Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE NOTIFICACIÓN DE BUSQUETAS HACIA ANTONIO TUSQUETS, COMADURAN Y DE LAFORGE. |
En la ciudad de Barcelona a veinte y uno de Mayo del año mil ochocientos cincuenta y cinco. Ignacio Salom, portero de la alcaldia constituional de la presente ciudad, vecino de la misma, mediante el juramento que prestó al ingresar a su oficio que ratifica, ha hecho relación a mi el infro notario que a instancia de D. Jayme Busquetas propietario, natural de San Lorenzo Saball y vecino de esta ciudad, habia notificado a D. Antonio Tusquets, Coaduran y de Laforja, corredor Real de cambios, vecino de esta dicha ciudad, la intima y requirimiento del tenor siguiente. Intimad y notificad a D. Antonio Tusquets, Comaduran y de Laforja, corredor Real de cambios, vecino de esta ciudad, como sucediendo particularmente a D. Pablo Llord también corredor Real de canbios que fué de la misma, que con escritura, registrada ya en hipotecas, que pasó por ante D. Luis Gonzaga Pallós notario publico Real colegiado de número de la misma, en el dia veinte y cuatro de Marzo del corriente año, el Muy Ilustre Señor D. Juan Aimar Delacroix, Marques de Aguilar, de nacion francés, domiciliado en Tolosa de Francia vendió perpetuamente a D. Jayme Busqueta propietario, natural de San Lorenzo Saball y vecino de esta propia ciudad, entre otros, un censo con dominio mediano, y demas derechos al mism anecsos de pensión diez y seis libras inclusa la corresponsión, y deducida esta de solas trece libras moneda catalana, que anualmente en el dia primero de Enero deben hacer y prestar por mitad, los sucesores de referido D. Pablo Llord y los de Francisco de Asis Depaves, cordonero por razón de dos casas sitas en la calle del Tragí de Santa Catalina de esta cudad, poseidas en el dia por el citado D. Antonio Tusquets, como a sucesor particular, segun se ha dicho, del prenarrado D. Pablo Llord, y la pensión de cincuenta y dos libras diez sueldos, o sea la mitd de aquel censo de pensión en el dia ciento cincuenta libras atalanas, pate con dominio directo, y parte con dominio mediano y ddemas derechos, al mismo anecsos, que anualmente por mitad en los dias de San Juan de Junio y de Navidad, debia hacerse y prestarse al referido Ilustre Señor Marques de Aguilar y a los sucesores de Teresa Sunyer y Palau, comunmente y por indiviso, por los citados succesres de D, Pablo Llort, por razon de una casita sita en la calle dels Mercadersde esta propia ciudad, poseida asi mismo por el propio D. Antonio Tusquets, en la descrita calidad. Cuyas cosas se hallan mas detalladamente esplicadas y las fincas por las cuales deben los mencionados censos prestarse debidamente designadas y lindadas en la escritura de la citada venta, la cual se halla concebida con todas las clasulas trasladadas de dominio, posesión, constituto, cesión de derechos y acciones y con las demas de su naturaleza y estilo, y particularmente con la de intima, en virtud de la cual se dice, intima y notivica al predicho D. Antonio Tusquetsm Cmaduran y de Laforja, la sobre calendada venta, y se le requiere en su consecuencia por las veces en derecho necesarias, paraque reconozcan por dueño y perceptor de los relatados censos con todos los derechos a ellos anecsos al mentado D. Jayme Busqueta, como repuesto en el lugar y derecho del prenarrado Ilustre Señor D. Juan Aimar Delacroix, Marques de Aguilar, desde el nominado dia veinte y cuatro de Marzo de este año, y en su virtud le pague desde dicho dia en adelante las prorratas y pensiones vencidas y respectivamente vencederas de los mismos censos, bajo dercreto de nulidad en caso contrario y de reiteración de la paga. Y se le requiere también para que dentro el termino de la ley reconozca y confiese a favor del mismo D. Jayme Busqueta los espresados censos en poder del nombrado D. Luis Gonzaga Pallós, al cual a dicho fin, deberá presentar los titulos de las fincas por las cuales se presentan los repetidos censos, con protesta en caso contrario de acudir donde convenga, y de todas costas, gastos, y perjuicios que por falta de cumplimiento se ocasionaren. Cuya intima y requirimiento se hace a instancia del insinuado D. Jayme Busqueta en Barcelona a veinte y uno de Mayo del año mil ochocientos cincuenta y cinco. De la cual entre las doce y una horas de la tarde del dia de hoy entregó copia en manos propias dle referido D. Antonio Tusquets, Comaduran y de Laforja. De todo lo que el indicado portero ha requirido a mi el infro notario llevase el presente auto publico que ha sido hecho en la referida ciudad de Barcelona, dia, mes y año al principio anotados. Presentes por testigos D. Janer abogado, y D Miguel Vilarrubla de esta vecindad, Y el referido portero, conocido del infro notario, firma,
Ignacio Salom, Ante mi Luis Gonzaga Pallós notario.