Saga Bacardí |
05306 |
ESCRITURA DE ENTREGA DEJADA A LOS VILA, POR CAMPRODON, ACTUANDO COMO HEREDERO DE CONFIANZA ANTONIO TUSQUETS Y MAIGNON. |
En la ciudad de Barcelona a nueve de Febrero del año mil ochocientos setenta y uno. Ante mi el suscrito notario del colegio del territorio de la audiencia de esta ciudad, con residencia en la misma y testigos que se nombrarán, han comparecido los padre e hijo Don José Vila y Jover,sin ejercicio de profesión, viudo y Don Jose Vila y Marcet, dependiente de comercio, soltero, de edad veinte y un años, vecinos ambos de esta ciudad, quienes asegurando y apareciendo tener la aptitud legal necesaria para celebrar este instrumento, han dicho: Que de su espontanea voluntad, confiesan y en verdad reconocen a Don José Serra y Robert, tejedor de velos, a Don Ignacio Ventalló abogado, y a Don Antonio Tusquets y Maignon, corredor de cambios, vecinos de esta ciudad, en la calidad de herederos de confianza de Doña Josefa Camprodon y Verdaguer, viuda de Don Juan Bosch y Serra,vecina que fue de esta ciudad según su testamento abajo calendadero, presentes a este acto que en el modo que luego se dirá, les han pagado y satisfecho la cantidad de mil pesetas, que sirve al otorgante Don José Vila y Marcet, en pago de semejantes que dicha Señora Doña Josefa Camprodon le dejó y legó en su testamento que en diez y nueve de Mayo del año mil ochocientos sesenta y ocho entregó cerrado al notario que fue de esta ciudad Don José Amado y Sedano, y que seguida la muerte de la Señora testadora y despues de publicado judicialmente fue protocolizado en poder del suscrito notario autorizante en el dia trece de Enero del acorriente año. El modo del pago de las indicadas mil pesetas, es que declaran los padre e hijo otorgantes, recibirlas de los nombrados Señores herderos de confianza, en este acto, àrt en dinero contante y con moneda metalica y sonante de oro y plata en billetes del Banco de esta ciudad, equivalentes a metalico, en presencia de los infrascritos testigos y de mi el suscrito notario, de que les otorgan la competente carta de pago; declarando el referido Don José Vila y Jover, posesionarse de las mencionadas mil pesetas, y en su virtud quedar responsable de ellas con respecto a su hijo propietario de las mismas. En cuyo testimonios así lo otorgan en dicha ciudad de Barcelona, dia, mes y año al principio anotados, presentes a este acto como testigos instrumentales Don Pablo Llopart carpintero, y D. Olegario Llorens, calesero, vecinos de esta ciudad, a quienes y a los otorgantes he leido integramente esta escritura, advertidos antes del derecho que tenian de leerla por si mismos. Y los propios otorgantes, conocidos de mi el suscrito notario, lo firman juntamente con los testigos, de todo lo cual doy fe.
José Vila y Jové, José Vila y Marcet, Pablo Llopart, testigo, Olegario Llorens, testigo, Luis Gonzaga Pallós.