Saga Bacardí |
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BIENES DEJADOS POR RAMON DE BACARDI A BALTASAR DE BACARDI Y DE JANER. |
En la ciudad de Barcelona a los treinta de Enero de mil ochocientos sesenta y siete.
El Sor D. Baltasar de Bacardí y de Janer hacendado, de edad cincuenta y tres años, vecino de la presente, hallandose en el goce de sus derechos civiles, con la libre administracion ee sus bienes y con capacidad legal necesarias para contratar sin que al suscrito notario le conste nada en contrario: por cuanto su Señor padre D. Ramon de Bacardí y Cuyás con su testamento bajo el que falleció otorgado en poder de D. José Torrent y Juliá infrascrito notario a diez y siete de Julio de mil ochocientos sesenta y cinco y publicado en veinte y ocho Diciembre de mil ochocientos sesenta y seis a instancia del propio D. Baltasar de Bacardí y de Janer, instituyó heredero universal al susodicho su hijo y deseando este instrito en el Registro de la Propiedad los bienes hereditarios sugetos a registro y el indicado testamento procede a verificarlo lo que ejecute a este mismo dia een dos documentos separados que comprenderá el presente los bienes correspondientes al referido D. Baltasar y el otro los legados a su hermano D. Alejandro para que de esta suerte pueda hacer cada uno de ellos con toda separacion el uso que le convenga de su respective inventario.
Bienes situados en la ciudad de Barcelona:
Primero: Una casa situada en el distrito primero y calle de Lladó señalada de número tres, formando esquina a la Bajada de Cazadores, conteniendo de superficie trescientos doce metros y linda, por el frente, o sea por poniente con la calle de Lladó, por la derecha o sea por el norte con D. Pablo Nadal, por la espalda, o sea por levante con los sucesores de Don Rafael de Cortada, y por la izquierda o sea por mediodia con la Bajada de Cazadores. Dicha casa no tiene carga ninguna ni dominio alodial. Su valor es de doscientos ochenta mil reales.
Segundo. Otra en la calle del Hostal del Sol señalada de número siete, distrito primero que contiene la superficie de ciento noventa y un metros y linda por el frente o sea por poniente con la calle del Hostal del Sol, por la derecha o sea por el norte con D. José Volet, por la espalda o sea por levante con los sucesores de Doña Maria Barutell y con los de Don Francisco Quadrado, y por la izquierda o sea por mediodia con los sucesores de Don Francisco Quadrado y los de Don Juan Novart. Esta casa es de valor doscientos mil reales y se halla en dominio del Excelentisimo Don Ramon de Sanrmenat Marques de Castelldosrius al censo de satanta libras o sean setecientos cuarenta y seis reales setenta y cuatro centimos que forman el capital de veinte y cuatro mil ochocientos ochenta y ocho reales y se halla en dominio directo de dicho Señor.
Tercero: Otra casa situada en la calle de Moncada, señalada de número veinte y dos, distrito primero, que contiene la superficie de trescientos noventa y ocho metros y linda por el frente, o sea por levante con la calle de Moncada, por la derecha, o sea por mediodia con Don José Serra, por la espalda, o sea por poniente, con los sucesores de Don José de Alemany, y por la izquierda, o sea por el norte con Doña Carmen de Dalmases y Fontcuberta. Esta casa presta un censo con dominio directo a Don Joaquin de Mercader y de Belloch de pension doscientas setenta libras o sean dos mil ochocientos ochenta reales que forman el capital de noventa y seis mil reales. El valor de esta casa es de cuatrocientos cincuenta mil reales.
Cuarto: Otra casa situada el la calle los Encantes o Consulado, frente a la de Capmany, señalada de número quince, distrito primero, cuya casa hizo construir de nuevo Don Ramon de Bacardí en el año mil ochocientos veinte y cinco en el terreno que ocupaban otras casas viejas que contienen la superficie de ciento cuarenta y seis metros. Linda por levante o sea por la izquierda, con Don Salvador Pascual, por la espalda, o sea por el norte con Don José Folch a escepción de dos cuartos que corresponden al primero y segundo piso que pertenecen a D. Salvador Pascual, por la derecha, o sea por poniente con D. José Parellada chocolatero, y por delante o sea por mediodia con la calle del Consulado, dando frente a la calle de Capmany. Se halla en dominio de los que cobran las siguentes pensiones de censos. A los herederos de Isabel Creus, siete marabetines o sean treinta y tres reales cincuenta y ocho centimos, su capital mil ciento diez y nueve reales treinta y tres centimos. Al Beneficio de la Santisima Trinidad de Santa Maria del Mar ocho marabetines equivalentes a treinta y ocho reales treinta y ocho centimos, su capital mil doscientos setenta y nueve reales treinta y tres centimos. Al Beneficio antedicho, dos libras cinco sueldos o sean, veinte y cuatro reales,su capital ochocientos reales. A la Comunidad de Santa Maria del Mar, seis libras tres sueldos o sean cincuenta y seis eales, treinta y dos centimos su capital mil ochocientos setenta y siete reales treinta y tres centimosa. Su valor es de trescientos mil reales.
Quinto Un edificio en la Plaza del Teatro Principal, Rambla del Centro o de Capuchinos, Plaza Real y calle Zurbano, señalado de número treinta y tres, treinta y cinco y treinta y siete en el distrito cuarto, de estensión dos mil doscientos seis metros cuadrados que linda por delante a sea por el Sur, con la Plaza del Teatro Principal y con la Rambla del Centro o de Capuchinos, por la espalda o sea por el norte con la calle de Zurbano, con Don Pablo de Barnola, con Don José Quintana y con la Plaza Real, por el este o sea por la izquierda con la Plaza del Teatro Principal, con Don Vicente Argemí y con Don Pablo Barnola, y por la derecha o sea por el oeste con Don Juan Rialp y con Doña Carmen Salvadó. Tiene la precitada casa cinco plumas de agua adquiridas del Excelentisimo Ayuntamiento de esta ciudad: el valor que se le considera a este edificio es de cien mil duros. La casa objeto de estas aclaraciones, tiene sobre si un censo enfiteutico de pension anual mil seiscientas libras o sean diez y siete mil setenta y seis reales ceinte y dos maravedises, su capital al tres por ciento quinientos setenta y seis mil ochocientos ochenta y ocho reales, impuesto en la escritura de establecimiento ya citada, otorgada por Don Francisco Pagés a favor de Don Ramon de Bacardí en primero de Julio de mil ochocientos cuarenta y siete, ante el notario Don José Torrent y Juliá, cuyo censo lo cobran en la actualidad las tres hermanas Doña Rosa Pagés de Pons, Doña Antonio Pagés de Pons, y Doma Mercedes Pagés y Villamitjana. Otros tres censos enfiteuticos a favor del Real Patrimonio de S. M. de pension uno, veninte y un reales once maravedices, su capital, setecientos diez reales setenta y seis centimos; otro de quince reales, su capital quinientos reales, y otro de veinte y cinco reales treinta centimos, su capital ochocientos sesenta y dos reales sesenta y seis centimos. Un censal de pension anual cuarenta y siete libras dos dineros, o sean quinientos un reales diez maravedices, su capital diez y seis mil setecientos nueve reales setenta y seis centimos creado a favor del Excelentisimo Señor Conde de Sobradiel. Otro censal de pension tres mil ochocientos cuarenta reales, su capital ciento veinte y ocho mil reales, que se prestaba al Hospital de la Convalecencia de esta ciudad, y ha sido redimido por Don Ramon de Bacardí a la Hacienda Pública, con escritura ante Don Juan José Rodriguez notario de dicho ramo en diez y nueve de Julio de mil ochocientos cincuenta y ocho. Registrada en hipotecas al folio diez y siete del libro cincuenta y tres de esta ciudad; faltando ahora el pago de un plazo de siete mil seiscientos ochenta reales para la entera cancelacion de esta edancion. Otro censal de pension tres mil doscientos reales, su capital ciento seis mil seiscientos sesenta y seis reales y sesenta y seis centimos, a favor del Reverendo Doctor Don Antonio Gomís, que despues de su muerte, y conforme a su disposicion testamentaria; cobran dicha pension las hermanas Rosa y Maria Dalmases durante su vida, y despues de fallecida una de ellas la mitad de dicha pension, y fallecidas las dos, toda la pension entera la cobrará el Parroco de San Justo y San Pastor, destinando una tercera parte para misas, otra tercera parte, para limosnas, y la otra tercera parte, para la obra de dicha Iglesia. Tambien se halla hipotecada esta finca con los siguientes Debitorios. A Doña Saturnina de Ochoa y Gayolá por tres mil doscientos duros. A la misma Señora por mil duros. A Don Pedro Sabater y Santaló por tres mil duros. Al mismo Señor por dos mil duros. A Doña Teresa Caballé por dos mil seiscientos sesenta duros trece reales doce maravedices. A Doña Juana Bergues por cuatro mil duros. Al Señor Cil por cuatro mil quinientos duros. A Doña Marcela Rius de Estrada por dos mil seiscientos duros.
Censos en Barcelona:
Primero: Un censo enfiteutico con dominio directo, de pension anual al tipo de su imposicion, que fue en veinte de Diciembre de mil setecientos noventa y nueve en escritura de establecimiento otorgada por Don Baltasar de Bacardí y Tomba, a favor de Don Antonio Fernandez ante el notario Don José Roca, doscientas cuatro libras diez sueldos, y hoy reducida esta pension a cinco libras o sean cincuenta y tres reales treinta y seis centimos, que al tipo del tres por ceinto y forma un capital de mil setecientos setenta y ocho reales treinta y tres centimos, que en el dia paga Don Juan Rialp y Ventura, vecino de esta ciudad, como dueño y posesor del terreno, objeto del espresado establecimiento y casa en el construida, sita en la Rambla del Centro de esta ciudad, señalada con el número treinta y uno, distrito cuarto, barrio decimo, cuartel primero de oriente, cuya casa se compone de planta baja con ocho puertas esteriores, seis para tienda, otra para el portal de la escalera de primer piso y otra pequeña para los pisos, divididos todos a escepcion del primero, en dos habitaciones cada uno, teniendo la entrada y escalera los de la derecha por los porticos del Pasage de Colon; siendo la estension del area cinco mil ochocientos cincuenta y dos palmos dos decimetros superficiales. Linda a la espalda o sea a oriente con Don Antonio Salvadó, a la izquierda, o sea a mediodia con Don Ramon de Bacardí, a poniente o sea al frente con la Rambla, y a la derecha, o sea a norte con dicho Señor Rialp. La misma casa se compone de dos designas que antes eran dos casas independientes: la primera que forma la derecha de la casa actual, tenia antes dos puertas esteiores a la Rambla, y la segunda contaba de dos puertas grandes y otra pequeña para esalerilla, con frente y salida igualmente a la Rambla. La primera designa se tenia en dominio y alodio del Real Patrimonio al censo anual de diez reales diez y siete maravedices; cuyo pago venia a cargo del poseedor de otra casa contigua, pero fue redimida por el Baile General del Real Patrimonio, en treinta de Octubre de mil ochocientos cincuenta y cinco. La segunda designa se tiene por el Señor de Bacardí, al censo que se relaciona, según todo asi resulta de la inscripcion primera, finca número nueve, libro veinte y dos del Registro de la Propiedad, cuartel de oriente, en donde consta inscrita dicha casa.
Segundo: Un censo de pension anual cuatro libras o sean cuarenta y dos reales sesenta y seis centimos, su capital al tres por ciento, mil cuatrocientos veinte y un reales cincuenta y siete centimos, que presta Don José Catalá e Iglesias, por razón de una casa señalada con el número once en la calle de Moncada de esta ciudad, barrio noveno, distrito primero, cuartel primero hipotecario de oriente. Linda por el frente o sea por poniente con dicha calle, por la derecha, o sea por el norte con Don Manuel Vehils y Don Jaime Pujol; por la espalda, o sea por mediodia con dicho Don Pablo Gras. La medida del plan terreno es tres mil palmos cuadrados. Pertenece el propio censo a Don Ramon de Bacardí y Cuyás por haberlo adquirido de creditos de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, en escritura de reconocimiento que a su favor firmó el propietario de dicha finca Don José Catalá e Iglesias, que autorizó el notario de esta capital Don José Torrent y Juliá en veinte y nueve de Enero de mil ochocientos cincuenta y siete, registrada al foleo noventa y ocho, libro cuarenta y seis de esta propia ciudad, perteneciente al antiguo registro de cuya escritura se despende que el propio censo se prestaba a los sucesores de Don Francisco Canaleta y Arechs.
Tercero: Un censo de pension anual ciento veinte libras o sean mil doscientos ochenta reales que al tipo del tres por ciento representa un capital de cuarenta y dos mil setecientos sesenta y seis reales sesenta y seis centimos, que en el dia presta Don José Parellada y Murgadas, por una casa antes dividida en dos, sita en esta ciudad y en la calle nombrada den Fondet, y posteriormente de la Fonda, frente de San Sebastian en parte y en parte en los sitios antiguamente llamados “den Guayta” hoy dia de los Encantes, en la plaza de San Sebastian, en la que vá comprendido el derecho de ocupar y valerse del plan terreno del tres, frente del callejon “den Fondet”, encima del cual estan situadas las casas de Don Ramon de Bacardí; pertenecientes al barrio segundo, distrito peimero, cuartel hipotecario primero de oriente. Linda de por junto, a saber, por el frente o a levante con dicho Señor de Bacardí mediante el espresado callejon, por la derecha o mediodia con la Plaza de San Sebastian, a poniente con Antonio Aret. La medida superficial del plan terreno es cuatrocientos noventa y cuatro palmos cuadrados o sea diez y siete metros sesenta y cinco centimetros. Dicho censo fue impuesto en la escritura de establecimiento, que otorgó Don Ramon de Bacardí y Cuyás a favor de Don José Mestres de la espresada finca, procedente de su padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, en poder del notario de esta capital Don José Antonio Jaumar, a los – de Enero de mil ochocientos treinta y tres, registrado al foleo dos, libro primero, partido de dicho año. Dicho Don José Mestres y su esposa Francisca Estela, establecieron la misma finca a Doña Magina Demestres, viuda de Don José Lapeira, como tutora de sus hijos según escritura que autorizó el notario de la presente Don Constantino Gibert a veinte y ocho de Marzo de mil ochocientos treinta y ocho, registrada al foleo diez y ocho, libro octavo partido. Y los hijos de dicha Doña Magina llamados Don Leandro, Don Sinesio, Don Enrique, Doña Floreana, Doña Maria del Pilar y Doña Matilde Lapeira y Demestres, vendieron la propia finca al actual ropietario Don José Parellada y Murgadas, pagador del censo, con escritura ante el propio notario Gibert, a quince de Enero de mil ochocientos cincuenta y seis, registrada al foleo setenta y siete, libro cuarenta y siete de esta capital perteneciente a este antiguo registro.
Cuarto: Un censal que presta la madre e hijo Doña Jacinta y Don José de Martí, como habientes derechos de Dn. Mateo Civil, comerciante matriculado que fue de esta ciudad, de pension anual doscientas cuarenta libras o sean dos mil quinientos sesenta reales, su capital al tres por ciento, ocho mil libras equivalentes a ochenta y cinco mil trescientos treinta y tres reales treinta y tres centimos, que grava una casa señalada de número cinco, en la calle del Correo Viejo de esta misma ciudad, barrio sexto, distrito primero, cuartel hipotecario primero de oriente, cuyo plan terreno contiene nueve mil quinientos noventa y cuatro palmos cuadrados o sea trescientos sesnta y dos metros cuarenta y siete centimetros. Linda por el frente o sea por mediodia con dicha calle del Correo Viejo, por la derecha o sea por poniente con Don Juan Giralt y Don Domingo de Alotes en parte, mediante un callejon o a—drona, y parte con Don Pelegrin Guasch; por la espalda o al norte con los mismos madre e hijo Doña Jacinta y Don José de Martí; y por la izquierda o a levante con Don Antonio Crueñas y Doña Maria Puig consortes y en parte con Doña B. Este censal fue creado por el nombrado Don Mateo Civil; a favor de Don Baltasar de Bacardí, bajo hipoteca especial de dicha finca con escritura que autorizó el notario que fue de esta ciudad Don Carlos Carbonell a los seis de Setiembre de mil setecientos ochenta y seis, libro tercero del propio año. Pertenece a este antiguo registro. Debe saberse que al tiempo de dicha creacion el censal era de capital doce mil libras, pero en virtud de escritura que autorizó el notario que fue de la propia ciudad Don José Maria Lafont a seis de Julio de mil ochocientos tres, quitaron cuatro mil libras y quedó reducido a solas ocho mil que en el dia como se ha dicho forman el capital.
Quinto: Una pension anual de treinta y siete libras dos sueldos seis dineros o sean trescientos noventa y seis reales, que al tipo del tres por ciento forma el capital de trece mil doscientos reales que grava una casa situada en esta propia ciudad y calle de los Encantes o del Consulado frente a la casa Lonja, distrito primero, barrio segundo, cuartel primero hipotecario de oriente, señalada con el número diez y siete, su superficie o plan terreno contiene sesi mil seiscientos veinte palmos cuadrados o sean doscientos cincuenta y cuatro metros. Linda al frente o mediodia con la calle de los Encantes o Consulado, a la derecha o poniente con Don Ramon de Bacardí, a la espalda o norte con Don Salvador Pascual, y a la izquierda o levante con los sucesores de Don José Gironella. Dicha pension la paga Don Salvador Pascual y Torres, como propietario que es de dicha casa, en virtud de compra que hizo a Don Ignacio Tomba comerciante de esta ciudad, por precio de ocho mil treinta y tres libras, seis sueldos ocho dineros con escritura que otorgó el notario de la misma Don Antonio Ubach, a los diez y seis de Diciembre de mil ochocientos catorce, registrada al foleo doscientos veinte y ocho, del libro segundo del mismo año, perteneciente a este antiguo registro, en cuya escritura se publicó que tres mil ochocientas libras, que el vendedor dejó de percibir del precio deberea pagarselas el comprador Pascual, en el del dia de la venta a un año, y asi consecutivamente, y en el interin que retardase el pago, abonar el tres por ciento anual, habiendo delegado del mismo precio tres mil doscientas treinta libras de un partido, y tres libras seis sueldos ocho dineros de otro, para satisfacerlos a los acreedores del vendedor. Mas con escritura registrada al margen de dicho foleo, autorizada por el notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a diez y siete de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y cuatro Don Tomás Soler filatero, vecino de esta ciudad como a heredero de su hermana Doña Teresa Cros y Soler consorte de Don José Cros, para satisfacer a Don Ramon de Bacardí la cantidad de mil doscientas cincuenta libras que dicho Cros le estaba debiendo como sucesor de su padre Don Baltasar de Bacardí, le cedió el credito de mil doscientas treinta y siete libras diez sueldos asi como el derecho de percibir su interes anual de treinta y siete libras diez sueldos seis dineros, a que quedó obligado el referido Don Salvador Pascual en virtud de la calendada venta.
Sexto: Un censo con dominio mediano, de pension cuarenta y siete libras seis sueldos o sean quinientos cuatro reales diez y ocho maravedises que al tipo del tres por ciento representa un capital de diez y seis mil ochocientos once reales, que presta la Real casa de Caridad de esta ciudad por una estensión de terreno en el distrito tercero, barrio tercero, calle de Montalegre, que contiene cuarenta y un mil doscientos setenta palmos superficiales o sean ciento cincuenta y ocho metros que se ha unido al edificio de dicho establecimiento de Beneficencia, señalado de número cinco, cuyo terreno adquirió la Real Junta de dicha casa de Don José Fabres vecino de esta misma ciudad con escritura que autorizó el notario que fue de la misma Don Juan Janer a veinte y nueve de Agosto de mil ochocientos treinta y uno registrada al foleo noventa y tres del libro primero de los llamados de partido, perteneciente a este antiguo registro: en cuya venta se reconoció tenerse el propio terreno por Don Ramon de Bacardí, al espresado censo de cuarenta y siete libras seis sueldos anuales. Linda la misma porcion de tierras por el frente o sea por levante con la calle de Montalegre, por la derecha, o sea mediodia, con la calle de Ferlandina, por la espalda o sea por poniente con la citada casa de Caridad y por la izquierda o sea por el norte tambien con edificio de la misma casa de Caridad. El propio censo fue adquirido por Don Baltasar de Bacardí y Clavell en virtud de compra que hizo a Don Ramon y Doña Mariana de Dehona con escritura que autorizó el notario que fue de la presente Don Francisco Gualba, a veinte y nueve de Enero de mil setecientos sesenta y ocho, registrada al foleo cuarenta y nueve, libro primero denominado de escrituras antiguas: o sea del derecho de redimir y recobrar de Don Francisco Vila y Vila presvitero, dicho censo con su dominio mediano que fue vendido a este al quitar con escritura ante Don Juan Bautista Plana escribano que fue de esta ciudad a veinte y dos de Abril de mil setecientos treinta y ocho; habiendo adquirido el propio Señor Don Baltasar de Bacardí y Clavell del nombrado presbitero Vila el derecho que tenia sobre el propio censo por reventa, cesion y traspaso que le hizo por precio de mil cuatro libras dos sueldos dos dineros, con escritura que autorizó el propio notario Señor Gualba a treinta de los propios mes y año quedando de este modo dueño absoluto del repetido censo.
