Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE PODERES HACIA PETIT Y SURROCA, POR JOSÉ NICASIO MILÁ DE LA ROCA. |
En la ciudad de Barcelona a veinte y uno de Enero de mil ochocientos cincuenta y cuatro. D. José Nicasio Milá de la Roca piloto, graduado de alferez de navio de la Armada, natural y vecino de esta ciudad, ante el notario infro y los testigos que se nombrarán, dijo: Que espontaneamente otorgaba como otorga y concede que dá todo su poder, general y tan amplio cual de derecho se necesite a D. Juan Petit causidico del colegio de esta ciudad, y a D. José Maria Surroca, escribiente, vecino de la misma, paraque representando la persona, voz, accion y derecno del Señor otorgante, puedan y el otro de ellos pueda, previo el juicio verbal y conciliatorio en los terminos y casos prevenidos por la ley, que se le faculta celebrar en la forma competente, presentarse ante cualesquiera Señores juees de primera instancia, audiencias, curias y demas tribunales de Su Magestad, y en ellos, comenzar, seguir y terminar todos peitos y causas, activas y pasivas, princiipales y de apelación, movidas y movederas con su amplio y acosstumbrado curso, facultad espresa de jurar de calimnia, prestar cauciones juratorias, presentar memoriales, pedimentos suplicas, recursos y otros documentos, ministrar testigos y todo genero de pruebas, instar la presentación de requisiciones y a ellas responder, poner emparas y embargos, pedir desembargos de bienes, cancelandolos y soltandolos cuando les parezca, clamos y reclamos esponer, ejecuciones instar, y practicar todo lo demas que acerca dichos pleutos y causas y su curso ecsigiere segun el estilo de los tribunales donde vertieren sin limitación alguna. Con facultad de substituir, revocar los substitutos y nombrar otros de nuevo. Promete estar al juicio, pagr lo juzgaado y tener por firme y valido todo lo que, dichos apoderados, juntos y a solas, y sus respectivos substitutos obraren, sin revocarlo por motivo alguno, bajo obligación de sus bienes y renuncias de derecho necesarias. Asi lo otorga y firma conocido de mi el notario siendo testigos D. Manuel Rodriguez y D. Carlos Nadalmay vecinos de esta ciudad.
J. Nicasio Milá de la Roca, Ante mi Francisco Javier Moreu notario.