo de mil ochocientos cincuenta y tres. Da. Teresa Gassó y Arolas soltera, natural y vecina de esta ciudad, mediante el juramento mas abajo prestadero espontaneamente confiesa y reconoce a D. José Balcells abogado, natural y vecino de la ciudad de Tarragona, que tiene y posee primero; todo aquel censo de pensión siete libras diez sueldos equivalentes a cuatro duros franco de contribucion y de corresponsion que Salvador Civil labrador debe hacer y prestar a la Señora confesante cada año el dia dos de Mayo por razón de un solar número treinta y cuatro de los marcados en el plano de una porción de tierra que luego se indicará mandado levantar por Jacinto Torner teniendo de ancho veinte y siete palmos y de largo todo lo que va de la calle de San Jacinto al Torrente dicho de Can Mantega, cuyo censo fué impuesto por Jacinto Torner al establecerle dicho solar al propio Civil, con escritura ante el notario autirizante a dos de Mayo de mil ochocientos cincuenta. Y linda por levante con una calle nombrada de San Jacinto; por mediodia con el solar número treinta y cinco que se designará en segundo lugar propio de Prospero Lamotte; por poniente con el Torrente dicho de Can Mantega; y por cierzo con el solar numero treinta y tres de propiedad de Miguel Casanobas. Segundo, todo aquel otro censo de pension anual quince libras equivalentes a ocho duros que Prospero Lamotte maquinista debe hacer y prestar anualmente el dia veinte y cuatro de Noviembre por razón de dos solares de ancho cada uno de ellos veinte y siete palmos, y de largo todo lo comprendido desde la calle die San Jacinto al Torrente dicho de “Can Mantega”, siendo los marcados con los números treinta y cinco y treinta y seis en el plano de dicha porciónd e tierra, y el indicado censo fue impuesto por Torner al establecer los dichos solares al propio Lamotte, según consta con escritura ante el notario autorizante a veitne y cuatro de Noviembre de mil ochocientos cincuenta. Y lindan por levante con la calle de an Jacinto; por mediodia con el solar número treinta y siete de propiedad de Juan Gumara; por poniente con el Torrente de “Can Mantega”; y por cierzo con el solar número treinta y cuatro, designado en primer lugar propio de Salvador Civil. Y se tienen los referidos solares con lo restante de que forman parte D. José Balcells, en nombre propio y como sucediendo a su esposa Da. Cecilia Guille y bajo su directo dominio y alodio a censo tanto por los espresdos solares como por lo demas, de veinte y cuatro libras moneda catalana pagaderas cada año el dia de San Juan del mes de Junio. Los espresados tres solares se halan situados en el pueblo de Santa Maria de Sans formando parte de aquella porción de terreno de cabida mil cuatrocientas treinta y dos canas cuatro palmos nueve codenos el que fue establecido por el mencionado D. José Balcells y por su difunta esposa Da. Cecilia Guille a favor de Jacinto Torner con escritura recibida en poder del notario autorizante a dos de Junio de mil ochocientos cuarenta y seis. Y a la Señora confesante le pertenecen los dichos censos en virtud de venta perpetua que de los mismos otorgó a su favor el mencionado Jacinto Torner y Batllori con escritura ante el infro notario a doce de Abril del corriene año. Y afima y jura que las predichas cosas son verdaderas y las aprueba, ratifica y confirma. En cuyo testimonio así lo dice y firma conocida del notario autorizante. Siendo testigos D. José Carceller y D. Candido Rafert de esta vecindad.
Teresa Gassó y Arolas, Ante mi Magín Soler y Gelada notario.