Saga Bacardí
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ESCRITURA DE DOMINIO POR VENTA ENTRE LOS CUYÁS Y SERRA, HACIA ANA RIBAS Y FOIX.


En la ciudad de Barcelona a trece Octubre de mil ochocientos noventa y cuatro.
Ante mi Don José Fontanals y Arater, notario del Colegio Territorial de la Audiencia de Barcelona con residencia en la misma ciudad, comparece la Señora Doña Ana Ribas y Foix, sin profesión, mayor de edad, viuda del Señor Don Baltasar de Bacardí y de Casanovas, vecina de esta ciudad, provista de cédula personal de primera clase número doce expedida en siete Septiembre del corriente año, que ha exhibido y le devuelvo; obrando en nombre propio como usufructuaria de los bienes de su esposo y ademas en erepresentación de su comun hija Doña Ana de Bacardí y Ribas sujeta a su potestad; del conocimiento y vecindad de dicha señora doy fe, afirma gozar de los derechos civiles, a mi juicio tiene capacidad legal para la otorgación de esta escritura y dice: Que en el modo como acciona, libre y espontaneamente aprueba y firma por razón de dominoo la venta perpetua que con escritura autorizada por Don Juan Manuel Fors de Oliver, notario que fue de San Feliu de Llobregat, a los veinte de Mayo de mil ochocientos setenta y nueve, inscrita en el antiguo Registro de la propiedad de este partido, al folio doscientos veintitres vuelto del libro ciento veintidos de occidente, finca número ciento noventa y nueve inscripción septima y por precio de treinta y cinco mil pesetas, y cinco mil pesetas mas como indemnización de gastos, otorgó Doña Ana Cuyá y Vidal y Don Vicente Feliu y Cuyás a favor de Don Miguel Serra y Pujadas de toda aquella casa de dos cuerpos compuesta de dos tiendas con entresuelos interiores, escalerilla y cuatro pisos, divididos ada uno en cuatro habitaciones, con una androna o espacio en su parte poserior, de toda la anclura de la propia casa, la cual está señalada de número sesenta y cinco en la falle de Ferlandina de la presente ciudad, distrito tercero, barrio tercero, cuartel hipotecario segundo de occidente, edificada en una area de cinco mil doscientos cinco palmos superficiales equivalentes a ciento noventa y seis metros sesenta y cinco decimetros treinta y cuatro centimetros, que linda por oriente o sea derecha saliendo con José Calvetó; por mediodia o sea detrás con casa de Don Jaime Feliu y Castelló; por poniente o sea izquiera con José Reig; y por cierzo o sea delante con la antedicha calle de Ferlandina. Se tiene en dominio mediano de Doña Ana de Bacardí y Ribas representada por la Señora compareciente como habiente-derecho del Noble Señoñr Don Baltasar de Bacardí, al censo de pensión anual doscientas libras equivalentes a quinientas treinta y tres pesetas, treinta y tres céntimos que presta dicha finca y otras de la cual formaba parte hasta formar una extensión de terreno de una mojada y media, pagadero en veintisiete de Febrero por Don Erasmo de Janer y de Gironella; y pertenece a la expresada Doña Ana de Bacardí y Ribas, el susodicho total censo con su dominio por titulo de legado que le hizo su Señor padre Don Baltasar de Bacartí y de Casanovas en el tesstamento que otorgó ante el infrascrito notario el dia cinco de Julio de mil ochocientos noventa y fue relacionado en octavo lugar de la conclusión de inventario autorizado también por el infrascrito notario el dia diez y ocho de diciembre del mismo año mil ochocientos noventa, debidamente inscrito en el registro de la propiedad.
Y con salvedad de cualquiera pensiones del referido censo no pagadasy laudemios devengados y no satisfechos, la Señora compareciente recconoce recibir de Don Miguel Serra y Etruch, hijo y herdero del comprador, la cantidad de setecientas cincuenta pesetas por el laudemio devengado y convenido por la venta que se aprueba, sin que sirva de tipo ni procedente para loas sucesivas enagenaciones.
Queda enterada de que dentro treinta dias siguientes al de hoy se ha de presentar copia autentica de esta escritura en la oficina de liquidación del impuesto sobre derechos reales y transmision de bienes de este partido para el pago de la Hacienda pública.
Así lo otorga y firma con los testigos instrumentales don Buenaventura Sanchez y Traiter y Don Ramon Martí y Corbera, ambos de esta vecindad, a todos los cuales he leido esta escritura a su elección advertidos de su derecho para leerla por si,d e todo lo que doy fe.
Ana Ribas Vda. de Bacardí, Buenaventura Sánchez, Ramon Martí, José Fontanals y Arater.