Saga Bacardí
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ESCRITURA DE DE PAGO DE DOTE HACIA MAGIN POR SU HERMANO ANTONIO DE GIRONELLA Y AYGUALS.


En la ciudad de Barcelona a diez y siete de Mayo del año mil ochocientos cincuenta. D. Magin de Gironella, natural y vecino de la presente ciudad. De su espontanea voluntad donfiesa y en verdad reconoce a D. Antonio de Gironella, hacendado, tambien domiciliado en la misma ciudad, ausente a este acto, el infrascrito notario autorizante por el presente aceptando y estipulando que en el modo que luego se dirá le ha pagado y satisfecho la cantidad de seis mil cuatrocientas treinta y siete libras y diez sueldos moneda catalana, que sirven al Señor otorgante a cuenta de diez y siete mil libras que acredita de dicho Señor en calidad de heredero de su difunto comun padre D. José de Gironella segun el calendado testamento de este, y está ultima suma en cumplimiento de veinte mil libras de dicha moneda de que el nombrado D. José de Gironella hizo particular legado al Señor otorgante en total pago y satisfacción de sus derechos de legitimas paterna y materna, y demas que pudiese pretender en la universal herencia de dicho su Señor padrel todo a tenor del testamento que este Señor en diez de Junio de mil ochocientos diez y siete entregó cerrado a D. Antonio Ubach y Clarís notario publico de esta ciudad, por el cual, seguida la muerte del mismo Señor testador fué abierto y publicado en el dia primero de Abril de mil ochocientos veinte. El modo del pago de dichas seis mil cuatrocientas treinta y siete libras y diez sueldos es que declara el Señor otorgante haberlas recibido del referido D. Antonio de Gironella su hermano, en dinero constante y con moneda metalica y sonante de oro y plata, a sus voluntades antes de la otorgación de la presente. Y renunciando a la escepción de no ser el dinero contado ni recibido y a las demas que favorecerle puedan otorga de dicha cantidad a fabor del nombrado D. Antonio su hermano la competente carta de pago. Se salva emperó el Señor otorgante el derecho de percibir las restantes diez mil quinientas sesenta y dos libras y diez sueldos que le faltan aun cobrar por cumplimiento de las referidos diez y siete mil libras. En cuyo testimonio así lo otorga y firma, conocido del infrascrito notario, en dicha ciudad de Barcelona, dia, mes y año al principio anotados, presentes por testigos D. Jose Gebelly y D. Alejandro Canet vecinos de la misma.
Magin de Gironella, Ante mi Luis Gonzaga Pallós notario.