Septimo: Un censo con dominio mediano que presta Don Erasmo de Janer y de Gironella, como sucediendo a Don Erasmo de Gónima de pension anual doscientas libras o sean dos mil ciento treinta y tres reales treinta centimos; su capital al tres por ciento setenta y un mil ciento nueve reales sesenta y seis centimos, por un terreno de cabida una mojada y media con su casa y noria situada en la calle de las Tapias o de Ferlandina de esta propia ciudad, distrito tercero, barrio tercero. Linda a levante con la calle de San Vicente, a mediodia con la de cardona, a poniente con la Muralla de tierra y al norte con la calle Ferlandina. Dicho censo fue impuesto en la escritura de establecimiento que Don Baltasar de Bacardí otorgó a favor del nombado Don Erasmo de Gónima del deslindado terreno, con escritura que autorizó el notario que fue de esta ciudad Don Francisco Mas a veinte y siete de febrero de mil setecientos noventa y nueve, inscrita al margen del foleo doscientos noventa y ocho, libro primero del año mil setecientos ochenta y dos, perteneciente a este antiguo Registro en cuya escritura se pactó la facultad de redimir cien libras la espresada pension por lo correspondiente en precio. Debe saberse que la citada pieza de tierra que en la epoca del establecimiento era huerto, Don José Erasmo de Janer y Gironella la subdividió en solares que estableció a las personas y por los censos que a continuación se espresan:
Un solar por el censo de pension anual cuatro mil reales, en el que se ha construido una casa en la calle de San Erasmo, señalada de número tres, de propiedad de Don Domingo Solá, lindante, a oriente con Don José Sagarra y con Don Onofre Ficar, con Don Gerardo Roses, y Don Eudaldo Verdaguer, a poniente con Don Hipolito, Jaime y José, Don Ernesto Vilaró y a cierzo con la calle de San Erasmo.
Otro solar por el censo de pension dos mil setecientos setenta y seis reales diez y siete maravedises, en el que se ha construido una casa señalada de número diez y siete en la calle de San Erasmo, de propiedad de Don Ernesto Vilaró, lindante a oriente con Don Domingo Solá, a mediodia con Don Jaime Bars, con Don Juan Camps y con Don Gerardo Roses, a poniente con dicho Don Jaime Bars, y a ciezo ccon la calle de San Erasmo.
Otro solar por el censo de pension anual seis mil reales, en el que se halla construida¡o una casa almacen, señalada con los números sesenta y nueve y setenta y uno, de la calle de San Erasmo, de propiedad de Don Antonio Tintó: Lindante a oriente con Doña Josefa Cantó viuda de Reig, a mediodia con la calle Nueva de Dulce y a cierzo con la calle de Ferlandina.
Otro solar por el censo de pension anual dos mil doscientos cuarenta reales en el que se ha construido una casa o fabrica de azulejos señalada con los números sesenta y siete en la calle de ferlandina, y doce en la calle de San Erasmo de propiedad de Doña Josefa Cantó viuda de Reig; linda a oriente con Don José Felin, a mediodia con la calle de San Erasmo, a poniente con Don Antonio Timé, y a cierzo con la calle de Ferlandina.
Otro solar por el censo de pension anual mil doscientos seis reales, en el que se ha construido una casa señalada con los números sesenta y tres en la calle de Ferlandina, y ocho en la calle de San Erasmo, de propiedad de Don Francisco Perdigó, lindante a oriente parte con los Señores Cantó y Reig y con Jaciento Torné, a mediodia con la calle de San Erasmo, aponiente con Don José Feliu, y a ciezo con la calle de Ferlandina.
Otro solar por el censo de pension anual novecientos cinco reales, en el que se ha construido una casa señalada con los números veinte y siete y veinte y nueve en la calle de San Vicente y sesenta y uno en la calle de Ferlandina de propiedad de Don Jacinto Torné, linda a oriente con la calle de San Vicente, a mediodia con loa Señores Cantó y Reig, a poniente con Don Francisco Perdigó, y a cierzo con la calle de Ferlandina.
Otro solar por el censo de pension anual tres mil trescientos cincuenta y dos reales en el que se ha construido un establecimiento de azulejos, señalado con los números cuatro en la calle de San Erasmo, y veinte y cinco en la calle de San Vicente, de propiedad de los Señores Cantó y Reig, lindante a oriente con la calle de San Vicente, a mediodia con la calle de San Erasmo, a poniente con Don francisco Perdigó, y a cierzo con la calle de Ferlandina.
Otro solar por el censo de pension anual setecientos setenta y nueve reales seinte y tres narabedises, en el que se ha construido una casa en la calle de Ferlandina, señalada de número cincuenta y cinco de propiedad de Don José Puigjaner. Lindante a oriente con Miguel Giralt, a mediodia con Doña Antonia Ticó de Domenech, a poniente con Don José Oriol Fortuny, y a cierzo con la calle de Ferlandina.
Tres solares por el censo de pension anual dos mil quinientos cuarenta y ocho reales, nueve maravedises, en los que se han construido tres distintas casas pero juntas,situadas la una en la calle de San Vicente, señalada con el número veinte y ocho y las otras dos situadas en la calle de Ferlandina, señaladas con los números cincuenta y siete y cincuanta y nueve, de propiedad de Don José Oriol Fortuny; lindando juntas a oriente con Don José Puigjaner, a mediodia con Doña Antonia Ticó viuda de Domenech y con Don Agustin Duran, a poniente con la calle de San Vicente, y a cierzo con la de Ferlandina.
Otro solar por el censo de pension anual quinientos cuarenta y seis reales veinte y cuatro maravedises, en el que se ha construido la casa número veinte y seis de la calle de San Vicente, de propiedad de Don Agustin Duran; lindante a oriente con Don José oriol Fortuny, a mediodia con Doña Antonia Ticó viuda de Domenech, a poniente con la calle de San Vicente, y a cierzo con dicho Fortuny.
Otro solar por el censo de pension anual mil trescientos sesenta reales,en el que se ha construido una casa señalada de número veinte y dos en la calle de San Vicente de propiedad de Don Benito Sabater, lindante a oriente con Don José Sala y Don José Pal a mediodia con Don Pedro Martir Font, a poniente con la calle de San Vicente, y a cierzo con Doña Antonia Ticó viuda de Domenech.
Otro solar por el censo de pension anual doscientos noventa reales en el que se ha construido una casa esñalada de número dies y ocho en la calle de San Vicente y de número uno en la calle de cardona, de propiedad de Doña Antonia Ticó de Domenech, lindante a oriente con Don Juan Maluquer, a mediodia con la calle de Cardona, a poniente con la calle de San Vicente, y a cierzo con Don Pedro Martir Font.
Otro solar por el censo de pension anual seiscientos treinta y nueve reales, en el que se ha construido una casa sita en la calle de Cardona número tres, de propiedad de Don José Maluquer, lindante a oriente con Doña margarita perez y Villamil, a mediodia con dicha calle, aponiente con el propio Maluquer, y con Don pedro Martir Font, por el norte.
Otro solar por el censo de pension anual quinientos setenta y seis reales, en el que se ha construido una casa señalada con el número cinco en la calle de cardona de propiedad de Doña Margarita Perez de Villamil; lindante a oriente con Don José Campderros, a mediodia con la calle de Cardona, a poniente con José Maluquer, y a cierzo con Don Pedro martir Font.
Otro solar por el censo de pension anual ciento treinta y siete duros, siete reales de propiedad de Don Jaime Bars tintorero, sito en la calle de San Vicente; lindante a levante con Don Domingo Nadal, a mediodia con Ernesto Vilaró, a poniente con dicha calle, y a cierzo con dicho Vilaró.
Otro solar por el censo de pension anual dosciento veinte y un duros diez y nueve reales, que es de propiedad de Don José Sagrera y Don Buenaventura Pedemont, sito en la calle San Vicente, lindante a levente con la misma calle, a mediodia con Don pablo Servat, y a poniente y cierzo con Don Domingo Sala.
Otro solar por el censo de pension anual sesenta y nueve duros trece reales sito en la calle de San Vicente de propiedad de Don Ramon Domenech, que linda a levente con Don Dominfo nadal, a poniente con la calle de San Vicente, y al norte con Don José Puiggari y Don José Oriol Fortuny.
Otro solar por el censo de ciento ceinte duros cinco reales de pension anual sito en la calle de San Erasmo y de Ferlandina, de propiedad de Don José Felix y Castelló y Don José Tubeny y Martí; lindante a levante con Don Francisco Perdigó, a mediodia con la calle de San Erasmo, a poniente con Doña Josefa Cantó y al norte con la calle Ferlandina.
Octavo: Un censo de pension anual trescientas libras catalanas, o sea trescientos veinte reales que al tipo del tres por ciento representan un capital de diez mil seiscientos sesenta y seis reales sesenta y seis centimos, que presta Don Juan Valls y Gali por una casa sita en las calles de San Antonio Abad y Principe de Viana de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo, señalada con el número dos, lindante por el frente o sea por mediodoa con la calle de Jan Antonio Abad, por la derecha, o sea por poniente con la calle del Principe de Viana, por la espalda, o sea por el norte con la antedicha calle por rematar conjunta, y por la izquierda, o sea por levante, con Cristobal Pont. Contiene una superficie total de tres mil seiscientos palmos, o sean ciento treinta y ocho metros. El mismo censo lo percibe Don Ramon de Bacardí por haberlo impuesto en la escritura de establecimiento perpetuo que otorgó a favor del nombrado Don Juan Valls y Galí de la porcion de terreno que ocupa la deslindada casa que era procedente de su padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba en poder del notario de esta capital Don Benito Lafont a treinta de Marzo de mil ochocientos cincuenta y tres, registrada al foleo ciento veinte y uno del libro treinta y seis de Barceleona, perteneciente a este antiguo registro. De dicho terreno en cuanto a dos mil cuatrocientos palmos, se tiene en dominio del Señor Marques de Alós al censo de catorce libras, diez sueldos o sean ciento cuarenta y cinco reales cuarenta y dos centimos que al tipo del tres por ciento representa un capital de tres mil ciento ochenta reales sesenta y seis centimos, respeto a los restantes mil doscientos palmos se hallan en dominio de la Reverenda Abadesa y Monasterio de San Pedro de las Puellas, al censo de trece sueldos seis dineros, cuyo censo ha sido redimido por el Estado en virtud de las leyes desamortizacion, según escritura en poder del notario de Hacienda Publica Don Juan José Rodriguez a dos de Mayo del corriente año, inscrita en la finca número diez y seis, foleo ciento cuarenta y cinco del Registro de la Propiedad, cuartel de oriente.
Noveno: Un censo de pension anual dos mil reales, su capital al tres por ciento sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis reales y sesenta y seis centimos, que presta Don Ramon Monroig por una pieza de tierra de cabida dos mojadas, sita en el territorio de esta ciudad, cerca el lugar donde antiguamente existia el Monasterio de Valldoncella y parage dicho “La Riera de Magoria” correspondiante al cuartel segundo hipotecario de occidente. Linda a levante con el mismo Don Ramon Monreig mediante el camino que va a casa Alegre, a mediodia tambien con Don Ramon Monreig y con Don Pedro Morell, a poniente con Don Francisco Castells y Don Francisco de Asis Barceló, y al norte con Don Salvador Negravernis. El mismo censo lo percibe Don Ramon de Bacardí por haberlo impuesto el la escritura de establecimiento que otorgó a favor del espresado Don Ramon Monreig de la deslindada pieza de tierra, procedente de la herencia de su padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, en poder del notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a tres de Octubre de mil ochocientos cincuenta y tres, registrada al foleo ciento diez y siete del libro sexto del os denominados de Monjuich, perteneciente a este antiguo Registro.
Decimo: Otro censo de pension aual mil reales, su capital al tres por ciento treinta y tres mil trescientos treinta y tres eales, treinta y tres centimos, que presta Don Juan Jané por una pieza de tierra de estension dos mojadas, situada en el territorio de esta ciudad y lugar llamado Magoria o el Carué, cerca de la antigua Cruz Cubierta y Molinos de viento, que habian existido correspondientes al cuartel segundo hipotecario de occidente: Linda a levante, con los sucesores de Don Juan de Ponsich, a mediodia con Don Mariano Roses y con dichos sucesores de Ponsich, a poniente con honores de la Sociedad “España Industrial” y con Don Francisco Cusells, y al norte con los espresados sucesores de Don Juan de Ponsich. El propio censo lo percibe Don Ramon de Bacardí, por haberlo impuesto en la escritura de establecimiento qye autorizó el notario de esta capital Don Benito de Xambar, a los siete de Setiembre de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo noventa y nueve, libro primero de los denominados de Monjuich, perteneciente a este antiguo Registro.
Un decimo: Otro censo enfiteutico con dominio mediano, de pension anual seiscientos noventa y un reales, seis maravedises, se capital al tres por ciento, veinte y tres mil treinta y cinco reales, que presta Don Andrés Molins por una casa sita en esta ciudad, calle de Requesens, señalada de número tres, distrito tercero, barrio segundo, cuya area contiene cuatro mil ochocientos sesenta palmos cuadrados, o sean ciento ochenta y cinco metros. Linda por el frente, o sea por el norte con la calle de Requesens, por la derecha, o sea por levante parte con Don Manuel Mingues, parte con Doña Antonio Peix y Traveria y parte con Doña Vicenta Marcé y Bojons, por la espalda, o sea por mediodia con Doña Josefa Volar y por la izquierda, o sea por poniente con Don Vicente Esteva y Coy. Dicho censo lo percibe Don Ramon de Bacardí; por haberlo impuesto en la escritura de establecimiento, que del terreno que ocupa dicha casa, otorgó a favor de Don Antonio Camps cerragero, en poder del notario de esta capital Don José Torrent, a los veinte y seis de Agosto de mil ochocientos cuarenta y ocho, registrada al foleo ciento setenta y uno del libro diez y nueve de Barcelona, perteneciente a este antiguo Registro. Dichos Don Antonio Camps reconoció haber adquirido el propio terreno, a utilidad de Don Ramon Pamies y Joaquin Ferrer, según escritura de agui—a de buena fe, que autorizó el notario tambien de esta ciudad Don Antonio Alsina, a los veinte y siete de Febrero de mil ochocientos cuarenta y nueve, registrada en el propio foleo y libro. Y dicho Don Joaquin Ferrer y los hermanos Ramon, Juan y Maria Pamies y Mollera, como herederos de su padre dicho Ramon Pamies, vendieros perpetuamente al espresado Don Andrés Molins pagador del censo, la descrita finca, con escritura que autorizaron dicho notario Alsina y Don Pascual Sabater a los diez y seis de Marzo de mil ochocientos cuarenta y cuatro, registrada al foleo cuarenta y tres, libro cuarto de Barcelona, perteneciente a este antiguo Registro. Debe saberse que el propio censo fue impuesto en cantidad de dos mil cuarenta y un reales seis maravedises pero el Señor de Bacardí vendió y absolvió a favor del Señor Molins, mil trescientos cincuenta reales en pension en nuda percepcion por precio de treinta mil reales, según escritura que autorizó dicho notario Don Pascual Sabater a veinte y tres de Marzo de mil ochocientos cincuenta y cuatro, registrada en el ultimamente citado foleo y libro.
Undecimo: (se repite) Otro censo enfiteutico con dominio mediano de pension anual mil ceinte reales ceinte maravedises que al tipo del tres por ciento, repesenta un capital de treinta y cuatro mil veinte reales que presta Doña Antonia Delcabo viuda de Don Pedro Palet, como a usufructuaria de los bienes de este, siendo los herederos del mismo sus hijos Don Miguel, Don Jaime, Don Felio, Don Pedro, Doña Clara, Doña Filomena y Doña Antonia Palet y Delcabo, por una casa situada con el número cinco en la calle de Requesens de esta propia ciudad, distrito tercero, barrio segundo, que contiene dos mil cuatrocientos treinta palmos cuadrados, o sean noventa y tres metros. Lindante por el frente, o sea por el norte con la calle de Recquesens, por la derecha, o sea por levante con Don Andres Molins, por la espalda, o sea por mediodia con Doña Josefa Volart, y por la izquierda, o sea por poniente con Don Vicente Esteve y Coy. Dicho censo es la mitad del que fue impuesto, en la escritura de establecimiento que Don Ramon de Bacardí otorgó a favor del nombrado Pedro Palet de un solar y medio de terreno en parte del que se edificó la deslindada casa en poder del notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a veinte de Abril de mil ochocientos cuarenta y nueve, registrada al foleo sesenta y seis, libro veinte y uno de Barcelona, pertenece a este antiguo registro. Y vienen obligados al pago de dicha pension de censo la espresada viuda e hijos en virtud de lo dispuesto por el propio Don Pedro Palet y Roig, en el testamento que entregó cerrado al notario que fue de esta ciudad Don Monserrate Corominas en cinco de Noviembre de mil ochocientos cuarenta y nueve, publicado por el mismo notario en quince del propio mes de mil ochocientos cincuenta, registrado al foleo doscientos sesenta y dos, libro veinte y ocho de Barcelona, perteneciente a este antiguo Registro.
Duo decimo: Un censo con dominio mediano de pension anual mil veinte reales veinte maravedises, que al tipo del tres por ciento representa un capital de treinta y cuatro mil veinte reales, que paga Don Vicente Esteve y Coy por una casa señalada con el número siete en la calle de Requesens de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo; cuyo plan terreno contiene dos mil cuatrocientos treintqa palmos cuadrados, o sea noventa y tres metros; lindante por el frente o sea por le norte con la calle del Principe de Viana, por la derecha, o sea por levante con la viuda de Pedro Palet, por la espalda, o sea por mediodia con Don José Volart, y por la izquierda, o sea por poniente con Don Juan Font y Esplugas, y otra propiedad de Don Vicente Janer y Don Baudilio Ribot. El propio censo es la mitad del de dos mil cuarenta y un reales, seis maravedises, que Don Ramon de Bacardí impuso en la escritura de establecimiento que otorgó a favor de Don Pedro Palet de un solar y medio de terreno, en parte dekl que está construida la deslindada casa,en poder del notario del esta capital Don José Torrent y Juliá, a los veinte de Abril de mil ochocientos cuarenta y nueve, registrado al foleo sesenta y seis del libro veinte y uno de Barcelona, perteneciente a este antiguo registro. Dicho Don Pedro Palet reconoció de buena fe que la mitad del espresado solar y medio de terreno y edificio en el construido lo adquirió a utilidad de Doñá Concepción Pi consorte de Don Francisco Tornés con escritura que autorizó el notario de esta capital Don Constantino Gibert a los diez de Enero de mil ochocientos cincuenta, registrada al foleo y libro ultimamente citado, habiendose pactado en la misma escritura que vendria a cargo de dicha Concepción, el pago de la mitad del censo impuesto en el establecimoiento. La misma Doña Concepción Pi de Tornés permutó con el nombrado Don Vicente Esteva y Coy la deslindada casa, con otra propiedad de esteva, sita en Gracia, habiendo convenido que cada uno estaba obligado qal pago de las cargas que gravan su finca permutada, conforme resulta de la escritura que autorizó dicho notario Gibert en treinta de Junio de mil ochocientos cincuenta y dos, registrada al foleo doscientos sesenta y dos del libro veinte y ocho de Barcelona, perteneciente a este antiguo registro.
