Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PRESTAMO A NAVEGACICÓN E INDUSTRIA, POR RAMÓN DE BACARDÍ Y CUYÁS.


En la ciudad de Barcelona a dos de Febrero de mil ochocientos sesenta y cuatro. Don Francisco Aviá y Pinto, abogado, vecino de esta ciuda,d como administrador actual de la sociedad denominada de “Navegación e Industria” establecida en esta plaza, espontaneamente reconoce que la compañía que representa está debiendo a Don Ramon de Bacardí y Cuyás, hacendado, vecino de esta propia ciudad, la cantidad de diez mil duros que la tiene prestado en buena moneda metalica, antes de este acto, por lo que declara el suscrito notario haber advertido al Señor otorgante que confesado el pago de dicha partida queda el derecho que se constituye con la presente, libre de toda responsabilidad por razón del mismo aunque se justificase no ser cierta su entrega en todo o en parte. Por lo que conviene y promete al Señor de Bacardí que la citada sociedad le pagará y devolverá los espresados diez mil duros, dentro de cuarenta y cinco dias contaderos de esta fecha abonandole hasta su devolución el recitod el siete por ciento quedando libre el prestamista de todas contibuciones u otro derecho que pudiese ecsigirse o imponerse sobre el citado capital siendo todo de cargo de la espresada sociedad de “Navegación e Industria”. Todo lo que a nombre de esta promete atender y cumplir con enmienda de daños y pago de todas costas y somete a la misma a los juzgados de primera instancia de esta ciudad, y demas competentes a los efectos del articulo tercero de la ley de enjuiciamiento civil. Así lo firma a presencia de mi el suscrito notario del colegio del territorio de Barcelona, vecino de la misma que doy fe conocer la persona, profesión y vecindad del señor otorgante. Siendo testigos presenciales Don Antonio de Franch y Don José Casaramona vecinos de la presente, a todos los cuales lei esta escritura y advertí del drecho que tenian para leerla por si del que no quisieron usar.
Francisco Aviá de Pinto, Magín Soler y Gelada notario.