Saga Bacardí
04509
ESCRITURA DE FIRMA, POR VENTA ENTRE FERRER Y BOSCH, HACIA HERMANOS DE GIRONELLA Y DODERO.


En la ciudad de Barcelona a veinte y siete de Noviembre del año mil ochocientos sesenta. D. José de Manjarrés y Bofarull, abogado, natural y vecino de esta ciudad, en la calidad de apoderado para las infrascritas y otras cosas, legitimamente constituido y ordenado por D. Eladio de Gironella, vecino de Madrid. D. Ernesto de Gironella, que lo es de Paris, Da. Adelayda Gironella de Manjarrés, consorte del Señor otorgante, Da. Justina Gironella de Luna consorte de D. Jacinto de Luna, vecina de esta ciudad, y Da. Avelina Gironella de Coissard, consorte de D. Felipe Coissard, vecinos de Monpeller, naturales dichos cinco hermanos de la presente ciudad, escepto D. Ernesto que lo es del pueblo de San Vicente de Sarriá, según consta de los poderes que en la calidad de coherederos de su difunto comun padre D. Antonio de Gironella otorgaron a favor del Señor firmante, a saber, los cuatro primeros con escritura ante el autorizante notario en dia seis de Diciembre del año mil ochocientos cincuenta y cinco, y la ultima así mismo con escritura ante D. Luis Maria Francisco Javier Bonfils y su colega notario de la referida ciudad de Monpeller, en el dia diez y siete de Enero de mil ochocientos cincuenta y seis, de cuyos poderes se ha presentado testimonio de su traducción, escrito en papel del Real sello de Ilustres y librado por D. Pedro José Ortenbach, traductor Real de lenguas de los tribunales de esta ciudad, en el dia veinte y tres de Enero del referido año mil ochocientos cincuenta y seis, que de haberlo visto y leido y de haberse devuelto al Señor otorgante, da fé el infrascrito notario. En dicha calidad espontaneamente otorga carta de pago a favor de D. Ramon Ferrer y Vilaret, colchonero, natural y vecino de esta ciudad, de la cantidad de nueve sueldos moneda catalana, que en este acto y en efectivo recibe del dicho D. Ramon Ferrer y Vilaret por mano de tercera persona. Cuyos nueve sueldos sirven a los principales del Señor otorgante por el derecho de aprobación o de firma por razón de dominio del establecimiento perpetuo otorgado por D. Joaquin Bosch y Renart, propietario, natural y vecino de esta ciudad, a favor del nombrado D. Ramon Ferrer y Vilaret, de una porcion de terreno para edificar, comprensiva de un solar y medio de treinta palmos de ancho el solar, sita en el termino del pueblo de San martin de provensals y en la calle llamada del Triunfo. Cuya porción de terreno forma parte y es de perteenencias de una pieza de tierra de cabida nueve cuartos, poco mas o menos, sita en dicho termino de San Martin de Provensals y parage nombrado “La Granoga”, la cual se tiene junto con lo restante de una pieza de tierra de once mojadas poco mas o menos, por los indicados principales del Señor otorgante en la predicha calidad de herederos de su diufnto Señor padre D. Antonio de Gironella y bajo su dominio mediano, al censo de treinta y ocho libras, anualmente pagadero en el dia de San Juan del mes de Junio, según mas por estenso se esplica en la escritura de dicho establecimiento que pasó por ante D. José Janer de Alvarez notario publico de esta ciudad en el dia trece del corriente mes de Noviembre. Salvos los censos, laudemios y demas derechos dominicales a los principales del Señor otorgante tal vez debidos y no satisfechos, En cuyo testimonio así lo otorga y firma, conocido del infro notario, en dicha ciudad de Barcelona, dia, mes y año al principio anotados, presentes por testigos D. Pablo Pallós y D Miguel Vilarrubla de esta vecindad.
José de Manjarrés y Bofarull, Ante mi Luis Gonzaga Pallós notario.