Decimo tercero: Un censo enfiteutico con dominio mediano, que presta Don Juan Font y Esplugas, de pension mil setecientos ochenta y tres reales catorce maravedises, que al tipo del tres por ciento representa un capital de cincuenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y ocho reales por una casa situada en la calles del Principe de Viana número diez y seis y de Requesens número siete de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo; cuya area contiene cuatro mil novecientos cincuenta y cuatro palmos cuadrados, o sean ciento noventa metros. Linda por el frente, o sea por mediodia xon la calle del Principe de Viana, por la derecha, o sea por le norte con la calle de Requesens, por la espalda o levante con Don Vicente Esteva y Coy, y por la izquierda, o sea por mediodia, con la casa de Don Vicente Jane y Don Baudilio Ribot. Dicho censo lo percibe Don Ramon de Bacardí por haberlo impuesto en la escritura de establecimiento perpetuo que de dicha area de terreno procediente de mayor porcion qye fue de su padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó a favor del nombrado Don Juan Font y Esplugas en poder del notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a los veinte y ocho de Abril de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo ciento diez y seis del libro noveno de Barcelona, perteneciente a este antiguo Registro.
Catorce: otro censo enfiteutico con dominio mediano que prestan Don Vicente Janer y Don Baudilio Ribot, de pension anual cuatrocientos cincuenta eales, que al tipo del tres por ciento representa un capital de quince mil reales, por una casa señalada, con el número catorce en la calle del Principe de Viana de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuyo plan terreno, contiene tres mil setecientos cuarenta y seis palmos cuadrados, o sean ciento cuarenta y cuatro metros. Linda por el frente, o sea por mediodia con la calle del Principe de Viana, por la derecha, o sea por el norte con Don Juan Font y Esplugas, por la espalde, o sea por levante con Doña Josefa Volart, y por la izquierda, o poniente con Don Antonio Torres y Salvat. El mismo censo lo recibe Don Ramon de Bacardí por haberlo impuesto en la escritura de establecimiento perpetuo, que de dicha estensión de terreno, era parte de otra mayor cabida que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba otorgó a favor de los nombrados Son Vicente Jané y Don Baudilio Ribot en poder del notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a los ocho de Febrero de mil ochocientos cincuenta y cuatro, registrado al foleo treinta y uno del libro cuarenta de Barcelona, perteneciente a este antiguo Registro.
Quince: Otro censo enfiteutico con dominio mediano, que presta Don Jaime Torres y Matas, de pension mil setecientos diez y nueve reales cuatro maravedises, que al tipo del tres por ciento representa un capital de cincuenta y siete mil trescientos cuatro reales, por una casa señalada con el número doce en la calle del Principe de Viana de esta propia ciudad, distrito tercero, barrio segundo, que contiene una superficie de cuatro mil setecientos setenta y cinco palmos treinta y seis centimetros, o sea ciento ochenta y tres metros. Linda por el frente, o sea por poniente con la calle del Principe de Viana, por la derecha, o sea por le norte con Vicente Jané y Don Baudilio Ribot. Por la espalda, o sea por levante con Jaime Puig y Butllá, y por la izquierda, o sea por el mediodia con Don Juan Campmajó. En propio censo fue impuesto por Don Ramon de Bacardí en la escritura de establecimiento que dicha estension de terreno precedente de otra mayor que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó a favor de Don Antonio Torres y Salvat en poder del notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a los veinte y tres de Marzo de mil ochocientos cincuenta y ocho, registrada al foleo doscientos sesenta y tres del libro cuarenta y cinco de barcelona, perteneciente a este antiguo registro. Dicho Don Antonio Torres y Salvat falleció intestado en veinte y cinco de Octubre del propio año mil ochocientos cincuenta y ocho habiendole sucedido du hijo único el nombrado Don Jaime Torres y Matas, cuya sucesion fue registrada en el mismo foleo y libro.
Diez y seis: Otro censo enfiteutico con dominio mediano que presta Don Juan Campmajor y Baqué, de pension anual mil quinientos veinte y tres reales ochenta y tres centimos, su capital al tres por ciento, cincuenta mil setecientos noventa y cuatro reales cincuenta y nueve centimos, por una casa señalada con el número diez, en la calle del Principe de Viana de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuyo plan terreno contiene una superficie de cuatro mil seiscientos diez y siete palmos sesenta y nueve centavos cuadrado o sean ciento veinte y siete metros. Linda por el frente, o poniente con la calle del Principe de Viana, por la derecha o por el norte con Don Jaime Torres y Mata, por la espalda o levante con Doña Josefa Volart, y por la izquierda, o mediodia con Don Lorenzo peri y Don Francisco Daroca. El mismo censo lo percibe Don Ramon de Bacardí por haberlo impuesto en la escritura de establecimiento que de dicha estension de terreno parte de otra mayor que fue de su padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó a favor del nombrado Don Juan Campmajor y Baqué, ante el notario de esta ciudad Don José Torrent y Juliá a los veinte y tres de Setiembre de mil ochocientos cincuenta y ocho, registrada al foleo setenta y cinco del libro cincuenta y siete de Barcelona, perteneciente a este antiguo Registro. Debe saberse que la deslindada casa ha pasado a ser de propiedad de Don Lorenzo Peri y Porrera y Don Francisco Daroca y Gatell, por compra que han hecho al nombrado Don Juan Campmajor según escritura autorizada por el notario de est capital Don Antonio Torrents a los veinte y ocho Febrero de mil ochocientos sesenta y tres, inscrito en el Registro de la Propiedad, libro primero, cuartel de occidente, finca número ochenta y cinco, isncripcion primera.
Diez y siete: Otro censo enfiteutico con dominio mediano que prestan Don Lorenzo Per y Porrera y Don Francisco Daroca y Gatell, de pension anual mil setecientos un reales cincuenta y cuatro centimos, que al tipo del tres por ciento representa un capital de cincuenta y seis mil setecientos diez y ocho reales veinte centimos, por una casa señalada con el número ocho, en la calle del Principe de Viana de esta misma ciudad, distrito tercero, barrio segundo, que contiene una estension de terreno de cinco mil ciento ciucuenta y seis palmos veinte centavos cuadrados, o sean ciento noventa y ocho metros. Linda por el frente, o sea por poniente con la calle del Principe de Vianna, por la derecha, o sea por el norte con Don Juan Campmajor, por la espalda, o sea por levante con Jacinto Casas y Permanyer, y por la izquierda, o sea por mediodia con Don Juan Puig y Butllá. Don Jacinto Masferrer, Doña Eulalia Colomina y Don Cristobal Pont. El mismo censo lo percibe Don Ramon de Bacardí, por haberlo impuesto en la escritura de establecimiento de dicha estension de terreno procedente de otra mayor que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba que otorgó a favor de Don Juan Cardunet y Badosa en poder del notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a los veinte y tres de Setiembre de mil ochocientos cincuenta y ocho, registrada al foleo setenta y seis, libro cincuenta y siete de Barcelona, perteneciente a este antiguo registro. Y los nombrados Don Lorenzo Peri y Don Francisco Daroca pagan dicho censo por haberles sido insolutumdada y en parte vendida la deslindada casa según escritura que autorizó el notario de esta dicha ciudad Don Antonio Torrent a los treinta de Marzo de mil ochocientos sesenta, registada al foleo veinte y uno, libro sesenta y uno de Barcelona, tembien pertneciente a este antiguo Registro.
Diez y ocho: Otro censo de pension anual cuatro mil deoscientos trece reales diez maravedises, que al tipo del tres por ciento, representa un capital de ciento cuarenta mil cuatrocientos cuarenta y tres reales que paga Don Juan Puig y Rutllá por una casa señalada de número treinta y ocho en la calle de San Antonio Abad de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente; cuya area contiene cinco mil seiscientos diez y siete palmos nueve decimetros cuadrados, o sean doscientos diez y seis metros. Linda por el frente, o sea por el mediodia con la calle de la Puerta de San Antonio, por la derecha, o sea por poniente parte con Don Jacinto Masferrer y parte con Doña Eulalia Colominas, por la espalda, o sea por el norte con Don Juan Cadunell, y por la izquierda o levante con los sucesores de Don Jacinto Casas y Permanyer. Dicho censo lo percibe Don Ramon de Bacardí, por haberlo impuesto en la escritura de establecimiento que de la espresada area de terreno, que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó a favor de Don Jusé Cars y Baqués en poder del notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a los nueve de Mayo de mil ochocientos cuarenta y ocho, registrada al foleo doscientos siete del libro diez y siete de Barcelona, perteneciente a este antiguo registro. Y el nombrado Don Juan Puig y Rutllá, paga el mismo censo por haber adquirido la deslindada finca del referido Don José Cars y Baqué por titulo de compra-venta según escritura que autorizó el notario de esta capital Don Monserrate Corominas, a los veinte y uno de Agosto de mil ochocientos cuarenta y nueve, registrada al foleo doscientos veinte y nueve del libro veinte y uno de Barcelona, tambien perteneciente a este antiguo Registro.
Diez y nueve: Otro censo enfiteutico con dominio mediano, que prestan los hermanos Don Magin, Don José, Doña Salvadora, Doña Maria y Doña Rita Barbará y Tintorer y Doña Francisca Tintorer y Tagel de pension anual dos mil trescientos setenta reales veinte maravedises, que al tipo del tres por ciento representa un capital de setenta y nueve mil veinte reales, por unas casas sitas en la calle del principe de Viana de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo, sañaladas de números cinco y siete, que contienen una superficie de seis mil quinientos ochenta y cinco palmos cuadrados, o sean doscientos cincuenta y tres metros. Lindan por el frente, o sea por levante con dicha calle del Principe de Viana, por la rderecha, o sea por mediodia, con Doña Francisca Perdigó, por la espalda, o sea por poniente con terreno de Bacardí y por la izquirda, o sea pr el norte con los consortes Don Benito de Ciurana y de Rich y Doña Rita de Esteve. El mismo censo lo percibe dicho Don Ramon de Bacardí; por haberlo impuesto en la escritura de establecimiento que de cinco mil quinientos cincuenta y siete palmos y medio superficiales parte del espresado terreno, otorgó a favor de Don Francisco Barbará y Coca, en poder del notario de esta capital Don José Torrent y Juliá, a los catorce de Octubre de mil ochocientos cuarenta y seis, registrada al foleo ciento cincuenta, libro sexto de Barcelona, perteneciente a este antiguo Registro, y en la escritura de adicion al propio establecimiento por la que el Señor de Bacardí cedió a Barbará mil ceinte y siete palmos y medio de terreno mas mediante aumento de censo que autorizó el propio notario Torrent, a los trece de Abril de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo ciento diez y seis, libro noveno de Barcelona, perteneciente a este antiguo registro. El mismo Don Francisco Barbará y Coca, vendió perpetuamente una de dichas dos casas, a la nombrada Francisca Tintoré y Tagell, por el precio de siete mil libras y mediante pagar de dicho total censo mil ciento ochenta y cinco reales diez maravedises, según escritura que autorizó el notario de esta capital Don José Elias y Cebriá a los veinte y cinco de Octubre de mil ochocientos cincuenta y tres, registrada al foleo doscientos diez y seis del libro treinta y ocho de Barcelona, tambien perteneciente a este antiguo Registro. Y el propio Don Francisco Barbará y Coca, hizo testamento que entregó cerrado al notario tembien de esta ciudad Don Manuel de Larratea, a los nueve de Julio de mil ochocientos cuarenta y cuatro, quien lo publicó en cuatro de Agosto del propio año con el cual despues de ordenar varios legados instituyó en herederos universales por partes iguales a sus voluntades, a sus hijos los arriba citados, Don Magin, Don José, Doña Salvadora, Doña Maria y Doña Rita Barbará y Tintorer.
Veinte: Otro censo enfiteutico con dominio mediano que prestan los consortes Don Benito de Ciurana y de Rich y Doña Rita de Esteve, de pension anual mil ciento treinta y siete reales, treinta y dos maravedisas, que all tipo del tres por ciento forman el capital de treinta y siete mil cuatrocientos treinta y dos reales, por una casa señalada con el número nueve en la calle del Principe de Viana de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente, cuya area contiene tres mil ciento sesenta y un palmos cuadrados, o seam ciento ceinte y cino metros cincuenta centimetros. Linda por el frente, o sea por levante con la calle del Principe de Viana, por la derecha, o sea por mediodia con los sucesores de Don Francisco Barberá, por la espalda, o sea por poniente con terreno propio del mismo Don Ramon de Bacardí, y por la izquierda, o sea por el norte con Don Francisco Pujet. Dicho censo fue impuesto por Don Ramon de Bacardí en la escritura de establecimiento que de la espresada estension de terreno, parte de otra mayor que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó a favor de Pablo Llopis carpintero, vecino de esta ciudad, en poder del notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a los veinte y uno de Diciembre de mil ochocientos treinta y nueve, libro noveno de Barcelona, perteneciente a este antiguo Registro. Habiendo el Señor Llopart, reconocido de buena fe haber aceptado el establecimiento a utilidad y provecho de Don José Prats y Cortada, segun escritura ante el notario Don Juan Llopart, a los treinta de Noviembre de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo trescientos cuarenta y seis, libro llamado del Registro General de dicha antigua Contaduria de hipotecas. Y dichos Don Benito Ciurano y de Rich y Doña Rita de Esteve, pagan el propio ceenso por haber adquirido la deslindada casa del nombrado Don José Prats, por titulo de compra, según escritura que autorizó el notario de esta capital Don Luis Gonzaga Pallós a los cinco de Julio de mil ochocientos cincuenta y uno, registrada al foleo setenta y tres, libro veinte y nueve de Barcelona, de este Registro.
Veinte y uno: Otro censo enfiteutico don dominio mediano que presta Don Francisco Pujet y Gomis abogado, vecino de esta ciudad, de pension anual mil ciento nueve reales trece maravedisas, que al tipo del tres por ciento forma el capital de treinta y seis mil nuevecientos ochenta y cuatro reales por una casa señalada con el número once de la calle del Principe de Viana de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente, que contiene tres mil ochenta y dos palmos cuadrados, o sean ciento deiz y ocho metros. Linda por el frente, o sea por levante con la calle del Principe de Viana, por la derecha, o sea por mediodia con los consortes Don Benito de Ciurana y de Rich y Doña Rita de Esteve, por la espalda, o sea por poniente con terreno de Don Ramon de Bacardí, y por la izquierda, o sea por el norte con Don Evaristo Arús. El mismo censo lo percibe dicho Don Ramon de Bacardí por haberlo impuesto en la escritura de establecimiento que otorgó de dicha estension de terreno, parte de otra de mayor cabida que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, a favor de Don Pablo Llopart carpintero, vecino de esta ciudad, con escritura que autorizó el notario de la misma Don José Torrent y Juliá a los veitne y tres de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y seis, registrada al foleo ciento setenta y cuatro del libro noveno de Barcelona, perteneciente a este antiguo Registro. Y el nombrado Don Francisco Pujet y Gomis paga el propio censo por haber adquirido del referido Pablo Llopart la deslindada casa, según escritura de venta perpetua que autorizó el notario de esta capital Don Luis Gonzaga Pallós a los treinta de Noviembre de mil ochocientos cincuenta y uno, registrada al foleo doscientos setenta y siete, libro treinta de Barcelona, tambien perteneciente a este antiguo Registro.
Veinte y dos: Otro censo enfiteutico con dominio mediano que presta Don Evaristo Arnus y Ferrer, corredor Real de cambios, vecino de esta ciudad, de pension mil ochenta y un reales, dos maravedises; que al tipo del tres por ciento forma un capital de treinta y seis mil trenta y seis reales, por una casa señalada con el número trece en la calle del Principe de Viana de esta misma ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente, que contiene tres mil palmos cuadrados, o sea ciento quince metros. Linda por el frente, o sea por levante con la calle del Principe de Viana, por la derecha, o sea por mediodia con Don Francisco Pujet, y por la espalda, o seaq por poniente con terreno de propiedad de Don Ramon de Bacardí, y por la izquierda, o sea por el norte con Don Ramon Castells. El propio censo lo percibe dicho Don Ramon de Bacardí, por haberlo impuesto en la escritura de establecimiento perpetuo que otorgó de la espresada estensión de terreno, parte de mayor cabida que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, a favor de Don Pablo Llopart, en poder del notario de esta capital Don José Torrent y Juliá, a los veinte y tres de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y seis, registrada al foleo ciento setenta y dos, libro noveno de Barcelona, perteneciente a este antiguo Registro. Y dicho Don Pablo Llopart, la deslindada casa a titulo de compra, según escritura que autorizó el notario de la misma ciudad Don Joaquin Negre, a los treinta de Julio de mil ochocientos cuarenta, registrada al foleo y libro que acaba de citarse.
Veinte y tres: Otro censo enfiteutico con dominio mediano que presta Doña Josefa Torner y Bert de pension anual mil cincuenta y tres reales, que al tipo del tres por ciento forma el capital de treinta y cinco mil cien reales por una casa señalada con el número quince en la calle del Principe de Viana de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente, cuyo pñlan terreno, contiene dos mil nuevecientos veinte y cinco palmos cuadrados, o sean ciento doce metros. Linda por el frente, o sea por levante con la referida calle del Principe de Viana; por la derecha, o sea por mediodia con Don Evaristo Arnús, por la espalda, o sea por poniente con terreno de Don Ramon de Bacardí, y por la izquierda, o sea por el norte con propiedad de Don Pedro Pamies. El mismo censo lo percibe el nombrado Don Ramon de Bacardí por haberlo impuesto en la escritura de establecimiento que de dicho terreno parte de otra mayor cabida que fue de su Señor padre Don altasar de Bacardí y Tomba, otorgó a favor de Don Mateo Marqués albañil, vecino de esta ciudad en poder del notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a los cinco de Enero de mil ochocientos cuarenta y siete registrada al foleo doce, libro diez de Barcelona, perteneciente a este antiguo Registro. El mismo Don Mateo y Marqués reconoció de buena fe haber hecho la adquisición del referido terreno a idilidad y por cuanta de Don Ramon Castells y Monrabá según escritura que autorizó el mismo notario Torrent en trece de Marzo del referido año mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo trescientos sesenta y siete, del libro segundo de Barcelona, perteneciente a este antiguo Registro. Y la mencionada Doña Josefa Torné y Bert paga el referido censo como a heredera vitalicia de su esposo dicho Don Ramon Castells y Monrabá del que son herederos universales Don José Prat y Santamaria y Ramona Castells esposa de Pedro Pujolart por iguales partes y porciones, a sus libres voluntades, según el testamento que otorgó ante el notario Don Francisco Tordana a los cuatro de Agosto del año ultimo, inserto en el Registro de la propiedad, libro diez y nueve, cuartel de occidente de esta capital, finca número veinte y nueve, foleo ciento noventa y tres, inscripción primera.
Veinte y cuatro: Otro censo enfiteutico que presta Don Pedro Pamies sastre y vecino de esta capital, de pension anual mil veinte y cuatro reales y veinte y dos maravedises que al tipo del tres por ciento representa un capital de treinta y cuatro mil ciento cincuenta y cinco reales por una casa señalada con el número diez y siete en la calle del principe de Viana de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente, que contiene dos mil ochocientos cuarenta y seis palmos, veinte y cinco centavos cuadrados, o sea ciento nueve metros. Linda por el frente, o sea por levante con la calle del Principe de Viana, por la derecha, o sea por mediodia con Don Ramon Castells, por la espalda, o sea por poniente con terreno de propiedad de Don Ramon de Bacardí, y por la izquierda, o sea por el norte con Don Miguel Trullás. El mismo censo lo percibe Don Ramon de Bacardí por haberlo impuesto el la escritura de establecimiento perpetuo que de dicha estension de terreno, procedente de otra de mayor cabida que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó a favor del referido Don Pedro Pamies ante el notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a los catorce de Enero de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo ciento quince, libro noveno de Barcelona, perteneciente a este antiguo Registro.
