Saga Bacardí |
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ESCRITURA POR DERECHO DE FIRMA POR VENTA ENTRE BOSCH Y SIMÓN, HACIA LOS HEREDEROS DE ANTONIO DE GIRONELLA Y AYGUALS. |
En la ciudad de Barcelona en veinte y uno de Setiembre del año mil ochocientos sesenta y uno, D. José de Manjarrés y Bofarull, abogdo, natural y vecino de esta ciudad, en la calidad de apoderado, para las infras y otras cosas legítimamente constituido y odenado por D. Eladio de Gironella, vecino de Madrid, D. Erneso de Gironella, que lo es de Paris. Da. Adelayda Gironella de Manjarrés, consorte del Señor otorgante, Da. Justina Gironella de Luna, consorte de D. Jacinto de Luna, vecinos de esta ciudad, y Da. Avelina Gironella de Coisard, consorte de D. Felipe Coisard, vecinos de Monpeller, naturales dichos cinco hermanos de la presente ciudad, excepto D. Ernesto que lo es del pueblo de San Vicente de Sarriá, según consta de los poderes que en la calidad de coherederos de su difunto común padre D. Antonio de Gironella, otorgaron a favor del Señor firmante, a saber, los cuatro primeros con escritura ante el autorizante notario en el dia seis de Diciembre del año mil ochocientos cincuenta y cinco, y la ultima, asi mismo, con escritura ante D. Luis Maria Francisco Javier Bonfil y su colega notario de la referida ciudad de Monpeller en el dia diez y siete de Enero de mil ochocientos cincuenta y seis, de cuyos poderes se ha presentado testimonio de su traducción escrito en papel del Real sello Ilustre y librado por D. Pedro José Ortenbach, traductor Real de lenguas de los Tribunales de esta ciudad en el dia veinte y tres de Enero del referido año mil ochocientos cincuenta y seis, que de haberlo visto y leído y de haberse devuelto al Señor otorgante, da fe el infrascrito notario. En dicha calidad, espontáneamente otorga carta de pago a favor de Juan Simón y Martí, natural de Blanes y vecino de esta ciudad, de la cantidad de nueve sueldos moneda catalana, que recibe del mismo en este acto y en efectivo recibe del dicho D. Juan Simón y Martí por manos de tercera persona. Cuyos nueve sueldos sirven a los principales del Señor otorgante por el derecho de aprobación o firma por razón de dominio del establecimiento perpetuo otorgado por D. Joaquin Bosch y Renart, propietario, natural y vecino de esta ciudad, a favor del nombrado D. Juan Simon y Martí, de un aporción de terreno, de tenida o estensión de ancho de mediodia a cierzo noventa y seis palmos, y de largo o fondo de oriente a poniente, a saber, ciento catorce palmos en el linde de mediodia y ciento veinte y dos palmos en el linde de cierzo, formando juntas dichas dimensiones un total de doce mil quinientos setenta y seis palmos superficiales cuadrados, poco mas o menos, o sean tres solares y un quinto de solar para edificar de treinta palmos de ancho el solar, sita en el termino del pueblo de San Martín de Provensals y en la calle llamada del Triunfo. Cuya porción de terreno forma parte y es de pertenencias de una pieza de tierra de cabida nueve cuartas, poco mas o menos, sita en dicho termino de San martin de Provensals y parage nombrado “La Granota”, la cual se tiene junto con los restantes de una pieza de tierra de once mojadas poco mas o menos, por los indicados principales del Señor otorgante en la rpedicha calidad de herederos de su difunto Señor padre D. Antonio de Gironella y bajo su dominio mediano, al censo de treinta y ocho libras, anualmente pagadero en el dia de San Juan del mes de Junio, según mas por estenso se esplica en la escritura de dicho establecimiento que pasó por ante el infrascrito notario autorizante D. José Janer de Alvarez en el dia seis de Agosto del corriente año mil ochocientos sesenta y uno. Salvos los censos, laudemios y demas derechos dominicales alos principales del Señor otorgante tal vez debidos y no satisfechos. En cuyo testimonio así lo otorga y firma, conocido del infro notario, en dicha ciudad de Barcelona, dia, mes y año sobre notados, presentes por testigos D. Ramon Pallós y D. Miguel Vilarrubla de esta vecindad.
José de Manjarrés y Bofarull, En poder de D. Luis Gonzaga Pallos mi con-notario y por su ausencia ante mi José Janer de Alvarez notario.