Saga Bacardí
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ESCRITURA DE ENTREGA DINERAL DEJADA POR ESTALELLA HACIA IÑDEFONSO MILÁ DE LA ROCA Y ESTALELLA.


En la ciudad de Barcelona a diez y seis de Diciembre del año mil ochocientos cincuenta y tres. D. José Milá de la Roca y Estalella del comercio, vecino de esta ciudad, en representación y como encargado que afirma ser de los intereses y negocios que tiene en esta ciudad su Señor hermano D. Ildefonso Milá de la Roca y Estalella del comercio, natural de la villa de Villanueva y Geltrú y vecino de la ciudad de La Habana en la Isla de Cuba, espontaneamente confiesa y en verdad reconoce a D. Miquel Roig y Rom, también del comercio, vecino de la presente ciudad, ausente al otorgamiento de esta escritura, el infro notario autorizante por el presente, aceptando y estipulando que en el modo que abajo se dirá, y en las calidades, no solo de albacea testamentario del difunto D. Juan Ildefonso Estalella, natural de la precitada villa de Villanueva y Geltrú y vecino que fué de esta ciudad, por este Señor elegido en su ultimo testamento que en diez y siete de Junio del año mil ochocientos treinta y nueve entregó cerrado a D. Juan Prats, notario publico Real colegiado de número que fué de esta ciudad, y seguida la muerte del Señor testador, fué por el suscrito notario, como regentando las escrituras de dicho Señor Prats abierto y publicado en los dias nueve y diez del ultimo mes de Noviembre, si que también de encargado de la liquidación de la herencia del nombrado Señor Estalella por voluntad de sus herederos, le ha pagado y satisfecho la cantidad de ciento ochenta y dos pesos fuertes, y cinco reales vellón que sirven a dicho D. Ildefonso Milá de la Roca y Estalella en satisfacción de semejantes que como a heredero del mismo D. Juan Ildefonso Estalella, su tio, junto con el Señor otorgante y sus comunes hermanos D. Francisco, D. Antonio, D, Ivo, Da. Francisca Milá de la Roca y Estalella, Da. Clara Milá de la Roca de Balius, y sus primos D. Ramon Pascual y Estalella, Da. Getrudis Pascual de Roig, Da. Josefa Estalella de Roig, D. Joaquin y Da. Paula Estalella, por aquel Señor instituidos en su espresado testamento, le corresponden por su parte en la referida herencia. Siendo de advertir que si bien en la clausula hereditaria de este se halla continuado también D. Joaquin Milá de la Roca, no ha tenido efecto a favor del mismo su parte de herencia por haber premuerto al Señor testador, y por consiguiente dicha parte ha acrecido la de los demas herederos. Y no es menos de advertir que que al percibir la memorada cantidad de ciento ochenta y dos pesos fuertes y cinco reales por la parte de herencia correspondiente al indicado D. Ildefonso Milá de la Roca, deja ademas el Señor otorgante en la representación con que acciona abonada al repetido Señor Roig y Rom la cantidad de sesenta y un pesos fuertes paraque este Señor la invierta en la gratificación que desea hacerse a Francisca Raventós por sus buenos servicios empleados en Ildefonso Estalella. El modo del pago de los citados cieno ochenta y dos pesos fuertes y cinco reales es que declara el Señor otorgante recibirlos en este acto del predichjo D. Miquel Roig y Rom, por mano de tercera persona, en dinero contante y con moneda metalica y sonante de oro y plata en presencia del notario y etestigos infros, de que le otorga la competente carta de pago, prometiendo como promete en su virtud el Señor otorgante que el mencionado su hermano D. Ildefonso Milá de la Roca y Estalella nada mas pedirá en tiempo alguno al referido Señor Roig y Rom ni a otra persona alguna en razón de la parte liquida hasta el dia, de la indicada herencia, queriendo emperó que el mismo su Señor hermano tenga salvo su derecho de percibir lo demas que pueda tal vez corresponderle en la repetida calidad de coheredero de D. Juan Ildefonso Estalella. En cuyo testimonio así lo otorg ay firma, conocido del infro notario, en dicha ciudad de Barcelona, dia, mes y año al principio anotados, presentes por testigos D. José Gebell y D. Miguel Vilarrubla de esta vecindad.
José Milá de la Roca, Ante mi Luis Gonzaga Pallós notario.