Veinte y cinco: Otro censo enfiteutico con dominio mediano que presta Don Miguel Trullás de pension anual mil reales doce maravedises, su capital al tres por ciento treinta y tres mil trescientos carenta y cinco reales, poe una casa señalada con el número diez y nueve en la calle del Principe de Viana de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente, que contiene dos mil setecientos setenta y ocho palmos cuadrados, setenta y cinco centavos, o sean ciento seis metros cincuenta centimetros. Linda por el frente, o sea por levante con la calle del Principe de Viana, por la derecha, o sea por mediodia con Don Pedro Pamies, poe la espalda, o sea por poniente con terreno de Don Ramon de Bacardí, y por la izquierda, o sea por norte con los consortes Don Miguel Mir y Doña Teresa Palu. El mismo censo lo percibe dicho Don Ramon de Bacardí por haberlo impuesto el la escritura de establecimiento perpetuo que de la espresada estensioh de terreno parte de otra de mayor cabida que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó a favor de Don Juan Ribatallada, Don José Vila, Don Miguel Bofill y Don Eloi Codina, en poder del notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a los seis de Febrero de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo ciento quince, del libro noveno de Barcelona, perteneciente a la antigua contaduria de hipotecas de esta capital. Y el nombrado Don Miguel Trullas paga el propio censo por haber reconocido de buena fe dichos Ribatallada, Vila, Bofill y Codina haber adquirido a utilidad y provecho del mismo Trullás el repetido terreno según escritura que autorizó el notario Don Fernando Moragas y Ubach a los veinte y cinco de Agosto del propio año mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo quince del libro once de Barcelona, perteneciente a dicha antigua contaduria de hipotecas.
Veinte y seis: otro censo enfiteutico con dominio mediano que presta Doña Teresa Pahé y Calls viuda de Don Miguel Mir, vecino de esta ciudad, de pension anual mil nuevecientos veinte y siete reales y veinte y seis maravedises, que al tipo del tres por ciento forman el capital de sesenta y cuatro mil doscientos sesenta reales, por una casa señalada con el número veinte y uno, en la calle del Principe de Viana de esta misma ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente que contiene cinco mil trescientos cuarenta y cinco palmos cuadrados, o sean dos cientos seis metros. Linda por el frente, o sea por levante con la calle del Principe de Viana, por la derecha, o sea por mediodia con Don Miguel Trullás, por la espalda, o sea por poniente con tereno de Don Ramon de Bacardí, y por la izquierda, o sea por el norte con Don Jaime Grases y Mitjans. Dicho censo lo percibe el mismo Don Ramon de Bacardí por haberlo impuesto en la escritura de establecimiento que de la referida estension de terreno, parte de otra mayor cabida que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó a favor de Don Pedro Pahí ante el notario de esta ciudad Don José Torrent y Juliá a los veinte y tres de Enero de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo ciento quince, libro noveno de Barcelona, perteneciente a la antigua Contaduria de hipotecas de la misma. El espresado Don Pedro Pahí vendió perpetuamente la deslindada casa a los consortes Don Miguel Mir y Doña Teresa Pahí con escritura ante el notario Don Luis Gonzaga Pallos, a los treinta de Setiembre de mil ochocientos cincuenta y seis, registrada al foleo doscientos treinta, libro cuarto de esta ciudad, de dicha aantigua Contaduria. Y la propia Doña Teresa Pahí y Culls, paga el referido censo, como dueña de la referida finca por haber sido instituida heredera, libre por su esposo Don Miguel Mir, en el testamento que este otorgó ante dicho notario Pallós en cinco de Octubre de mil ochocientos sesenta y dos, registrada al foleo catorce, libro cincuenta y uno de esta ciudad, de la propia antigua Contaduria; constando inscrita la finca en el foleo doscientos treinta, libro diez del Registro de la Propiedad, cuartel de occidente.
Veinte y siete: Otro censo enfiteutico con dominio mediano, que presta Don Jaime Grases y Mitjans, galonero, vecino de esta ciudad, de pension anual mil setecientos setenta y dos reales que al tipo del tres por ciento forma el capital de cincuenta y nueve mil cuatrocientos reales por una casa señalada con el número veinte y tres en la calle del Principe de Viana de esta misma ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente; que contiene una superficie de cuatro mil nuevecientos cuarenta palmos, o sean ciento noventa metros. Linda por el frente, o sea por levante con la calle del Principe de Viana, por la derecha, o sea por el mediodia con Doña Teresa Pahí, por la espalda, o sea por poniente con terreno de Don Ramon de Bacardí, y por la izquierda, o sea por el norte con Don Agustin Mateu. El propio censo lo percibe dicho Don Ramon de Bacardí por haberlo impuesto en el establecimiento perpetuo que otorgó de dicha estensión de terreno, parte de otra de mayor cabida que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, a favor de Don Pablo Sendrós cafetero,vecino de esta ciudad en poder del notario de la misma Don José Torrent y Juliá a los catorce de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y seis, regisdtrada al foleo ciento cincuenta y ocho, libro noveno de Barcelona, perteneciente a la antigua Contaduria de hipotecas de la misma. Y el referido Don Jaime Grases y Mitjans paga el propio censo por haber adquirido la dislindada finca del Don Pablo Seudrós por titulo de venta al quitar según escritura autorizada por el notario Don Juan Fontrodona a los tres de Julio de mil ochocientos cuarenta y ocho, registrada en el foleo ciento ochenta y tres, del libro veinte y cinco de Barcelona, perteneciente a dicha antigua Contaduria de hipotecas.
Veinte y ocho: Otro censo enfiteutico con dominio mediano, que presta Don Agustin Mateu y Bellsolá, vecino de esta ciudad, de pension anual nuevecientos treinta y nueve reales y cuatro maravedises, que al tipo del tres por ciento forman un capital de treinta y un mil trescientos cuatro reales, por una casa señalada con el número veinte y cinco en la calle del Principe de Viana en esta misma ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente, que contiene dos mil doscientos treinta palmos cuadrados, o sean ochenta y cinco metros sesenta y cinco centimetros. Linda por el frente, o sea por levante con la calle del Principe de Viana, por lad erecha, o sea por el mediodia con los consortes Don Jaime Grases y Mitjans, por la espalda, o sea por poniente con terreno de propiedad de Don Ramon de Bacardí, y por la izquierda, o sea por el norte con Don Ignacio Caballé. El mismo censo lo percibe dicho Don Ramon de Bacardí por haberlo impuesto en el establecimiento perpetuo que de dicha estension de terreno, parte de otra de mayor cabida que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó a favor de los hermanos dichos Don Agustin y Don Cipriano Mateu y Bellsolá, ante el notario de la presente Don José Torrent y Juliá a los veinte y cuatro de Enero de mil ochocientos cuarenta y ocho, registrada al foleo ciento diez y seis, del libro noveno de Barcelona, correspondiente a la antigua Contaduria de hipotecas de la misma. Y dicho Don Agustin Mateu y Bellsolá paga el todo del referido censo, por haber adquirido de su hermano Don Cipriano, la mitad de dicha casa por titulo de compra según escritura que autorizó el mismo notario Torrent y Juliá a doce de Octubre de mil ochocientos cincuenta y tres, registrada al foleo ciento setenta y tres, libro treinta y ocho de esta ciudad, correspondiente a dicha antigua Contaduria.
Veinte y nueve: Otro censo enfiteutico con dominio mediano que presta Don Ignacio Caballé y Comellas albañil, vecino de esta ciudad, de pension anual setecientoas setenta y siete reales, veinte maravedises que al tipo del tres por ciento forma un capital de ceinte y cinco mil nuevecientos veinte reales, por una casa señalada con el número veinte y siete en la calle del Principe de Viana de esta misma ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente, que contiene doscientos sesente palmos cuadrados, o sean ochenta y tres metros. Linda por el frente, o sea por levante con la calle del Principe de Viana, por la derecha, o sea por el mediodia con Don Agustin Mateu, por la espalda, o sea por poniente con terreno de Don Ramon de Bacardí, y por la izquierda, o sea por el norte con la calle de la Riera Alta den Prim. Se halla inscrita en el Registro de la Propiedad, cuartel de occidente, libro once, foleo coento setenta y dos, finca número veinte y cinco. Percibe dicho censo el nombrado Don Ramon de Bacardí, por haberlo impuesto en la escritura de establecimiento que de la espresada estension de terreno, parte de otra de mayor cabida que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó a favor de dicho Don Ignacio Caballé, en poder del notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a los treinta de Noviembre de mil ochocientos sesenta, registrada al foleo ciento cuarenta y nueve, del libro sesenta y tres de Barcelona, perteneciente a la antigua Contaduria de hipotecas de la misma.
Treinta: Otro censo enfiteutico con dominio mediano que presta Doña Mariangela Astort y Campí y Don Pedro Serdá y Mir, cartero, vecinos de Sabadell, de pension anual quinientos veinte y ocho reales, que al tipo del tres por ciento forma el capital de diez y siete mil seiscientos reales, por una casa señalada con el número treinta y tres sita en esta ciudad y calle de Cendra, de la Duda, del Principe de Viana y de la Riera Alta den Prim, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente,q ue contiene dos mil tresscientos cincuenta palmos cuadrados, o sean noventa metros. Linda poe el frente, o sea por levante con la calle de la Cendra, por la derecha, o sea por mediodia con la calle de la Duda, por la espalda, o sea por poniente con la calle del Principe de Viana, y por la izquierda, o sea por el norte con la calle del la Riera Alta del Prim, percibe dicho censo Don Ramon de Bacardí, por haberlo impuesto en la escritura de establecimiento que de dicha estension de terreno, parte de otra de mayor estension que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó a favor de Don José Sala y Vicens sn poder del notario de esta capital Don Jusé Torrent y Juliá a los diez y siete de Diciembre de mil ochocientos cincuenta y tres, registrada al foleo ciento veinte y seis, libro treinta y nueve de Barcelona, perteneciente a la antigua Contaduria de hipotecas de la misma. Y dichos Doña Mariangela Astort y Campí y Don Pedro Serdá, pagan el propio censo por haber adquirido del referido Sala y Vicens la deslindada finca, a titulo de compra según escritura que autorizó el notario de esta ciudad Don Mariano Barallat a los veinte y siete de Marzo de mil ochocientos cincuenta y cinco, registrada en dicho foleo y libro.
Treinta y uno: Otro censo enfiteutico con dominio mediano, de pension anual mil setecientos cincuenta y siete reales, que al tipo del tres por ciento representa un capital de cincuenta y ocho mil trescientos sesenta y seis reales sesenta y seis centimos, que presta Doña Eulalia Vidal y Auger, esposa de Don Francisco Montaner y Noguera, por una casa señalada con el número treinta y uno en la calle de la Cendra de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente, que contiente cuatro mil ochocientos sesenta y tres palmos cuadrados, o sean ciento ochenta y seis metros cuarenta centimetros. Linda por el frente, o sea por levante con la calle del Principe de Viana, por la derecha, o sea por el norte con la calle de la Duda, por la espalda, o sea por levante con la calle de la Cendra, y por la izquierda, o sea por mediodia parte con Doña Agustina del Rey y parte con Don Juan Mira. El propio censo lo percibe Don Ramon de Bacardí por ser parte del de pension anual diez mil ochocientos quince reales diez y seis maravedises que impuso en el establecimiento que se una porcion de terreno de mayor cabida, que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó a favor de Don José Jané y Figueras, albañil en poder del notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a los siete de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y seis, registrada al foleo ciento quince, libro noveno de Barcelona, perteneciente a la antigua Contaduria de hipotecas de la misma. Dicho Don José Jané y Figueras reconoció de buena fe haber adquirido el terreno establecido a utilidad y provecho de Don Juan Nogues y Mosall y por lo mismo le cedió todos sus derechos y acciones, según escritura que autorizó dicho notario Torrent a los veinte y seis de Junio de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo ochenta y cuatro del libro tercero de Barcelona, perteneciente a dicha antigua Contaduria de hipotecas. El referido Don Juan Nogués, insolutum donó la casa deslindada a Don Juan Auger, según otra escritura ante el referido notario Torrent, a los siete de Marzo de mil ochocientos cincuenta y uno, registrada al foleo ciento sesenta u seis del libro veinte y siete de esta ciudad, de la antigua Contaduria. Y la antes nombrada Doña Eulalia Vidal y Auger, paga el espresaado censo, como deuña de la citada finca por legado que le hizo el referido Don Juan Auger y Vila, su tio, con el testamento que entregó cerrado al notario Don Antonio Torrents, en diez y nueve de Agosto de mil ochocientos cincuenta y cuatro, registrado al foleo noventa y cinco, del libro cuarenta y tres de esta ciudad, de la estinguida Contaduria de hipotecas. La misma finca consta inscrita en el foleo ciento sesenta y dos, libro treinta del Registro de la Propiedad, cuartel de occidente.
Treinta y dos: Otro censo enfiteutico con dominio mediano,de pension anual, nuevecientos reales, que al tipo del tres por ciento representa un capital de treinta mil reales, que presta Doña Agustina del Rey viuda del Marqués de San Felix; por una casa señalada con el número veinte y seis de la calle Principe de Viana de esta ciudad, dictrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente que contiene dos mil quinientos palmos cuadrados, o sean noventa y sies metros. Linda por el frente, o sea por poniente con la calle del Principe de Viana, por la derecha, o sea por el norte con Doña Eulalia Vidal y Auger, por la espalda, o sea por levante con Don Juan Mora, y por la izquierda, o sea por mediodia con Don Jaime Patxat. Percibe dicho censo Don Ramon de Bacardí por haberlo impuesto en la escritura de establecimiento perpetuo, que de mayor porcion de terreno que fue de propiedad de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó a favor de Don José Jené y Figueras, bajo la imposicion del censo de pension diez mil ochocientos quince reales diez y seis maravedises, con escritura que autorizó el notario de la presente Don José Torrent y Juliá a los siete de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y seis, registrada al foleo ciento quince, libro noveno de esta ciudad. Dicho Don José Jené y Figueras, reconoció de buena fe, haber aceptado dicho establecimiento a utilidad y provecho de Don Juan Nogues, con escritura ante el propio notario Torrent a los veinte y seis de Junio de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo ochenta y cuatro, libro tercero de Barcelona. El Señor Nogués vendió perpetuamente a Don Francisco Arboix y Enrich la deslindada casa, con escritura que autorizó el referido notario Torrent a los veinte y ocho de Enero de mil ochocientos cuarenta y ocho, registrada al foleo ciento sesenta y siete, libro catorce de esta ciudad, habiendo reconocido el propio Arboix haber hecho la total compra a utilidad y provecho de Doña Maria Antonia Vilanova viuda de Don Joaquin Font con otra escritura ante el notario Don Juan Grasset, a los once de Abril del mismo año mil ochocientos cuarenta y ocho, registrada al foleo ciento setenta y tres, libro segundo de esta ciudad. Y la antes nombrada Doña Agustina del Rey, paga la citada pension de censo, de nuevecientos reales, por haber adquirido a titulo de compra de la espresada Doña Maria Antonia Vilanova, la casa deslindada, con escritura que autorizó el notario Don Pedro Gonzalez a diez y siete de Enero de mil ochocientos cincuenta y dos, registrada al foleo treinta y dos, libro veinte y seis de esta capitel.
Treinta y tres: Otro censo enfiteutico con dominio mediano de pension anual nuevecientos reales que al tipo del tres por ciento forma el capital de treinta mil reales, que prestan Don Juan y Doña Paula Mora, por una casa señalada con el número veinte y nueve, en la calle de la Cendra de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente, que contiene dos mil quinientos palmos cuadrados, o sean noventa y seis metros. Linda por el frente, o sea por levante con la calle de la Cendra, por la derecha, o sean por mediodia con Don Jaime Patxot, por la espalda, o sea por poniente con Doña Agustina del Rey, y por la izquierda, o sea por el norte con Doña Eulalia Vidal y Miger. Percibe dicho censo Don Ramon de Bacardí, por ser parte del de diez mil ochocientos quince reales, diez y seis maravedises, que impuso en el establecimiento perpetuo que de mayor porcion de terreno que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó en poder de notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a favor de Don José Jené y Figueras, a los siete de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y seis, registrada al foleo ciento quince, libro noveno de esta ciudad, habiendo dicho Señor Jené y Figueras, reconocido de buena fe, haber adquirido el terreno establecido a utilidad y provecho de Don Juan Nogués, según otra escritura que autorizó el mismo notario Torrent, a veinte y seis de Junio de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo ochenta y cuatro, libro tercero de esta ciudad. El Señor Nogués vendió perpetuamente, la deslindada casa a favor de Don Francisco Arboix y Enrich, con otra escritura que autorizó dicho notario a veinte y ocho de Enero de mil ochocientos cuarenta y ocho. Y los nombrados Don Juan y Doña Paula Mora pagan la referida pension de nuevecientos reales por ser dueños de la deslindada casa, por haber reconocido el referido Arboix haber adquirido la misma a utilidad y provecho de los mismos con escritura que autorizó Don Manuel Lafont notario de la presente a diez y ocho de Marzo de mil ochocientos cuarenta y ocho, registrada al foleo ciento setenta y tres, libro segundo de barcelona.
Treinta y cuatro: Otro censo enfiteutico con dominio mediano, de pension anual mil trescientos setenta y dos reales diez y seis maravedises, que al tipo del tres por ciento, forma un capital de cuarenta y cinco mil setecientos ochenta reales, once maravedises, que prestan los consortes Don Jaime Parxot y Doña Mercedes Resa, por una casa señalada con los números ceinte y siete y veinte y cuatro sita en las calles de la Cendra y del Principe de Viana de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente, que contiene tres mil ochocientos catorce palmos cuadrados, o sean ciento cuarenta y cinco metros treinta centimetros. Linda por el frente, o sea por poniente con la calle del Principe de Viana, por la derecha, os ea por el norte con Doña Agustina del rey, y con Don Juan Mora; por la espalda, o sea por levante con la calle del a Cendra, y por la izquierda, os ea por mediodia con los hermanos Don Joaquin y Doña Carolina Montros y con Don Antonio Fabregas. Percibe dicho censo Don Ramon de Bacardí por ser parte del de diez mil ochocientos quince reales diez y seis maravedises, que impuso en el establecimiento perpetuo que de tereno de mayor cabida y que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otogó a favor de Don José Jené y Figueras, ante el notario de la presente Don José Torrent y Juliá a los siete de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y seis, registrada al foleo ciento quince, libro noveno de esta ciudad, habiendo el propio Jené reconocido de buena fe haber aceptado dicho establecimiento a utilidad y provecho de Don Juan Nogués, con escritura que autorizó el mismo notario a los veinte y seis de Junio de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo ochenta y cuatro, libro tercero de esta ciudad. El Señor Nogués vendió perpetuamente el terreno que ocupa la deslindada casa, a favor de Don Pablo Sandrós con otra escritura que autorizó el referido notario Torrent, a siete de Febrero de mil ochocientos cuarenta y ocho, registrada al foleo ciento sesenta y siete, libro catorce de esta ciudad. El propio Don Pablo Sendrós, vendió al quitar la deslindada casa a favor de Don Francisco Pompido y Don Cayetano Cortés, con escritura ante el notario Don José Ponsa a los cuatro de Noviembre de mil ochocientos cuarenta y ocho, y estos cendieron su derecho mediante respetar dicho pacto de retro, a los actuales poseedores de la deslindada casa, y pagadores del censo de mil trescientos setenta y dos reales diez y seis maravedises, los consortes Don Jaime Patxot y Doña Mercedes Resa según escritura ante el notario Don Juan Grasset a los doce de Diciembre de mil ochocientos cincuenta y cuatro, registrada al foleo ciento veinte, libro cuarenta y tres de esta capital.
Treinta y cinco: Otro censo enfiteutico con dominio mediano, de pension anual mil doscientos cincuenta y siete reales que al tipo del tres por ciento forma un capital de cuarenta y un mil nuevecientos reales que presta Doña Joaquina Gafas y Montrós, viuda de Don Joaquin Gafas por una casa señalada con el número veinte y cinco en la calle de la Cendra de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente, que contiene tres mil cuatrocientos noventa y un palmos cuadrados, o sean ciento treinta y cuatro metros. Linda por el frente, o sea por levante con la calle de la Cendra, por la derecha, o sea por el norte, con Don jaime Patxot, por la espalda, o sea por poniente, parte con Don Antonio Fabregas y parte con Don Jaime Novella, y por la izquierda, o sea por mediodia con Doña Raimunda Balbbena. Percibe dicho censo Don Ramon de Bacardí por ser parte del de diez mil ochocientos quince reales diez y seis maravedises, impuesto en el establecimiento perpetuo que de un terreno de mayor cabida, que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó a favor de Don José Jené y Figueras, ante el notario de esta ciudad Don José Torrent y Juliá a los siete de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo cianto quince del libro noveno de esta ciudad, habiendo dicho Jené y Figueras, reconocido de buena fe haber hecho dicha adquisicion a utilidad y provecho de Don Juan Nogués, con otra escritura que autorizó el propio notario Torrent a los veinte y seis de Junio de mil ochocientos cuarenta y siete. El mismo Don Juan Nogués, vendió perpetuamente la estension de terreno que ocupa dicha casa a Don José Cars y Don José Coll, según
escritura ante el repetido notario, a primero de Abril de mil ochocientos cuarenta y ocho, registrada al foleo ciento sesenta y siete, del libro catorce de esta ciudad. Y los propios Don José Cars y Baqué y Don José Coll y Castells reconocieron de buena fa haber hecho la tal adquisicion a favor de la nombrada Doña Joaquina Gafas, con escritura ante el notario Don Francisco Javier Moreu a los quince de Doiciembre de mil ochocientos cuarenta y ocho,
registrada al foleo doscientos noventa, del libro diez y nueve de esta ciudad.
