Saga Bacardí
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ESCRITURA DE CARTA DE PAGO DE BIENES DONADA POR SU MADRE A ANA DE BACARDI Y RIBAS.


En la ciudad de Barcelona a siete de Febrero de mil novecientos tres.
Ante mi Don José Fontanals y Arater, notario del Colegio territorial de la Audiencia de Barcelona con residencia en la misma ciudad, comaprece Doña Ana de Bacardí y Ribas, sin profesión especial, con su esposo Don Camilo Maria Juliá y Vilar, abogado, los dos mayores de edad y vecinos de esta ciudad, con habitación en la calle de las Cortes número doscientos cuarenta y tres piso principal, provistos de cédula personal de primera y undécima clase, números seis, y mil quinientos treinta y seis respectivamente, expedidas con fechas veinte y tres y veinte y nueve de abril del año proximo pasado.
Del conocimiento, posición social, profesión y vecindad de dichos Señores comparecientes yo el suscrito notario doy fe, afirman gozar de los derechos civiles, a mi juicio tiene capacidad legal para este acto y manifiesta Dona Ana de Bacardí con la venia de su marido.
Que declara y reconoce expresamente que el dia veinte de Septiembre del año proximo pasado en que siendo soltera llegó a la mayor edad, su abuela materna Doña Juana Foix y Gallisá como apoderada del tutor de la dicente y del hermano de ésta Don Baltasar de Bacardí y Ribas, menor de edad, y por lo tanto en representación del Consejo de familia de ambos, le hizo entrega del efectivo metalico que arrojaba su saldo de cuenta corriente o sean noventa y cuatro mil setecientas veinte y cinco pesetas sesenta y nueve céntimos y de la mitad de los valores que le legó su comun madre Doña Ana Ribas y Foix viuda de Don Baltasar de Bacardí y de Casanovas; cuya mitad de valores la constituyen cincuenta acciones del ferro-carril económico o tranvia de San Andrés con el cupón número veinte y tres, cincuenta acciones de los Caminos de Hierro del Norte de Espana con su cupñon de número sesenta y dos, cincuenta acciones de la antigua compañía de los ferro-carriles de Tarragona a Barcelona y Francia; cuatro acciones de la sociedad Mutua de propietarios para la extracción de letrinas con el cupón número veinte, y ciento veinte y cinco pesetas por la mitad de otra accion; la mitad de setenta mil pesetas nominales en titulos de la Deuda perpetua del cuatro por ciento, las cincuenta y cinco mil con cupon de primero de Octubre y las restantes quince mil con el de primero Abril, ambos meses del año próximo pasado, cincuenta obligaciones del ferro-carril y Minas de San Juan de las Abadesas, con su cupon de primero de Enero del corriente año, cincuenta obligaciones del dos y cuatro por ciento de la antigua compañía de los ferro-carriles de Tarragona a Barcelona y Francia, también con cupon de primero de enero de este año; cuarenta y siete obligaciones de la compañía transatlantica con el cupon número cincuenta y ocho y doscientas cincuenta pesetas en equivalencia de la mitad del importe de otra obligación de la misma compañía; cincuenta obligaciones del ferro-carril de Almansa a Valencia y Tarragona del tres por ciento adheridas, con el cupon de primero de Enero del corriente año; cuatro obligaciones del mismo ferro-carril de Almansa a Valencia y Tarragona con interés del cinco por ciento y cuupon de primero de Enero de este año; y cuatro láminas de la Deuda Municipal, emisión de mil ochocientos ochenta y nueve con el cupón de primero de Julio del año próximo pasado. Y en su virtud, la compareciente Doña Ana de Bacardí, y Ribas otorga la mas eficaz carta de pago a favor de su abuela doña Juana Foix de todo lo especificado y que fué objeto de la mencionada entrega, con promesa de nada mas pedir a ella ni al Consejo de familia por los expresados conceptos, reconociendo una vez mas el buen acierto y celo con que ha procedido en todos los actos de su incumbencia.
El nombrado Don Camilo Maria Juliá y Vilar, consiente y aprueba lo aquó practicado por su esposa.
Yo el suscrito notario delaro haber hecho de palabra a los Señores comparecientes las advertencias legales, de conformidad a lo dispuesto en el articulo catorce del Real decreto de veinte y uno de Octubre del año mil novecientos uno.
Así lo otorgan y firman juntamente con los testigos instrumentales Don Luis Badia y Coll y Don Ramon Martí y Corbera, de esta vecindad, a todos los cuales he leido integramente el contenido de la presente escritura a su elección, advertidos antes de su derecho para leerla por si,d e todo lo que yo el notario autorizante doy fe.
Ana de Bacardí de Juliá, Camilo María Juliá, Luis Badia, Ramon Martí, José Fontanals y Arater.