Saga Bacardí
04584
ESCRITURA DE CAMBIO DE ACCIONES DE FERROCARRIL, POR DEUDA, HACIA LEOUFFRE, POR JOSÉ NICASIO MILÁ DE LA ROCA Y GUILLE.


En la ciudad de Barcelona a siete de Febrero de mil ochocientos sesenta y siete. Don José Nicasio Milá de la Roca y Guille, del comercio, para pagarle y satisfacerle a Don Amadeo Leouffre y Alfan, también del comercio, vecinos ambos de la presente, la cantidad de once mil reales que le tiene entregados en moneda metalica, antes de la firma de esta escritura a sus voluntades, espontaneamente cede y traspasa a favor del mismo, el credito que tiene contra la Compañia del Ferro-carril de Granolles a San Juan de las Abadesas, de importe once mil nuevecientos doce reales noventa y tres céntimos, el que le fué reconocido mediante el documento del tenor siguiente.=
“La Compañia del Ferro-carril de Granollers a San Juan de las Abadesas, a D. José Nicasio Milá de la Roca la cantidad de once mil nuevecients doce reales novent ay tres céntimos por el saldo en esta fecha de su cuenta por agnición como a encargado de las expropiaciones de terrenos de esta linea, y por los adelantos hechos a la compañía por el mismo concepto de expropiaciones.= Y para que conste le libro el presente en Barcelona a cinco de Setiembre de 1866 (mil ochocientos sesenta y seis). El cajero de la Compañia en Barcelona.= G. Compassols.= Hay un sello que dice.= Dirección facultativa.= Ferro-carril de Granollers a San Juan de las Abadesas”.
Concuerda con su original que se me ha exibido y he devuelto al Señor Leouffre doy fe, en su razon queda el cesionario subrogado en el lubar y derecho del cedente, pudiendo exigir, percibir y cobrar el citado crédito y para ello instar ejecuciones, venta, trance y remate de bienes y otramente hacer uso de los derechos y acciones cdidas judicial y extrajudicialmente como mejor le pareciere, y promete tener por valido y subsistente esta cesión, y no venir contra de ella en tiempo alguno con enmienda de daños y pago de costas. Y Don Amadeo Leouffre la acepta dandose con ella por pagado y satisfecho de los once mil reales que le entregó al Señor Milá. Así lo firman siendo testigos presenciales D. Antonio Gatell y Badia, propietario y Don Ramon Compte y Riera practicante de notaria, los dos de esta vecindad. Y yo Don Magin Soler y Gelada notario del colegio del territorio de Barcelona con residencia en la misma ciudad doy fe conocer las personas, profesión y vecindad de los Señores otorgantes, así como haberles leido y a los testigos esta escritura y advertidos el derecho que tenian para hacerlo por si.
J. Nicasio Milá de la Roca, A. Leouffre, Magin Soler y Gelada notario.