Treinta y seis: Otro censo enfiteutico con dominio mediano, de pension anual mil treinta y tres reales, que al tipo del tres por ciento representa un capital de treinta y cuatro mil cuatrocientos treinta y tres reales que presta Don Antonio Fabregas y Xabet, maestro tegedor de velas, por una casa señalada de número veinte y dos en la calle del Principe de Viana de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente que contiene dos mil ochocientos setenta palmos cuadrados, o sean ciento diez metros. Linda por el frente, o sea por poniente con la calle del principe de Viana, por la derecha, o sea por el norte con Don Jaime Patxot, por la espalda, o sea por levante con Doña Joaquina Gafas y Montrós, y por la izquierda, o sea por mediodia con la Señora viuda de Don Juan Novella. Percibe dicho Señor Don Ramon de Bacardí, por ser parte del de pension diez mil ochocientos quince reales diez y seis maravedisas, que impuso en el establecimiento perpetuo que de mayor estension de terreno que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó a favor de Don José Jené y Figueras, ante el notario de esta capital Don José Torrent y Julia, a los siete de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y seis, registrada al foleo ciento quince, libro noveno de Barcelona, habiendo dicho Jené reconocido de buena fe, haber aceptado dicho establecimiento a utilidad y provecho de Don Juan Nogués, con escritura ante el propio notario a veinte y seis de Junio de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo, ochenta y cuatro. Libro tercero de esta ciudad. El Señor Nogués vendió perpetuamente la estension de terreno que ocupa la deslindada casa, a favor de Don Juan Balat y Sastre y Doña Catalina Sandras, consortes con escritura ante el notario de la pesente ciudad Don Ramon Coll, a diez y nueve ded Abril de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo ochenta y nueve del libro veinte y uno de esta ciudad. Y dichos consortes Balat y Sendras, vendieron perpetuamente la deslindada finca, a favor del antes nombrado Don Antonio Fabregas y Xabet, con escritura autorizada por el notario Don Francisco Javier Moreu, a los veinte y siete de Agosto de mil ochocientos cincuenta y cinco, registrada al foleo doscientos noventa y nueve, del libro cuarenta y cinco de esta capital.
Treinta y siete: Otro censo enfiteutico con dominio mediano, de pension anual mil ocho, reales, que al tipo del tres por ciento representa un capital de treinta y tres mil seiscientos reales, que prestan Doña Maria de la Cinta Manera Queipo de Llanas viuda de Don Juan Novella y Bonvier, Doña Julio Novella consorte de Don Manuel Temple y Don Juan Novella madre e hijos, por razon de una casa señalada con el número ceinte en la calle del Principe de Viana de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente, que contiene dos mil ochocientos palmos cuadrados, o sean ciento siete metros. Linda por el frente, o sea por poniente con la calle del Principe de Viana, por la derecha, o sea por el norte con Don Antonio Fabregas, por la espalda, o sea por levante con los hermanos Don Joaquin y Doña Carolina Montrós, y por la izquierda, o sea por mediodia con Don Antonio Fabregas. Percibe dicho censo Don Ramon de Bacardí por ser parte del de pension diez mil ochocientos quince reales, diez y seis maravedises, que impuso en el establecimiento perpetuo que de mayor astensión de tereno que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgado a favor de Don José Jené y Figueras según escritura que autorizó en poder del notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a los siete de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y seis, registrada al foleo ciento quince, libro noveno de Barcelona, perteneciente a la antigua Contaduria de hipotecas, habiendo el nombrado Jené y Figueras, reconocido de buena fe, haber aceptado dicho establecimiento a utilidad y provecho de Don Juan Nogués y Mosoll con escritura que autorizó el propio notario en veinte y seis de Junio de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al fioleo ochenta y cuatro, libro tercero de esta ciudad. El propio Don Juan Nogués y Mosoll vendió la casa deslindada a favor de Don Rafael Ordeilg y Torrella según escritura que autorizó el otro nootario Don Francisco Javier Moreu a los treinta y uno de Julio de mil ochocientos cincuenta, registrada al foleo sesenta y cinco del libro veinte y dos de esta capital. El Señor Ordeitg y Torrella vendió perpetuamente la propia casa, a Don Juan Novella, con escritura ante el notario Don Benito Lafont, a los diez y siete de Mayo de mil ochocientos cincuenta y seis, registrada al foleo cincuanta y tres del libro cuarenta y cuatro d esta misma ciudad. Y los antes nombrados madre e hijos Doña Maria de la Cinta Manera Queipo de Llanos y Doña Julia Novella de Timpe y Don Juan Novella, pagan el propio censo, como actuales propietarios de la finca,s egun el testamento de su marido y padre respetivo, dicho Don Juan Novella protocolizado por Don Pedro Sebastian Bravo escribano del juzgado Privativo de Artilleria de Castilla la Nueva en treinta y uno de Octubre de mil ochocientos sesenta, registrada al foleo cincuenta y tres del libro cuarenta y cuatro tambien de esta ciudad.
Treinta y ocho: Otro censo enfiteutico con dominio mediano de pension anual mil ciento sesenta y cuatro reales que al tipo del tres por ciento forma el capital de treinta y ocho mil ochocientos reales once maravedises, que presta Don Antonio Fabregas y Xabet, por una casa señalada con el número diez y ocho en la calle del Principe de Viana de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente, que contiene tres mil doscientos treinta y tres palmos cuadrados, o sean ciento veinte y cuatro metros. Linda por el frente, o sea por poniente con la calle del Principe de Viana, por la derecha, o sea por el norte con la Señora viuda de Don Juan Novella, por la espalda, o sea por levante con Doña Raimunda Balbena, y por la izquierda, o sea por mediodia con la calle de Requesens. Percibe dicho censo Don Ramon de Bacardí por ser parte del de pension diez mil ochocientos quince reales diez y seis maravedisas,q ue impuso en el establecimiento perpetuo que de mayor estension de terreno, que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba. Otorgó a favor de Don José Jené y Figueras, ante el notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a los siete de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y seis, registrada al foleo ciento quince, libro noveno de Barcelona, habiendo dicho Jené reconocido de buena fe, haber aceptado el establecimiento a utilidad y provecho de Don Juan Nogués con escritura ante el propio notario a veinte y seis de Junio de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo ochenta y cuatro del libro tercero de esta ciudad. El Señor Nogués vendió perpetuamente la estension de terreno que ocupa la deslindada casa, a los consortes Don Juan Balat y Sastre y Doña Catalina Sandras con escritura ante el notario de la presente Don Ramon Coll, a los diez y nueve de Abril de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo ochenta y nueve del libro veinte y uno de esta ciudad. Y dichos Señores Balat y Sandras, vendieros perpetuamente la misma casa al antes nombrado Don Antonio Fabregas y Xibet, con escritura autorizada por el notario Don Francisco Javier Moreu a los veinte y siete de Agosto de mil ochocientos cincuenta y cinco, registrada al foleo doscientos noventa y nueve, del libro cuarenta y cinco de esta capital.
Treinta y nueve: Otro censo enfiteutico con dominio mediano, de pension anual mil cuatrocientos cuarenta reales, que al tipo del tres por ciento, forma un capital de cuarenta y ocho mil reales, que presta Doña Raimunda Bulbena y Onos, viuda de Don Antonio Bulbena, por una casa señalada con el número veinte y tres en la calle de la Cendra, y con los números cinco y siete en la calle de Requesens de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente, que contiene cuatro mil palmos, o sean ciento cincuenta y tres metros. Linda por el frente, o sea por levante con la calle de la Cendra, por la derecha, o sea por mediodia con la calle de requesens, por la espalda, o sea por poniente con Don Antonio Fabregas, y por la izquierda, o sea por el norte con los hermanos Don Joaquin y Doña Catalina Montrós. Es dueño de dicho censo Don Ramon de Bacardí por ser parte del de pension diez mil ochocientos quince reales diez y seis maravedisas, que impuso en el establecimiento perpetuo, que de mator estensión de terreno, que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó a favor de Don José Jené y Figueras ante el notario de esta capital Don José Torrent y Julia a los siete de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y seis, registrada al foleo ciento quince, libro noveno de esta ciudad, habiendo dicho Jené reconocido de buena fe, haber aceptado el establecimiento a utilidad y provecho de Don Juan Nogués con escritura ante el propio notario a veinte y seis de Junio de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo ochenta y cuatro del libro tercero de esta ciudad. El Señor Nogués vendió perpetuamente la estension de terreno que ocupa la deslindada casa, a favor de Don Pedro Palet, según escritura ante dicho notario Torrent a los catorce de Octubre de mil ochocientos cuarenta y ocho, registrada al foleo ciento seis, libro veinte de esta ciudad. Y el Señor Palet reconoció haber aceptado dicha compra a utilidad y provecho de la citada Doña Raimunda Balbena y Oños, según escritura de aquicion de buena fe autorizada por el notario Don José Antonio de Paz a los seis de Junio de mil ochocientos cuarenta y nueve, registrada en el ultimamente citado foleo y libro.
Cuarenta: Otro censo enfiteutico, con dominio mediano, de pension anual mil doscientos cuarenta y nueve reales seis maravedisas, que al tipo del tres por ciento representa un capital de cuarenta y un mil seiscientos cuarenta reales que presta Don Manuel Minguez, por una casa señalada con el número diez y ocho en la calle de la Cendra y con el número uno en la de Requesens de esta propia ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente, que contiene tres mil cuatrocientos setenta palmos cuadrados, o sean ciento treinta y tres metros. Linda por el frente, o sea por levante con la calle de la Cendra, por la derecha, o sea por mediodia con Doña Antonia Peix t Traveria, por la espalda, o sea or poniente con Don Andres molins, y por izqueirda, o sea por el norte con la calle de Requesens. El propio censo lo percibe Don Ramon de Bacardí, por haberlo impuesto en la escritura de establecimiento, que de dicho tereno parte de otro de mayor cabida, que fue de su Señor apadre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó en poder del notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a los trece de Abril de mil ochocientos cuarenta y siete, a favor de Don José Puig, registrada al foleo ciento quince del libro noveno de esta ciudad. Dicho Don José Puig, vendió perpetuamente el propio terreno, a Don José de Marfá y de Quintana, con escritura ante el propio notario a los catorce de Enero de mil ochocientos cuarenta y ocho, registrada al foleo veinte y dos del libro catorce de mesta ciudad. El Señor Marfá la vendió perpetuamente a los Señores Don Manuel Minguez y Don José Pujol con escritura ante el notario Don Pedro Nolasco Tresanfels a los diez y siete de Noviembre de mil ochocientos cuarenta y ocho, registrada al foleo doscientos noventa y cinco del libro diez y siete de esta capital; y el Señor Pujol reconoció a utilidad y provecho del Señor Minguez y por consiguiente, este pasó a ser dueño del todo de dicha casa, según escritura ante dicho notario Tresanfels a trece de Octubre de mil ochocientos cuarenta y nueve, registrada al foleo doscientos noventa y cinco del libro diez y siete de esta ciudad.
Cuarenta y uno: Otro censo enfiteutico en nuda percepción, de pension anual cien reales que al tipo del tres por ciento representa un capital de tres mil trescientos treinta y tres reales, treinta y tres centimos que presta Doña Antonia Peix y Traveria consorte de Don Joaquin Peix, por un pedazo de terreno que contiene doscientos treinta y cuatro palmos cuadrados, o sean nueve metros, esto detrás de la casa que dicha Señora posee en la calle de la Cendra, de esta misma ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente. Linda por el frente, o sea por levante con dicha Señora Doña Antonia Peix y Traveria, por la derecha, o sea por mediodia con Don Vicente Murá y Boxons, por la espalda, o sea por poniente con Don Andrés Molins, y por la izquierda, o sea por el norte con Don Manuel Minguez. Es de propiedad de Don Ramon de Bacardí el espresado censo por haberlo impuesto en el establecimiento perpetuo que de la espresada estension de terreno, parte de otra de mayor cabida que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó en poder del notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a los veinte de Febrero de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo ciento quince, del libro noveno de esta ciudad perteneciente a la estiguida Contaduria de la misma.
Cuarenta y dos:
Otro censo enfiteutico en nuda percepción, que presta Doña Vicenta Marcé y Boxons, de pensión anual ciento veinte reales que al tipo del tres por ciento da un capital de cuatro mil reales, por un pedazo de terreno de estensión trescientos veinte y siete palmos cuadrados, o sean doce metros ceinte y cinco centimetros, situada al detrás de la casa que la misma Señora posee en la calle de la Cendra de esta ciudad, distrito tercero, barrio segundo, cuartel segundo hipotecario de occidente. Linda por el frente, o sea por levante con dicha Señora Mureé y Boxons, por la derecha, o sea por mediodia con Doña Josefa Volart y Calvet, por la espalda, o sea por poniente con Don Andrés Molins, y por la izquierda, o sea por el norte con Doña Antonia Peix y Travería. Percibe dicho censo Don Ramon de Bacardí por haberlo impuesto en la escritura de establecimiento que de dicho terreno parte de otro de mayor cabida que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó en poder del notario de esta capital Don José Torrent y Juliá a los tres de Marzo de mil ochocientos cuarenta y siete, registrada al foleo quince, del libro noveno de esta ciudad, perteneciente a la estinguida Contaduria de hipotecas de la misma.
Cuarenta y tres: Otro censo enfiteutico con dominio mediano que presta Francisca Perdigó consorte de José Brunet, de pension mil trescientos setenta y seis reales, interis al tres por cietno que forma un capital de cuarenta y cinco mil ochocientos setenta reales, a que se halla obligada una casa sita en el distrito tercero, calle del Principe de Viana, señalada de número uno, que contiene cuatro mil ciento setenta palmos cuadrados, o sea ciento sesenta metros. Linda, por el frente, o sea por levante, con la calle del Principe de Viana, por la derecha, o sea por mediodoa, con Don Pablo Figueras, por la espalda, o sea por poniente con terreno de propiedad del mismo Don Ramon de Bacardí, y por la izquierda, o sea por el norte con los menores hijos de Don Francisco Barbará. Percibe este censo por haberlo establecido Don Ramon de Bacardí este terreno de otro de mayor cabida que fue de su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba, otorgó a Esteban Cresta que adquirió por Tomás Cresta su hijo a treinta y uno Diciembre de mil ochocientos ciencuanta y dos. Registrada al foleo doscientos dos del libro treinta y siete de esta ciudad, en tres de Agosto de mil ochocientos cincuenta y tres, quien lo traspasó a Doña Francisca Perdigó ante el propio notario Torrent y Juliá a cuatro Abril de mil ochocientos cincuenta y cuatro, registrada al foleo doscientos dos, del libro tercero de esta ciudad a veinte de Abril de mil ochocientos cincuenta y cuatro.
Territorio de Barcelona:
Una pieza de tierra en el territorio de Barcelona en el parage llamado “El llano de Valldoncella” de tenida una media mojada. Linda a levante con los sucesores del Doctor Don José Pagés, a mediodia con Don Mariano Ferrer y Cortés, a poniente con el camino que da a la Cruz de Bargalló, y al norte con el Señor Baron de Vilagayá.
Otra pieza de tierra en la montaña de Monjui, en el parage sobre donde antiguamente habia la capilla de San Ferriol y San Julian, de tenida cinco mojadas divididas en doa partes por un torrente. Linda a levante con Don Salvador Jané y la viuda de Don jacinto Girbau, a madiodia con N. Bertran y Don Geronimo Junés, a poniente con don Andres Marí, y al norte con Don Jaime Marsal.
Otra pieza de tierra de tenida dos mojadas, sita en la montaña de Monjui, y en el parage llamado “Miralbó” territorio de esta ciudad, barrio de Hostafranchs, cuartel primero hipotecario de occidente. Linda a levante con Don Francisco Alsina, a mediodia con el mismo Alsina, a poniente con Don Francisco Elias, y al norte con Don Geronimo Jané y Don Felipe Bertran. Esta pieza fue establecida a Don Juan Pedrezol a censo de doscientos sesenta reales por Don Ramon de Bacardí en tres Julio de mil ochocientos sesenta y seis, ante Don José Torrent y Juliá, registrada al libro veinte y siete de oriente, foleo ciento nueve, inscripcion segunda, finca número trece en Barcelona a trece Noviembre de mil ochocientos sesenta y seis.
Debe advertirse que las designadas casas de Barcelona se hallan todas situadas en el cuartel de oriente, los mismos que las fincas en que radican las partidas de censos de númerops primero, segundo, y tercero y cuarto y quinto, perteneciendo los demas lo propio que las piezas de tierra al cuartel hipotecario de occidente de esta ciudad.
Teritorio de Sans:
Primero: Una casa con cinco y tres cuartos mojadas de tierra, parte huerta y parte campa, situada en el termino de Santa Maria de Sans, y barrio tercero, señalada de número diez con quince plumas de agua que está obligada a darle la heredad titulada “Can Armengol” situada en el propio termino hoy dia poseida por Don Jaime Isern según consta de la escritura de venta otorgada por Don Antonio Armengol a favor de Don Baltasar de Bacardí en veinte y dos de Diciembre de mil ochocientos, ante el escribano Don José Maria Lafont de la que tomó razón al foleo doscientos cincuanta y seis del libro cuarto de Barcelona, a veinte y ocho de Diciembre de mil ochocientos uno. Conformada o ----- hecha dicha venta por los herederos y fiduciarios del Señor Marqués de Ciutadilla, según convenio y carta de pago que firmaron a favor de Don Ramon de Bacardí ante Don Francisco Javier Marfá notario publico de Barcelona en tres de Mayo de mil ochocientos treinta y seis, tomada razón al margen del foleo doscientos cuarenta y seis del libro cuarto, edn el registro de hipotrecas de Barcelona, a nueve de Mayo de mil ochocientos treinta y seis. Linda dicha casa y tierras por norte con casa dxe Don Juan Pamies, y Salvador Lluch, por sud con José Prats, Francisco Soler y Salvador Lluch, por este con José Prats y Salvador Lluch, y por oeste con la Riera Blanca. Para que las quince plumas de agua puedan atravesar desde la casa de Armengol hoy dia poseida por Don Jaime Isern hasta la hacienda que se deja referida se pasa por las siguientes propiedades, sobre las cuales tiene la servidumbre de acueducto.
Primero: Sobre una casa posada propia de Don Juan Pamiaes, señalada de número veinte y ocho, barrio tercero, distrito cinco de ciento treinta y dos metros estension que linda por el frente, o sea por el norte, con la carretera Real de Madrid a Barcelona, por detrás, o sea por el sud con las tierras a cuyo favor está la servidumbre de acueducto, por la derecha, o sea por el este
Con un camino que conduce a la propiedad de Bacardí, y por oeste con casa de Don Joaquin Montagut. Atraviesa la misma la carretera Real indicada, y luego pasa por una pieza de Agustin Prats y Francisco Solá, la cual linda por el norte con el camino denominado “La travesara”, con el sud con el detrás de la casa de Benito Folch, otra de los mismos Prats y Solá y carretera Real, por el este con Don Felipe Vergés y Don Jaime Rigadosa, y por el oeste con Don José Guarro, saliendo la misma de la espresada propiedad, entra en otra de cuatro mojadas de estension, propia de Don Jaime Regordosa, que linda por norte con Francisco Planas y con Don Vicente Valls, y por sud este y oeste con Agustin Prats y Francisco Solá. Pasa luego por un apieza de tierra de una y media mojada, propia de Vicente Valls, que linda por el norte con Don Jaime Isern, por sud con José Burés y Jaime Regordosa, por el este con el torrente den Armengol, y por oeste con Agustin Prats, y Francisco Solá. Entra luego en la hacienda de Don Jaime Isern en la que hay un repartidor en donde de toma el agua, cuya hecienda tiene de cabida, cinco mojadas, y linda por el norte con el camino dicho “La travesera”, por el sud, con Vicenete Valls, por el este con el torrente den Armengol, y por oeste con Agustin Prats y Francisco Solá, y ademas una mojada y una cuarta de tierra, que está inmediata a la Riera Blanca, está en dominio directo del beneficio de San Miguel en la Iglesia Parroquial de Sarriá al censo de una libra dos sueldos seis dineros, o sean doce reales, su capital cuatrocientos reales.
