Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE PODERES HACIA CALVÓ, POR BALTASAR DE CASANOVAS Y DE BACARDÍ. |
En la ciudad de Barcelona a veinte y nueve de Diciembre de mil ochocientos sesenta y cinco. Sepase: Que D. Baltasar de Casanovas y de Bacardí, Noble hacendado, vecino de esta ciudad, de estado casado, y de cuarenta y un años de ead, asegurando y apareciendo tener la capacidad legal necesaria para la otorgación de esta escritura, comparecido ante D. Juan Llopart, notario publico del colegio Territorial de Barcelona, residente en la misma y de los testigos que al final se espresarán, Dijo: Que así en su nombre propio como en el de administrador de la causa pia fundada por el Reverendo D. José Cambó; de su espontanea voluntad confiere su poder cumplido, especial y tan bastante cual en derecho se requiere y sea necesario a D. Jayme Calvó, vecino de Olot para que en su nombre y representación, proceda a la venta o luición de aquel censal de precio o capitalidad cien libras y pensión tres libras que D. Jayme Aubert, hace y presta a dicha causa pia, fundada por el Reberendo D. José Cambó, a cuyo fin designe dicho censal, cobre el precio o capital del mismo, con las pensiones y prorrata que tal vez se adeudaren, suscribieno al intento la escritura de abolución o aquella otra que fuere menester, con las clausulas renuncias y obligaciones de la naturaleza del contrato, pues el podder que para cuanto va espresado con sus incidencias y dependencias, el mismo se lo da y condede con libre uso y ninguna limitación. Promete tener por firme y valido cuanto en su virtud fuere practicado, y no revocarlo en tiempo ni por mitivo alguno. Y conocido del suscrito notario por su nombre, posicion y domicilio, lo firma, siendo testigos d. mariano Vehils y D. Pelegrin Agulló de esta vecindad, a todos los cuales lei integra esta escritura antes de firmarse, previamente enterados de la facultad que la ley les concede para leerla por si, de que doy fe.
Baltasar de Casanovas, Juan Llopart.