Una casa y una mojada y un cuarto sito en el termino de Santa Maria de Sans, barrio cuarto número uno, en la calle de San Pedro, cuya casa y tierras linda por norte, con Pedro Ventura mediante una acequia del canal, por sud y oeste con el torrente dicho den Armengol, y por este con la calle de San Pedro de Sans.
Una pieza de tierra en el pueblo de Santa Maria de Sans en el parage llamado “Camino dels tres Pons” cerca de Nuestra Señora de Port, de tenida dos mojadas, linda a levante con Don Joaquin Anglora, a mediodia con Don Eusebio Coronas, a poniente con Don Antonio Camus, y a norte con Don Melchor de Bruguera, mediante el antiguo camino Real que iba a Valencia.
Una pieza de tierra en el pueblo de Santa Maria de Sans, en el parage llamado “La font” de tenida tres cuartas de mojada. Linda a levante con el canal de la Infanta Doña Luisa Carlota de Borbón, a mediodia con el camino que pasa a la Capilla de Nuestra Señora de Port, y al Rio Llobregat, a poniente con Don José de Janer y de Gironella, y a norte con los menores Ros.
Otra pieza de tierra en el pueblo de Santa Maria de Sans, en el parage “Carretera Llarga”, de tenida dos mojadas una cuarta y media mundina. Linda a levente con los menores del Doctor de medicina Don Juan Carabent, a mediodia con la corredera del Canal, a poniente con el camino llamado “carretera llarga”, y al norte parte con Don Juan Fisas y parte con Bacardí.
Otra pieza de tierra en el pueblo de Santa Maria de Sans, cerca el parage llamado “Los Alons del Oliver”, de tenida dos mojadas y tres cuartas, que Linda a levante con Don José Santomá, a mediodia, parte con Don Juan Frisas y parte con el mismo Bacardí, a poniente, con el camino llamado carretera llarga y parte con Don Juan Frisas, y a norte parte con la Señora Condesa de Vallecbra y parte con la Riera Blanca.
Otra pieza de tierra: en el pueblo de Nuestra Señora de Sans, en el parage llamado “Los Alvis del Oliver”, de tenida una mojada y una cuarta: Linda a levante, con Don José Bosch y Canet y parte con Don Juan Ullás, a poniente con Don Juan Ullás, y al norte, parte con Don Juan Ullás y parte con Don Juan Sors.
Otra pieza de tierra: en el pueblo de Santa Maria de Sans, en el parage llamado “Detrás lo cordó de Sans”. De tenida dos mojadas, que linda a levante con Don Rafael Sabadell, a mediodia con Don Juan Güell, a poniente con Don Vicente Trullás, y al norte con Don Juan Barsareny, De dicha tierra hay una y media mojada en dominio de la Abadesa y Religiosas de Valldoncella, al censo de dos libras seis dineros, o sean veinte y un reales cincuenta y ocho centimos, su capital setecientos diez y nueve reales veinte y nueve centimos. La otra media mojada en dominio del beneficio de San Bernardo, fundado en la Iglesia Parroquial de los Santos Justo y Pastor, al censo de tres sueldos seis dineros, o sean un real y ochenta y dos centimos, su capital sesenta reales y setenta y ocho centimos.
Una casa grande: de dos pisos de elevacion con pajar, algibres, agua de pie, y ocho mojadas de tierra, cercada de paredes situadas en el termino de Sans y barrio cuarto, dicho de “La Bordeta” señalada la casa de número cinco que linda por el norte con el torrente den Armengol, y Don Serafin Gonzalez de Faria y Don Manuel Cuyás mediante un camino; por el sud con Jacinto Nubiola, y por el oeste con el espresado Jacinto Nubiola y Vicente Valls, ademas del derecho de regar con el agua del canal de la Infanta Doña Luisa Carlota de Borbón, hay la mina que conduce el agua a la espresada finca que atraviesa las propiedades que van a espresarse sobre las cuales tiene la servidumbre de acueducto correspondiente. Pasa en primer lugar por una pieza de tierra de tres mojadas de estension propia de los herederos de Don Serafin Gonzales de Faria, en la que tiene establecida una fabrica de merinos, la cual linda por el este con el torrente den Armengol, por el sud, mediante un camino, con la hacienda de Don Ramon de Bacardí arriba descrita, por el norte, con casas propias de Antonio Gimenez y Agustin Prats, y por el oeste con Don Manuel Cuyás. Sale la misma de la propiedad de los menores de Don Serafin Gonzalez de Faria, y corriendo largo trecho por el torrente den Armengol, atraviesa una pieza de tierra de unas quince mojadas, propia de Don Rafael Sabadell, la cual linda por el este con el torrente den Armengol, por el sud con casas de Bartolomé Ferris, Sebastian Prats y el propio Sabadell, por el oeste con Ramon Palanch, y por el norte con Don José Molins y Juan Font. Atraviesa luego una pieza de tierra de siete y media mojadas, propias de Don José Maria Molins que linda por el este con el torrente den Armengol, y parte con los sucesores de Don Pablo Casanovas, por el sud con Don Rafael Sabadell, por norte, con la espalda de casas que forman la calle de la Carretera Real de Barcelona a Madrid, propias de Don Gabriel Cañadó, Don Ventura Trabat y tierras de Jaime Fabregas, y por el oeste con José Rius. Atraviesa luego despues la misma una pieza de tierra de una y media mojada propia de Jaime Fabregas, la cual linda por el sud con Don José Maria Molins, por este con Francisco Mas y el espresado Molins, por el oeste con Don Manuel Cuyás, y por el norte, con el escribano Don Cayetano Menós. Atraviesa enseguida una pieza de tierra de tres cuartas, propia del mencionado notario Menós, la que linda por el este con Don Francisco Mas, por el sud, con Don Jaime Fabregas, y por oeste, con Don Manuel Cuyás. Pasa luego por una pieza de tierra de dos cuartas tres mundinas, propia del espresado José Jané y Amat, la cual linda por el norte con Agustin Prats, y Francisco Solá, por el sud con Don Cayetano Menós, por el este con las Monjas del Santa Teresa, por el oeste con los mencionados Agustin Prats y Don Francisco Solá. Atraviesa despues una pieza de tierra de dos mojadas, propia de Agustin Prats y Francisco Fabregas, la cual linda por norte y oeste por la propiedad del que forma este inventario, por sud con Don Manuel Cuyás y Don José Tané, y por el este con el mencionado Tané. Despues de atravesar la mina por propiedad del que forma este inventario, cruza la casa meson que Don Jaime Pamies posee en la calle de la Carretera Real de madrid a Barcelona,s eñalada de número veinte y ocho, la cual tendrá ochenta y cuatro metros y linda por el frente, o sea por el norte, con dicha carretera Real, por el sud y este, o sea la espalda y derecha, con propiedad del que forma este inventario, y por oeste con Don Joaquin Montagut. Sigue un trecho la misma, atravesando la carretera Real de que se ha hecho mencion, y luego cruza por la casa que posee Benito Folch señalada de número sesenta y tres, la cual linda por el frente, o sea por sud, con la mencionada carretera, por el norte, o sea la espalda con tierras
de Agistin Prats y francisco Solá, por el oeste, o sea por la derecha con Cayetano Mariné, y por el este, o sea por la izquierda con casa propia de Don Joaquin Folch. Atraviesa despues una pieza de tierra de diez y ocho mojadas propia de Agustin Prats y Francisco Solá, la cual linda por el sud, con la casa de benito Folch y la carretera Real de Madrid a Barcelona, por el este con el Reverendo Don Felipe Vergés, al oeste con Don José Guarro y Don jaime Regordosa, y al norte con el camino publico denominado “La Travesera”. Cruza la mina el indicado camino, y atraviesa hasta llegar a la Riera Blanca, en que termina una pieza de tierra con su casa, de una y media mojadas, propias de Magin Taner, la cual linda por el sud, con el camino dicho la travesera, por el norte con Don Claudio Guillas, por el este con Don Amador Guerra abogado, y por oeste con la Riera Blanca. Esta finca presta un censo a Doña Maria Martinez, de pension ochenta y cinco libras, o sean nuevecientos seis reales sesenta y cuatro centimos, su capital, treinta mil doscientos veinte y un reales, treinta y tres centimos con dominio mediano, y tambien en cuanto a dos mojadas, ciento una destra en dominio directo del Parroco y Comunidad de Santa maria del Mar, a censo de ocho librfas, o sean ochenta y cinco reales, veinte y nueve centimos, su capital dos mil ochocientos cuarenta y tres reales, quienes lo tienen por la Comunidad de San Pedro de las Puellas a censo de siete morobatines, que a razón de ocho sueldos, cada uno, importan tres libras tres sueldos, equivalentes a treinta y tres reales sesenta centimos, los cuales lo tienen por el Rector de Santa Magdalena de la Seo de Barcelona, a censo de noventa sueldos, equivalentes a cuarenta y ocho reales, cuyos censos paga Don Francisco de Vilanar como poseedor del Manso Cortera.
Un censo Enfiteutico con dominio mediano, que presta Pedro Ventura labrador, del pueblo de Santa Maria de Sans, de pension dos mil seiscientos reales, su capital ochenta y seis mil seiscientos sesenta y seis reales, sesenta y seis centimos por una pieza de tierra, de tenida tres moladas y media situada en el pueblo de Santa Maria de Sans, y parage llamado antiguamente “Pou Comú” que linda, a levante con Don Benito Cuyás, y con el camino que desde las Carnicerias de la Bordeta, dirige a Sans, a mediodia, con terreno en que actualmente discurre la corredera del canal de la Infanta Doña Luisa Carlota de Borbón, a poniente con la Riera que baja de Sans, y al norte con la calle de San Bartolomé. Este censo está obligado al pago de la pension de una libra cinco sueldos, o sean trece reales, veinte y nueve centimos, su capital cuatrocientos cuarenta y tres reales, y además un par de capones, de valor quince reales, su capital quinientos reales, a la Pabordia de Abril de la Catedral de Barcelona que tiene el dominio directo. Esta prestación fue redimida por Doña Paula Mariascurenos, poseedora de la casa número trece de la calle de San Pedro del pueblo de Sans, en diez y nueve de Julio de mil ochocientos sesenta y uno, ante Don Juan José Rodriguez escribano publico de la Hacienda , registrada al foleo ciento noventa y cuatro del libro sexto de Sans. Dicho Don Pedro Ventura ha dado en parte del espresado terreno los siguientes establecimientos:
Primero: A Don Ramon Gibera y Muntaner, un solar en el dia edificado de extension tres mil setecientos cincuenta palmos cuadrados que linda, a levante con el camino que de la Bordeta pada al pueblo de Sans, llamado calle de San Pedro, a mediodia con Don Rafael Albareda, y a poniente y norte con el estableciente, según escritura en poder de Don José Torrent y Juliá notario de Barcelona a ocho Mayo de mil ochocientos cuarenta y cinco. Registrada en el libro cuarto de Sans de mil ochocientos cuarenta y cinco.
Segundo: a Don Pedro Bover y Virgili, una porcion de tierra o solar en el dia edificado, que contiene tres mil setecientos cincuenta palmos cuadrados que linda a levante con la calle de San Pedro, a mediodia con Don Pablo Voltas, y a poniente y norte con el estableciente, ante Don José Torrent y Juliá a ocho de Enero de mil ochocientos cincuenta y cuatro. Registrada al foleo ciento veinte y uno del libro de Sans, a veinte y cinco de Enero de mil ochocientos cincuenta y cuatro.
Tercero: A Don Pedro Voltas y Marjana un solar en el dia edificado que contiene tres mil setecientos cuarenta palmos cuadrados, y linda a levante con la calle de San Pedro, a mediodia con Pedro Morats y Mañé, y a poniente y norte con el establiliente, en poder de Don José Torrent y Juliá a veinte y nueve de Julio de mil ochocientos cincuenta. Tomada la razón en el libro de Sans a ocho de Agosto de mil ochocientos cincuanta.
Quinto: A Don Rafael Albareda un solar en el dia edificado, que contiene tres mil setecientos cincuenta palmos cuadrados, y linda, a levante con la calle de San Pedro, a mediodia con Don Juan Planas, a poniente con el estabiliente, y a norte con Don Ramon Giberga, ante Don Esteban Tramullas y Bufill notario de Barcelona a veinte y tres de Diciembre de mil ochocientos sesenta. Registrada al foleo cincuenta y uno del libro septimo de Sans en Barcelona, a diez de Enero de mil ochocientos sesenta y uno.
Sexto: A Don Juan Planas, dos solares en el dia edificados, que contienen siete mil quinientos
palmos cuadrados, y linda, a levante con la calle de San Pedro, a mediodia, con Don Agistin Prats, a poniente, con el estabiliente, y al norte con Don Rafael Albareda, en poder de Don José Torrent y Juliá, a diez de Octubre de mil ochocientos cincuenta y siete, registrada en el libro de Sans, a veinte de Octube de mil ochocientos cincuenta y siete.
Septimo: A Doña Antonia Grifol, dos solares en el dia edificados que contienen siete mil quinientos palmos cuadrados, y linda,a levante con la calle de San Pedro, a mediodia con Don Ramon Cabaneras, a poniente con el estabiliente, y al norte con Doña Paula Mariaseurena de Nadal, en poder de Don José Torrent y Juliá a diez de Octubre de mil ochocientos cincuenta y dos. Registrada al foleo doscientos noventa y tres del libro segundo de Sans, a diez y seis de Octubre de mil ochocientos cincuenta y dos.
Octavo: A Don Agustin Prats, dos solares en el dia edificados que contienen siete mil quinientos palmos cuadrados, y lindan, a levante con la calle de San Pedro, amediodia, con Don José Aleu, a poniente con el estabiliente, y al norte con Don Juan Planas, en poder de Don Jose Torrent y Juliá, a diez de Octubre de mil ochocientos cuarenta y siete. Registrada en el libro de Sans, a los veinte de Octubre de mil ochocientos cuarenta y siete.
Noveno: A Don José Aleu, dos solares en el dia edificados, que contienen siete mil quinientos palmos cuadrados, y lindan, a levante con la calle de San Pedro, a mediodia y poniente con el estableciente, y al norte con Don Agustin Prats, en poder de Don José Torrent y Juliá a los diez de Octubre de mil ochocientos cuarenta y siete. Registrada en el libro de Sans a veinte de Octubre de mil ochocientos cuarenta y siete.
Decimo: A Don José Aleu, una porción de tierra, en el dia edificada que contiene tres mil setecientos palmos cuadrados, y linda a levante con la calle de San Pedro, a mediodia con la corredora del canal de la Infanta Doña Maria Luisa carlota de Borbón, a poniente y norte con el estabiliente, en poder de Don José Torrent y Juliá, en siete de Noviembre de mil ochocientos cincuenta, registrada en el libro de Sans, a diez y nueve de Noviembre de mil ochocientos cincuenta.
Undecimo: A Don Ramon Cabañeras y Monté un solar en el dia edificado que contiene tres mil setecientos palmos cuadrados, y linda, a levante con la calle de San Pedro, a mediodia con Don Ramon Giberga, a poniente con el estabiliente, y al norte con Doña Antonia Grifol, en poder de Don Joaquin Negre, notario de Barcelona, a trece de Junio de mil ochocientos cincuenta y dos. Registrada en los foleos cincuenta y uno y ciento cuarenta y tres del libro segundo de Sans en Barcelona, a diez y seis de Junio de mil ochocientos cincuenta y dos.
Duodecimo: A Doña Paula Mariansenrenas, dos solares en el dia edificados que contienen siete mil quinientos palmos cuadrados, y lindan, a levante con la calle de San Pedro, a mediodia con Doña Antonia Grifol, a poniente con Don Pdreo Mirats, y Munté, y al norte con el estabiliente, en poder de Don Joaquin Odena notario de Barcelona, a veinte y nueve de Setiembre de mil ochocientos cuarenta y siete. Registrada al foleo treinta y dos del libro cuarto de Sans en Barcelona, a doce de Octubre de mil ochocientos cuarenta y siete.
Otro censo: enfiteutico con dominio mediano que presta José Tané y Amat labrador de Sans, de pension ciento sesenta reales, su capital cinco mil trescientos treinta y tres reales treinta y tres centimos, pagando a mas dicho Toné diez sueldos, o sean cinco reales veinte y nueve centimos, al Beneficio de Santa Marta de la Parroquia de Santa Maria del Mar de esta ciudad, que tiene el dominio directo; por una pieza de tierra de tenida dos cuartas y tres mundinas, en la que se halla construida una casa y linda, a levante y mediodia con Onofre Badia, a poniente con los sucesores de Don José Felix Avellá y Navarro, y parte con Benito Cuyás, y por cierzo con dichos sucesores de Avellá.
Otro censo: enfiteutico con dominio que presta Don Evaristo Coronas de seiscientos cuarenta reales, su capital veinte y un mil trescientos treinta y tres reales, treinta y tres centimos, y a mas un par de gallinas de valor veinte y un reales, su capital setecientos reales, y tres quintales de paja de trigo de valor treinta reales, su capital mil reales, por una pieza de tierra con derecho para regar, con agua del Canal de la izquierda del Llobregat, de estensión de cuatro mojadas y tres cuartas circuida de paredes y a mas un pedazo de tierra en el que al presente se halla un camino carretero que dirige a la espresada pieza de tierra, situada en el pueblo de Santa Maria de Sans, cerca de la Capilla de Nuestra Señora del Port. Se tiene la pieza de tierra de cuatro mojadas y tres cuartas en dominio de la testamentaria de Don Manuel Balaguer, al censo de tres libras, o sean treinta y dos reales, su capital mil setenta y seis reales sesenta y seis centimos, quien lo tenia por la convalecencia del Hospital General de Santa Cruz de esta ciudad, al censo de doce libras, o sean ciento veinte y ocho reales, su capital cuatro mil doscientos sesenta y seis reales sesenta y seis centimos. Cuya pension y dominio ha sido redimido por Don Ramon de Bacardí, según escritura ante Don Juan José Rodriguez, notario publico de Hacienda de esta provincia, en diez y nueve de Julio de mil ochocientos cincuenta y ocho. Registrada a foleo doscientos veinte y cinco del libro de Sans, en diez y nueve de Julio de mil ochocientos cincuenta y ocho. La tierra en que se halla el camino carretero, se tiene en dominio mediano de Don Manuel de Senillosa, sin prestacion de censo alguno, no contenido que subsista el dominio directo. Linda la pieza de cuatro mojadas y tres cuartas, por levante con los sucesores del Doctor Don José Ros abogado, por mediodia con el camino que conduce a la Capilla de Nuestra Señora de Port, por poniente con Don Melchor de Bruguera, y parte con la heredera Serra, y por norte con el Hospital Generqal de Santa Cruz de esta ciudad y con Don Antonio Pagés y Antonio Canals mediante la acequia corredera. La tierra en que se halla el camino carretero linda, a levante con Antonio Pagés, a mediodia con la pieza de tierra de las cuatro mojadas y tres cuartas ya referida, a poniente con Antonio Canals, y al norte con el camino que dirige a Port.
Una pieza de tierra: adquirida por Don Ramon de Bacardí por venta otorgada por Don José Antonio Ros, en calidad de padre y legitimo administrados de la persona y bienes de su hijo Don Luis Maria de Ros y de Vedruna, mediante autorización judicial en poder de Don Francisco Planas y Castelló notario, en Barcelona a diez de Abril de mil ochocientos sesenta. Linda al norte con Don Francisco de asis Cuyás, por mediodia con el mismo Bacardí, por levante con el canal de la Serenisima Infanta Doña Luisa Carlota de Borbón, y por mediodia con el camino de la Virgen del Port. Esta finca no tiene gravamen alguno, y en el dia se halla pendiente de registro en la oficina de hipotecas de esta ciudad.
Territorio de las Corts de Sarriá:
Una pieza de tierra en el parage llamado Riera Blanca y partida dicha “Los Figuerals”, de tenida dos mojadas. Linda a levante con la Riera Blanca, a medio dia con los sucesores de José Feu y de Llanza, a poniente con los de José Planas, y al norte con la heredad llamada de Lladó y parte con Buenaventura Canet de Sarriá mediante una pequeña senda.
Todos los bienes y derechos reales hasta aquí relatados se hallan inscritos en el Registro de la Propiedad de Barcelona (escepto la penultima finca) a nombre de Don Ramon de Bacardí en vista del inventario y subsanacion del mismo que tomó ante el notario de esta ciudad Don Magin Soler y Gelada en treinta de Diciembre de mil ochocientos sesenta y tres y en veinte y cuatro de Diciembre de mil ochocientos sesenta y cinco que a la letra dice lo siguiente: Inscrito: Junto con la escritura de subsanación de sus faltas autorizadas por el propio notario Soler y Gelada a los veinte y cuatro de Diciembre ultimo, y con el testamento de su referencia, en el Registro de la Propiedad y en los mismos libros, foleos y números de fincas que se desprende de la primera nota continuada al pié de dicho testamento, inscripciones primeras, puesto que las anotaciones preventivas letra A, que se practicaron conforme se desprende de la misma nota se han convertido en inscripciones definitivas por medio de la citada escritura de subsanación de faltas.= Barcelona a los veinte Enero de mil ochocientos sesenta y seis.= Honorarios número nueve dos reales.= Hay un sello.= José Antonio Marrugat.= Notado.= Inscritos: Definitivamente los censos y derechos reales continuados en esta escritura, junto con el testamento a que se refiere, en el Registro de la Propiedad libro veinte y seis, cuartel de occidente, fincas números uno, dos y del número cinco al veinte y ocho inclusive y foleos tres, doce, treinta y ocho, cuarenta,s etenta y cuatro, ochenta y tres, noventa y dos, ciento uno, ciento diez, ciento diez y nueve, ciento veinte y ocho, ciento treinta y siete, ciento cuarenta y seis, cianto cincuenta y cinco, ciento sesenta y cuatro, ciento setenta y tres, ciento ochenta y dos, ciento noventa y uno, doscientos, doescientos niueve, doscientos diez y ocho, doscientos veinte y siete, doscientos treinta y seis, y doscientoos cuarenta y tres. Del liibro veinte y siete tambien cuartel de occidente, fincas números del uno al diez inclusive, foleos dos, once, veinte, veinte y nueve, treinta y ocho, cuarenta y siete, cincuenta y seis, sesenta y cinco, setenta y cuatro, y ochenta y cuatro y ciento veinte y seis y ciento treinta y cuatro, fincas números quince y diez y seis del propio tomo; libro treinta y uno, cuartel de oriente, fincas números diez y siete, diez y ocho, diez y nueve, veinte, veinte y uno, veinte y tres, veinte y cuatro, veinte y cinco, veinte y seis y veinte y siete, foleos ciento cuarenta y uno, ciento cincuanta y uno, ciento sesenta y uno, ciento setenta y uno, ciento ochenta y uno, doscientos uno, doscientos once, doscientos veinte y uno, doscientos treinta y uno, doscientos cuarenta y uno; y libro treinta y dos tambien cuartel de oriente, finca número cuatro, foleo veinte y ocho, todas inscripciones primeras, de cuyos censos y derechos reales, se tomó anotación proventiva conforme se desprende de la nota primera continuada al pié del indicado testamento; pero subsanaadas las faltas, por medio de la presente se ha convertido en inscripcion definitiva como se ha espresado.= Barcelona a los veinte Enero de mil ochocientos sesenta y seis.= Honorarios números uno, dos, siete y nueve, ciento veinte y seis escudos nuevecientos milesimos.= Hay un sello.= José Antonio Marrugat.= Notado.=
Bienes sitos en el pueblo del Hospitalet partido judicial de San Felio de Llobregat:
Una pieza der tierra en el termino del pueblo del Hospitalet, en el termino llamado de “Santa Eulalia de Provensana” de tenida cuatro mojadas, que linda a levante, con Don José Maria de Babot, a mediodia con Don Jaime Codina, a poniente, con Don Pedro Martin Riera, y al norte con el camino que pasa de Barcelona a la barca del Prat. Se tiene en cuanto una mojada y tres cuartas en dominio directo del beneficio primero de Santa Ines, fundada en la Catedral de Barcelona al censo de nueve sueldos, o sean cinco reales diez maravedises, su capital ciento setenta reales. En cuanto a las otras dos mojadas y una cuarta, en dominio del beneficio primero de San Dionisio, fundado en la Catedral de Barcelona, al censo de dos cuarteras, seis cuartanas de cebada, que a veinte y cuatro reales la cuartera son sesenta reales cuyo capital al tres por ciento son dos mil reales.
Otra pieza de tierra: en el termino del Hospitalet, en el parage llamado “Torrasa” de tenida tres cuartos de mojada que linda, a levante con Don Francisco Bargas, a mediodia, con Agustin Prat, y con el camino que va a la Riera Blanca, a poniente con José Vilella, y al norte con José Vigorra.
Otra pieza de tierra: en el mismo pueblo del Hospitalet, de estensión diez y seis mundinas que linda, a levante con Don Mariano Buadell, a mediodia con la Señora Condesa, a poniente con Don Manuel Mercader, y al norte con Don Juan Mas y Vidal.
Un censo: enfiteutico con dominio mediano que presta Doña Cayetana Buxó y Oliana de pension anual seiscientos cuarenta reales, su capital al tres por ciento, veinte y un mil trescientos treinta y tres reales, treinta y tres centimos, francos de la corresponción, quien lo tiene por el beneficio de San Juan y San Jaime en la Iglesia Parroquial de San Vicente de Sarriá, y bajo su dominio directo, a censo de trece sueldos seis dineros, o sean siete reales diez y siete maravedisas, su capital doscientos treinta y nueve reales. El dicho censo se paga por una pieza de tierra de tenida seis mojadas, sita en el pueblo del Hospitalet y parage llamado “Las Llanas Polvoranas”. Linda a levante con los sucesores de Maria Soler, a mediodia parte con dichos sucesores de Soler, pargte con los de Francisco Fabregas, y parte con el Señor Baron de Maldá, a poniente con los sucesores de Felio Vidal, y al norte con el camino publico que va al pueblo del Prat.
Todos los bienes y derechos reales hasta aquí relatados se hallan iscritos en el Registro de la Propiedad de San Felio de Llobregat a nombre de Don Ramon de Bacardí, en vista del inventario que tomó ante el notario de esta ciudad Don Magin Soler y Gelada en treinta Diciembre de mil ochocientos sesenta y tres, que a la letra dice lo siguiente: Inscrito: El documento que antecede con el testamento que en el mismo se menciona, y con respecto a las fincas redicadas en este partido; en el Registro de la Propiedad, tomo cuarenta y cuatro, libro tercero del Hospitalet, foleo doscientos diez y seis, fincas números ciento setenta y tres, foleo doscientos veinte, finca número ciento setenta y cuatro, y foleo doscientos veinte y cuatro, finca número ciento setenta y cinco; inscripciones promera. San Felio de Llobregat a nueve de Febrero de mil ochocientos sesenta y cinco.= Honorarios números noveno, un real de vellon.= El Registrador.= Juan Ferrer y Vilajoan.= Hay un sello.=
Bienes sitos en Mataró:
Una pieza de tierra: llamada vulgarmente de la “Creu” que contiene veinte y nueve mil trescientos setenta y nueve metros cuadrados. Linda por levante con Don Salvador Urpina, Don Salvador Aulet y Don José Colomer, por mediodia con Don José Esteva y Don Pedro Noeras, por poniente con el Señor Trias de Mata, y al norte con Don Francisco Masriera, tomada razon en foleo tercero del libro de San Andres de Llavaneras, pues la pieza se compró con otras de este pueblo.
Bienes sitos en el pueblo de San Andres de Llavaneras, partido judicial de Mataró:
Una heredad: en el pueblo de San Andres de Llavaneras del partido de Mataró y provincia de Barcelona que consta de varias piezas de tierra.
Primera: Llamada “Mas Major”. Contiene una casa con bajos, un piso y un desvan, que ocupará unos dos mil cuatrocientos metros de superficie. La tierra en que se halla rodeada, parte huerta, viñedo, bosque y yermo, contiene ochenta y ocho mil quinientos cuarenta metros cuadrados. Linda por levante con Don Felix Pujol, a mediodia con Don Francisco Alba mediante la Riera, y con Don Antonio Llorens mediante el torrente, a poniente, parte con Doña Maria Majó y parte con Don José Costa, y a norte con el cementerio y con Doña Concepción Vieta mediante el camino que baja de la Iglesia antigua. En cuanto a ochenta y cinco mil doscientos ochenta y un metros, fue heredado por su Señor padre Don Baltasar de Bacardí y Tomba y los tres mil doscientos sesenta y cuatro fueron adquiridos por Don Ramon de Bacardí según escritura ante Don Joaquin Segarra notario de Mataró a los once de Mayo de mil ochocientos cuarenta y siete, y registrada en el libro de San Andres de Llavaneras, a los catorce de Mayo de mil ochocientos cuarenta y siete.
Segundo: Otra pieza llamada “Pedro de Llop” que en el dia es bosque y contiene doscientos setenta y cinco mil seiscientos noventa y dos metros cuadrados. Linda a levante parte con Don José Costa y parte con Don Juan Vieta y Sastre, parte con Don Joaquin Safont y parte con Don Fernando Freixas, mediante el camino, y por poniente y norte, con los herederos de Don Francisco Colom. En cuanto a doscientos veinte mil trescientos ochenta y tres metros cuadrados los poseia Don Baltasar de Bacardí y Tomba como heredero de su Señor padre. En cuanto a veinte y dos mil treinta y cuatro, los adquirió Don Ramon de Bacardí en primero de Marzo de mil ochocientos cuarenta y nueve, ante Don Joaquin Sagarra, notario de Mataró, registrada en el libro de San Andres de Llavaneras a tres de Marzo de mil ochocientos cuarenta y nueve, y en cuanto a treinta y cuatro mil doscientos setenta y cinco metros cuadrados, tambien los compró el Señor otorgante. Con escritura ante Don José Torrent y Juliá notario de Barcelona a once de Mayo de mil ochocientos sesenta y uno. Registrada en el libro tercero de Llavaneras, a foleo doscientos noventa y seis y doscientos noventa y siete.
Tercera: Otra pieza plantada de viña llamada “Roca Farrera” que contiene treinta y dos mil doscientoos treinta y cinco metros cuadrados. Linda a levante con Don José Catá de la Torre y Don José Torrens, a mediodia con Doña Vicenta Prats y Corney, a poniente con Don Ignacio Vieta y Arqué, y al norte con el mismo Vieta.
Cuarto: otra pieza de tierra llamada “El Puntó”, plantada de viña, y atravesada por un torrente, contiene sesenta y tres mil doscientos seis metros cuadrados. Linda a levante con honores de la Reverenda Comunidad de Santa Maria del Mar de Barcelona, y con la viuda de Catá y Ribas y con Don José Campeny, a mediodia con Campeny, madiante el torrente con Don Miguel Arabia y con Cabot y Badia, a poniente con Don Francisco Ribas, Don José Cabot y Torrent, Don Pedro Cabor y Trias y Doña Concepción Vieta, y al norte con Don Juan Casals y herederos de Don Ramon Vieta y Arqué.
Quinta: Otra pieza plantada de viña llamada “Del Cortius” que contiene catorce mil seiscientos ochenta y nueve metros cuadrados, y linda, a levante con Don Francisco de Asis Güell, a mediodia y poniente con el camino que del pueblo de Llavaneras conduce a la ciudad de Mataró, y al norte con Don Juan Sala y Roig.
Sexta: Otra pieza llamada “Del Pas del Plá”, en el dia bosque, que contiene treinta y dos mil doscientos treinta y cinco metros cuadrados. Linda a levante con Don José Xifré, a mediodia con Don José Galí y Matas y el Señor Cabot y Pera, a poniente con el camino llamado “Pas del Plá” y al norte con la riera de Llavaneras. Esta pieza fue redimida en mil ochocientos cuarenta y dos a Don Manuel Torres y Puig que la tenia adquirida a carta de gracia por doscientas treinta y cinco libras diez y seis sueldo, diez dineros por Don Ramon de Bacardí, en poder de Don Joaquin Sagarra notario de Mataró en seis de Octubre de mil ochocientos cuarenta y dos, tomada razon en el foleo cuarto del pueblo de San Andrés de Llavaneras, a los nueve de Octubre de mil ochocientos cuarenta y dos.
Septima: Otra pieza dicha “Del Morell” plantada de viña y algarrobos y contiene diez y nueve mil quinientos ochenta y seis metros cuadrados. Linda a levante con el mar Maditerraneo, atravesada por la carretera de Madrid a la Junquera, y por el ferro-carril del Este, a mediodia, con Don Juan Casals, Don Joaquin Catá y Gari, y Don Fernando Frexas, a poniente con el sucesor de Don José Subirá, y al norte con Don José Cruañes mediante el torrente.
Octava: Otra pieza de tierra llamada “Del Arbós” en el dia campa, que contiene catorce mil nuevecientos ochenta y nueve metros cuadrados, y linda a levante con Don Eusebio Alsina, y el torrente llamado de Velis, a mediodia parte con Alsina y parte con Don Buenaventura Mora, a poniente con Teresa Cabot y Saber, y al norte con Don José Catá de la Torre. Esta pieza la adquirió Don Ramon de Bacardí de Doña Francisca y Don Francisco Morera del Taronger, en veinte y tres de Enero de mil ochocientos cuarenta y tres ante Don Joaquin Sagarra y Vieta. Tomada razon en los foleos primero y segundo del libro de hipotecas del pueblo de San Vicente de Llavaneras. Pero la pieza pertenece a San Andres, bien que la escritura dice San Vicente.
Censo: que presta Don José Costa poseedor del Manso Costa, de ocho reales diez y ocho maravedises y una gallina, estimada a diez y seis reales, siendo su capital al tres por ciento quinientos treinta y tres reales, treinta y tres centimos. Dicho Manso Costa, consta de diez mojadas, y ocho y tres cuartos mundinas, y linda a levante con Don Ramon de Bacardí, a mediodia parte con el mismo, y parte con Doña Maria Majó, mediante un torrente, a poniente con Don Juan Casals, y al norte con el propio Casals.
Otro censo: de pension doce sueldos equivalentes a seis reales treinta y nueve centimos, su capital al tres por ciento, doscientos trece reales que presta al Manso Nadal, que consta de dos mojadas y trece y media mundinas, y linda a levante con Don Ramon de Bacardí, a mediodia con Don Antonio Llorens y con Don Juan Vieta, a poniente con Don Ramon de Bacardí, y al norte con Don José Costa.
Bienes sitos en el pueblo de San Vicente de Llavaneras partido judicial de Mataró:
Una: pieza de tierra que tiene de cabida nueve mil noventa y tres metros cuadrados en el parage llamado “Velis”. Linda, por levante con Doña Concepcion Vieta, por poniente con Don José Juliá y Don José y Francisco Dalmases, por mediodia, con Don Ignacio Vieta, y por el norte con Don Andrés Bertran y Don Andrés Sabadell. Tomada razon en el foleo tercero del libro de hipotecas de San Andres de Llavaneras, bien que la pieza no pertenece a este plueblo. Todos los bienes y derechos reales hasta aquí relatados se hallan inscritos en el Registro de la Propiedad de Mataró a nombre de Don Ramon de Bacardí en vista del inventario que tomó ante el notario de esta ciudad Don Magin Soler y Gelada en treinta Diciembre de mil ochocientos sesenta y tres que a la letra dice lo siguiente: Inscrito: El documento que precede en el Registro de la Propiedad, tomo vigesimo, libro tercero del pueblo de San Andres de Llavaneras, foleos ciento ochenta y nueve, ciento noventa y cinco, doscientos uno, doscientos siete, doscientos trece, doscientos diez y nueve, doscientos veinte y cinco, doscientos treinta y uno, doscientos treinta y siete y doscientos cuarenta y tres, inscripciones primeras de la fincas números desde el ciento cinco al ciento catorce; en el tomo cuarenta y uno, libro cuarto del mismo pueblo, foleos dos, ocho, catorce, y veinte, isncripciones tambien primeras de las fincas
números desde el ciento quince al ciento diez y ocho, en el tomo treinta y ocho, libro noveno de Mataró, y en el veinte y cuatro libro tercero del pueblo de San Vicente de Llavaneras, foleo cuento setenta y ocho y ciento noventa y cuatro, inscripciones primeras de las fincas números quinientos veinte y ciento dos. El censo sobre el Manso Nadal, al foleo veitne y seis del referido tomo cuarenta y uno, inscripcion segunda de la finca número ciento diez y nueve: y suspendida la del censo que gravita sobre el manso Costa, por no constar el titulo de imposicion ni la ultima inscripción de dominio de la finca que se dice gravada.= Mataró veinte y uno de Octubre de mil ochocientos sesenta y cuatro.= Honorarios números uno, dos, cuatro, seis y nueve, trescientos diez y seis reales, cincuenta centimos.= Hay un sello:= El Registrador.= Doctor Luis Maria Moreda.=
Inscrito el dominio que precede respecto al censo que gravita sobre el Manso Costa, en el Registro de la Propiedad, tomo cuarenta y uno, foleo treinta y nueve inscripción segunda de la finca número ciento veinte.= Mataró veinte y ocho de Noviembre de mil ochocientos sesenta y cuatro.= Honorarios números uno, dos, seis y nueve.= Treinta y un reales, cuarenta centimos.= Hay un sello.) El Registrado Doctor Luis Maria Moreda.=
La Propiedad y Casa dicha “Mas Major” de Don Ramon de Bacardí arriba descrita disfrutaba de tiempo antiguo de cierta cantidad de agua que corre por el Torrente “Fosch” tambien de su propiedad la que se dividian con los que lo son del Manso Nadal, y habiendose tenido que verificar obras considerables para la conduccion de las aguas en escritura otorgada en ocho Enero de mil ochocientos sesenta y seis por ante Don Patricio de Xamar y de Grau notario del Colegio de Barcelona con residencia en Mataró entre Don Ramon de Bacardí y los padre e hijo Adjuntori Perejoan y Mas y José Perejoan y Major se pactó que Don Ramon de Bacardí costearia los gastos de construccion de la mina y que en pago los dueños del manso Nadal de la mitad del agua que les correspondia le cederian dos dias a la semana, y como que tenia adquiridos otros dos en fuerza de titulos anteriores disfrutaria de toda el agua cuatro dias por semana y tres en consecuencia los dueños del manso Nadal que serán desde las siete de la tarde del domingo hasta igual hora del miercoles, quedando en los cuatro dias restantes solo un cuarto de pluma perenne al manso Nadal. Esta escritura fue inscrita en el registro de la Propiedad de Mataró tomo vigesimo, libro tercero de San Andres de Llavaneras, foleo ciento noventa y seis, inscripcion segunda de la finca número ciento seis, en veinte y siete de febrero de mil ochocientos sesenta y seis.
Tambien disfruta la propiedad del Manso Major propia de Don Ramon de Bacardí arriba descrita del derecho o servidumbre de paso por tierras del manso Nadal, por medio de una carretera de diez y seis palmos ancho, que empieza en el Torrente Fosch y termina en el camino publico denominado de “Pedra de Llop” bajo los pactos y condiciones que resultan de la escritura otorgada en trece Marzo de mil ochocientos sesenta y seis por ante Don Patricio de Xaumar y de Grau notario publico con residencia en Mataró otorgada entre Don Ramon de Bacardí y los padre e hijo Adjutorio Perejuan y Mas y José Perejoan y Major inscrito en el Registro de la Propiedad de Mataró, tomo ochenta y tres, libro septimo de San Andres de Llavaneras, foleo ciento treinta y nueve numero ciento noventa y dos, inscripcion tercera en veinte y siete Marzo de mil ochocientos sesenta y seis.
Bienes sitos en Sandañola partido judicial de Tarrasa:
Primero: Una heredad en el pueblo de San Martin de Serdeñola con una casa de dos pisos, la que contiene sesenta y cuatro hectarias, cinco centimos de area, y veinte y tres centiareas que linda a levante con José Sanfeliu y con Don Juan Margenat mediante en su mayor parte la Riera de San Quintin de Mediona con Don Pedro Altayo y Don José Llobet y Miró. A poniente con el mismo Llobet y Miró y el Marqués de Serdañola. Al norte con el espresado Llobet y Miró y parte con Catalina Borrell de Campderós. Esta finca no está sugeta a carga alguna. De esta hacienda ha dado en establecimiento recientemente Don Ramon de Bacardí varias porciones por el termino todas ellas de setenta años, reservandose el dominio y demás derechos enfiteuticos según se pasa a espresar:
Primero: Una pieza de tierra yerma de cuatro y media cuarteras de sembradura, establecida a Pedro Plá y Sagalés, a censo anual de trece duros diez reales, pagaderos en treinta y uno de Diciembre de cada año, libres de todo descuento por contribuciones, capital nueve mil reales, que linda a oriente, parte con el torrente del a hacienda objeto de este inventario y parte con una pieza de tierra que en el mismo dia se estableció a Pedro Masano y Sans, a mediodia parte con dicho Masana y parte con la carretera, a poniente, parte con dicha carretera y con Don José Masana, y a cierzo, parte con dicho Masana y parte con el torrente arriba espresado: según asi consta en escritura ante Don José Torrent y Juliá notario publico de Barcelona a doce de Enero de mil ochocientos sesenta, y registrada en la oficina de hipotecas de Tarrasa en veinte y uno de Febrero del mismo año, en el libro correspondiente a Serdeñola.
Segundo: Otra pieza de tierra yerma de tres cuartas de sembradura, establecida a Don Vicente Bascallá y Soler labrador de San Cugat del Valles al censo de nueve duros, libres de toda contribucion, pagaderos el treinta y uno de Diciembre de cada año, que forma un capital de trescientos duroa. Linda a oriente, parte con el torrente de la hacienda objeto de este inventario, y parte con Jaime Codoñes, a mediodia con Pedro Altayó, a poniente con dicho Altayó y parte con el Marqués de Serdeñola, y a cierzo parte con Tomás Catalá y parte con el torrente en primer lugar designado. Consta con escritura otorgada y registrada en la misma fecha y notario que la anterior.
Tercero: Otra pieza de tierra yerma de cabida cuatro y media cuarteras establecida a José Masana y Munt al censo anual de trece duros diez reales, libres de toda contribucion, pagaderos en treinta y uno de Diciembre decada año, que forman un capital de cuatrocientos cincuenta duros, que linda, a oriente parte con el torrente de la hacienda de que es objeto el presente inventario, y parte con Pedro Plá y Sagalés, a mediodia, parte con el mismo Plá y Sagalés, y parte con la carretera de casa Miró, a poniente con dicha carretera y parte con José Llobet y Miró, y a cierzo con el mismo, y con el torrente antes mencionado. Fue autorizada y registrada esta escritura en las mismas fechas y por el mismo notario que las anteriores. Debiendo saberse, que en diez y seis de Enero de mil ochocientos sesenta y uno, según escritura autorizada por Don Jaime Burguerol notario publico de Barcelona, fue vendida esta pieza de tierra a Francisco de Asis Solá, registrada en Tarrasa en el libro correspondiente a Serdeñola, en diez y nueve de Febrero de mil ochocientos sesenta y uno.
Cuarto: Otra pieza de tierra yerma de cabida tres cuartas, dada en establecimiento a Pedro Masana y Sans, al censo anual de nueve duros, libres de toda contribucion, pagaderos en treinta y uno de Diciembre de cada año, que representan un capital de trescientos duros y linda, a oriente con el torrente que atraviesa la hacienda objeto de este inventario, y parte con tierras del mismo que se establecio a Tomas Catalá, a mediodia parte con dichas tierras y parte con el Marquñes de Serdañola, a poniente parte con la carretera, y parte con Pedro Plá y Sagalés, y a cierzo, parte con dicho Plá, y con el estresado torrente. Este establecimiento fue otorgado y registrado en la misma fecha que los tres anteriores y autorizado por el mismo notario.
Quinto: Otra pieza de tierra yerma de tres cuartas, establecida a Jaime Codoñat y Cañellas y Maria Sallés de Codoñat, consortes, al censo de nueve duros anuales, libres de toda contribucion, pagaderos en treinta y uno de Diciembre de cada año y que forman un capital de trescientos duros. Linda a oriente y mediodia, con Don Pedro Altayó, a poniente con Vicente Buscallé, y a cierzo, aprte con dicho Buscallá y el torrente de la hacienda objeto de este inventario. Este establecimiento fue otorgado y registrado en las mismas fechas ante el propio notario que las anteriores.
Sexto: Otra pieza de tierra yerma de tres cuartas de sembradura, establecida a Don Tomás Catalá y Ferres cubero, vecino de San Cugat del Vallés, al censo de nueve duros, pagaderos en treinta y uno de Diciembre de cada año, que forma un capital de trescientos duros.
Linda a oriente parte con el torrente de la hacienda objeto de este inventario, y parte con tierras de la propia hacienda, a mediodia, parte con las mismas tierras y con el Marqués de Serdañola, a mediodia parte con dichos Marqués y Don Pedro Masana, y a cierzo con el mismo Masana y el referido torrente. Consta autorizado y registrado este establecimiento, en las propias fechas que los anteriores y ante el mismo notario.
Septimo: Otra pieza de tierra de tres cuartas de sembradura establecida a Narciso Matabosch al censo de nueve duros pagaderos en treinta y uno de Diciembre de cada año, libres de toda contribucion que forman un capital de trescientos duros. Linda esta pieza de tierra, a oriente parte con la carretera de la Serra de Gallinés y parte con Don Antonio Castellví, a mediodia con dicho Castellví, y la hacienda objeto de esta inventario, a poniente con la misma hacienda y la casa Miró, y a cierzo con dicha hacienda de Miró y la Sierra de Gallinés,según asi consta por escritura autorizada por Don José Torrent y Juliá notario, a tres de Diciembre de milo ochocientos sesenta y uno, registrada en Tarrasa en el libro correspondiente a Serdañola en tres Enero de mil ochocientos sesenta y dos.
Octavo: Una pieza de tierra de tres cuartas de sembradura, establecida a Antonio Castellví al censo anual de nueve duros, libres de todo pago por contribuciones, pagaderos en treinta y uno de Diciembre de cada año, lo que representa un capital de trescientos duros. Linda a oriente parte con la carretera de la Serra de Gallinés, y parte con Juan Barquet, a mediodia con dicho Barquet y con la hacienda objeto de este inventario, a poniente parte con la misma hacienda y con Narciso Matabosch, y a cierzo con el mismo Matabosch y el camino arriba designado. Consta en escritura otorgada y registrada en las mismas fechas que la anterior y por el mismo notario.
Noveno: Otra pieza de tierra de tres cuartas de sembradura establecidas a Juan Barquet, al censo anual de nueve duros, libres de toda rebaja por contribuciones, pagaderos el treinta y uno de Diciembre de cada año, que representa yn capital de trescientos duros. Linda esta pieza de tierra a oriente con la carretera, y con Pedro Sobregrau, a mediodia con el mismo Sobregrau y con la hacienda objeto de este inventario, a poniente con la indicada hacienda y con Antonio Castellví, y a cierzo con el propio Castellví y la carretera. Consta con escritura otorgada y registrada en las mismas fechas que la anterior y autorizada por el mismo notario Don José Torrent y Juliá.
Decimo: Otra pieza de tierra de tres cuarteras de sembradura, establecida a Pedro Sobregrau al censo anual de nueve duros, su capital trescientos duroa, pagaderos todos los años el treinta y uno de Diciembre, libres de toda rebaja por contribuciones. Linda dicha pieza de tierra a oriente con la carretera y con Miguel Canudas, al mediodia con el propio Canudas y la hacienda objeto de este inventario, a poniente con la misma hacienda y con Juan Barquet, y a cierzo con el mismo Barquet y la carretera arriba espresada. Consta con escritura otorgada y rregistrada en las mismas fechas que la anterior, y autorizada por el mismo notario Torrent y Juliá.
Undecimo: Una pieza de tierra de tres cuartas de sembradura establecidas a Miquel Canuda, al censo anual de nueve duros, su capital al tres por ciento, trescientos duros, pagaderos en treinta y uno de Diciembre, libres de rebaja por contribuciones. Linda esta pieza de tierra, a oriente con la carretera y con Andrés Casajuana, a mediodia con el mismo Casajuana y la hacienda objeto de este inventario, a poniente con la propia hacienda y con Pedro Sobregrau, y a cierzo con dicho Sobregrau y la carretera arriba designada. Consta con escritura otorgada y registrada a las mismas fechas que la anterior, y autorizada por el mismo notario.
Duodecimo: Otra pieza de tierra de cuatro cuarteras de sembradura, establecida a José Pablo Llunell, al censo de doce duros al año, libres de toda rebaja por contribuciones, pagadero el treinta y uno de Diciembre de cada año. Lo que representa un capital de cuatro coentos duros. Linda a oriente con la carretera y hacienda objeto de este inventario, a mediodia con la misma hacienda, a poniente tambien con la misma, y con Andrés Casajuana, y a cierzo con el mismo y con la carretera antes indicada. Consta con escritura otorgada y registrada en las propias fechas que la anterior y autorizada por el propio notario.
Decimotercero: Otra pieza de tierra de tres cuartas de sembradura, establecida a Andres Casajuana al censo de nueve duros, su capital al tres por ciento trescientos duros anualmente pagaderos el treinta y uno de Diciembre, libre de toda rebaja por contribuciones. Linda esta pieza de tierra, a oriente con la carretera y con Juan Pablo Llunell, a mediodia con el mismo Llunell y con la hacienda objeto de este inventario, a poniente con la misma, y con Miguel Canudas, y a cierzo con dichos Canudas y la carretera arriba espresada. Consta con escrituras autorizadas y registradas en las mismas fechas que la anterior, y autorizada por el mismo notario Don José Torrent.
Todos los bienes y derechos reales hasta aquí relatados se hallan insertos en el Registro de la Propiedad de tarrasa a nombre de Don Ramon de Bacardí en vista del inventario que tomó ante el notario de esta ciudad Don Magin Soler y Gelada en treinta de Diciembre de mil ochocientos sesenta y tres, que a la letra dice lo siguiente: INVENTARIO: El documento que precede, por lo que respeta la heredad radicada en este partido, el Registro de la Propiedad tomo trece primero de Serdañola, foleo doscientos treinta y cuatro, finca números cuarenta y nueve, inscripcion primera.= Terrasa, cuatro de Enero de mil ochocientos sesenta y cinco.= Honorarios número nueve, dos reales.= hay un sello.= Francisco Ubach.
Bienes sitos en el pueblo de Santa Margarita, partido judicial de Villafranca:
Una hacienda: con su casa de labranza y corrales conocida por el nombre de “Cuadra de Ballestar”, situada en el pueblo de Santa Margarita del Panades, que contiene según la estadistica que tiene dicho pueblo, noventa y dos jornales diez y siete veinte y cuatro avos. Linda a levante con Juan Reventos o heredad de la Sanabien, a mediodia con el termino de Castellet, o propiedad de Don Dionisio Ventosa, a poniente con Don Vicente Sisternas, y al norte con Don Miguel Puig, que antes fue convento de San Ramon de Padres Dominicos. Esta finca no tiene carga ni dominio ninguno.
Todos los bienes y derechos reales hasta aquí relatados se hallan inscritos en el Registro de la Propiedad de Villafranca del Panades a nombre de Don Ramon de Bacardí, en vista del inventario que tomó ante el notario de esta ciudad Don Magin Soler y Gelada en treinta Diciembre de mil ochocientos sesenta y tres, que a la letra dice lo siguiente. SUSPENDIDA la inscripción por falta de indices y anotado preventivamente el documento que precede por lo que respeta a la finca radicada en este partido judicial, al foleo ciento setenta y siete del tomo cincuanta y seis del Registro de la Propiedad, libro segundo de Santa Margarita, finca número treinta y cuatro. A Villafranca dos Enero de mil ochocientos sesenta y seis.= Honorarios cien milesimas escudo, según el articulo trescientos noventa ley.= hay un sello.= El registrador.= No se entiende.
Bienes sitos en el pueblo de Tosa, partido judicial de Santa Coloma de Farnés:
Un censal: de pension anuak doscientos cuarenta reales y capital ocho mil reales, creado por los padre e hijo Don Sebastian Rabasa y Don José Rabasa y Mora, vecinos de la villa de Tosa. Radicado dicho censal sobre varias piezas de tierra.
Primero: Una pieza de tierra situada frente el nuevo hospital que linda por oriente con la carretera que de la villa de Tosa conduce a la ciudad de Gerona, a mediodia con los mismos Señores Rabasa, a poniente con Don José Pujal (alias) Rey, y a norte con Don Felix Maria Falguera.
Segundo: Otra pieza llamada “La Mota Nova”. Linda a oriente con Don Jaime Gelpí, a mediodia con José Vilar, a poniente con Ramon Pujals, y a norte con José Garriga.
Tercero: Otra pieza dicha “La Palina”, linda a oriente con el Mar Mediterraneo, a mediodia con los hrerederos de Juan Pujals, a poniente con Antonio Colom, y a norte con Quirico Riusech.
Cuarto: Otra pieza de tierra en el parage dicho “Moumort”, linda a oriente con una vereda, a mediodia con torrente Rabasa, a poniente con los herederos de Gerardo Reixach y Font, y a norte con José Gelpí. Ante Don José Torrent y Juliá notario de Barcelona a catorce de Febrero de mil ochocientos cuarenta y cuatro. Tomada razon en el libro de Tosa San Feliu de Guixols doce de Marzo de mil ochocientos cuarenta y cuatro. Registrada tambien en el libro catorce, foleo cincuenta y ocho de barelona a treinta Marzo de mil ochocientos cuarenta y cuatro.
Auto: Don Jaime Burgerol notario de Barcelona a veinte y siete Marzo de mil ochocientos sesenta y tres declaró quedar obligado al pago de dicha pension. Don Pablo Moreu y Galpí por haber adquirido de los Señores Rabasa las predichas piezas de tierra según escritura ante el propio notario Don Jaime Burguerol y Roca notario de Barcelona a veinte y dos Diciembre de mil ochocientos sesenta y dos. Registrada al foleo ciento ocho y anotado en los siguientes hasta el ciento quince del libro segundo de fincas registro de Tosa, y en los ¡foleos ciento cuatro u ciento cinco. Tambien segundo de urbanas de Tosa en Santa Coloma de Farnés, a veinte y cuatro de Diciembre de mil ochocientos sesenta y dos.
Bienes sitos el la Poble de Claramunt partido judicial de Igualada:
Un censal: de pension de mil seiscientos reales anuales y una resma de papel sin deducir contribuciones y de capitalidad cincuanta y tres mil reales que presta Don José Figueras, y radica dicha prestacion.
Primero: Sobre un molino o fabrica de papel blanco de dos tinas, huerto y otra casa para el hortelano.
Segundo: En una pieza de tierra llamada “La Illa” de cabida tres jornales que linda, a oriente con la riera de Igualada, a mediodia con Antonio Soteras y Riera, a poniente con el camino Real, y a cierzo con los Luicia Sallés y Ramon Pons.
Tercero: Otra pieza de tres jornales, que linda, a oriente con la riera de Igualada y con José Riva, a poniente con la acequia del molino, y a cierzo con la antedicha pieza.
Cuarto: Por varios censos que antes cobraba el estabiliente. Hecho este establecimiento por Don Ramon de Bacardí en diez y ocho Setiembre de mil ochocientos cuarenta y nueve en Barcelona, ante Don José Torrent y Juliá. Registrada en el libro segundo de la Poble de Claramunt en Igualada primero Octubre de mil ochocientos cuarenta y nueve.
Bienes sitos en los terminos de Santa Coloma de Queralt, Bellprat y Aguiló de los partidos judiciales de Montblach e Igualada:
La heredad “Manso Brias”, la adquirio Don Ramon de Bacardí de Doña Carmen Nasch de Colsa, consorte del Escelentisimo Señor Don Ventura de Colsa y –do Regente de la Audiencia de Burgos, con transaccion de un pleito que sostuvo el Señor de Bacardí contra Don Ignacio Vidal y Pigem primer marido de la antedicha Doña Carmen, según escritura ante Don José Torrent y Juliá notario de Barcelona a veinte y uno Diciembre de mil ochocientos cuarenta y cuatro, registada al foleo ciento cuarenta y nueve, del libro primero de fincas rusticas del pueblo de la Roqueta, y notado en el foleo once del libro segundo del pueblo de Bellprat, en Igualada a veinte y nueve Diciembre de mil ochocientos cuarenta y cuatro. Tomada razon al foleo veinte y nueve del libro cuarto general de hipotecas del partido de Montblach a diez y seis Enero de mil ochocientos cincuenta y cinco. Se comprande esta heredad de una casa pajar y corral señalada de número catorce que consta de cuarneta y ocho metros de longitud y veinte y cinco de latitud y linda por todas partes con tierras de la heredad que tiene treinta jornales de cabida, la parte llamada “Mas Brias”, Linda a madiodia con el termino de Aguiló, a mediodia con Agustin Soler de Coloma Catarina y un camino, a mediodia con el torrente de la Balandrana, y a cierzo con Pelegrin Cortadellas y el termino de Aguiló que pertenece al distrito municipal de Santa Coloma de Queralt.
Otra pieza de siete fornales termino de Aguiló. Linda a oriente con una tegea, a mediodia con el termino de Santa Coloma, a poniente con un camino y tierras de José Brisfeus, y norte con José Capdevila.
Otra pieza dicha “Dels Mercadells” del termino de Bellprat de sesenta y seis jornales estension, que linda, por oriente con los herederos de Esteban Campalans y Maria Canes, a mediodia con Ramon Miquel y José Palau, a poniente con Antonio Fraaxes Magin Niulet y con el torrente, y por cierzo con Josefa Gual, Tomas Breus, Ramon Pons y José Tomás. La Maria Cares ciento sesenta reales anuales, y la viuda Campalans dos pollos por tierras que tienen establecidas, y que perttenecian a esta heredad.
Un censo; de trece escudos y tres cuarteras de avellanas establecido por Juan Capdevila a favor de Don Ramon de Bacardí por un apieza de tierra de cabida cinco jornales, perteneciente a las tierras del “Manso Brias” y termino de Aguiló que linda, a oriente con el Señor estabiliente y con un torrente, y a mediodia con el mismo Señor de Bacardí, a poniente con José Rafau y Cachet y con José Vives, y a cierzo con José Bisbal, según escritura ante Don José Torrent y Juliá notario de Barcelona a veinte y cuatro Diciembre de mil ochocientos cincuenta y nueve. Registada al foleo treicientos cuarenta y seis, libro primero de Santa Coloma de Queralt, Montblach veinte Enero de mil ochocientos sesenta.
Bienes sitos en la ciudad de Reus partida judicial de la misma:
Un censal: que presta la administracion del Hospital Civil de Reus de pension anual sesenta y cuatro escudos y capital dos mil ciento treinta y tres escudos doscientas milesimas creado a favor de Don Ramon de Bacardí ante Don José Bassedas notario de Reus a trece Diciembre de mil ochocientos cuarenta y dos: y radica sobre una casa sita en la calle den Sardá de la ciudad de Reus y linda, por el norte con Doña Francisca Vidal de Morlins, por el este con Doña Cecilia Batlle viuda, por el sud con la travesia den Sardá. Registrada al foleo veinte y cuatro del libro tercero del Registro de hipotecas de Reus, a tres Diciembre de mil ochocientos cuarenta y dos.
Se advierte: que la relacion e inventario de bienes que precede, deberá presentarse en el Registro de la Propiedad de los repetidos paprtidos, en que aquellos estan situados, junto con el testamento de Don Ramon de Bacardí y Cuyás, sin cuyo registro, dicho testamento no será admitido en los juzgados y tribunales ordinarios y especiales, en los consejos y oficinas del Gobierno, y que no podran oponerse, ni perjudicar a tercero, sino desde la fecha de su inscripcion en el Registro, a tenor de lo dispuesto en la ley hipotecaria, reglamento e instrucción. Asi lo firma ante n¡mi el infrascrito notario, del Colegio del territorio de Barcelona, residente en la misma, siendo testigos presenciales Don Feliciano Moya estanquero, y Don Manuel Mora del comercio, de esta vecindad, a los cuales asi como al Señor requiriente; les esta escritura, advertidos proviamente del derecho que tenian para leerla por si, del que no quisieron usar, de todo lo cual doy fem asi como de conocer al Señor de Bacardí, constandome ser hacendado y tener su domicilio en esta ciudad.
Baltasar de Bacardí, José Torrent y Juliá.