Saga Bacardí |
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ESCRITURA DE ENTREGA DE MANDA A ALOS HERMANOS JOAQUIN, PEDRO Y PABLO, POR SU PRIMO ADOLFO DE GIRONELLA Y MILÁ DE LA ROCA. |
Sepase: Que D. Joaquin, D. Pedro y D. Pablo Milá de la Roca, los tres hermanos, vecino de esta ciudad, espontáneamente conffiesan y reconocen a D. Magin de Gironella, domiciliado en la misma, pagando por su hijo D. Adolfo de Gironella y con animo de recobrar del mismo la calidad este de heredero de Da. Antonina Capala y Milá de la Roca por lo que respeta a la cantidad de cuatro mil libras y en las mejoras hechas en los bienes de que lizo donación a su sobrina Da. Maria de las Mercedes Gironella y Milá de la Roca, esposa que fue del referido D. Magin de Gironella, con el testamento que la mencionada Señora Da. Antonina entregó cerrado a los diez y seis de Agosto de mil ochocientos treinta y cuatro a D. José Maria Odena notario publico real colegiado de número de esta ciudad y después de la muerte de la testadora, fue abierto y publicado por el infro notario a los veinte y ocho y veinte y nueve de Octubre de mil ochocientos cuarenta y siete, que en el modo que después se espresará el mismo D. Magin de Gironella les ha dado y pagado la cantidad de trescientas libras a saber, cien libras a cada uno de los tres otorgantes las cuales les sirven respectivamente en pago de igual cantidad de la que a cada uno de ellos hizo manda con su calendado testamento. El modo del pago de las referidas trescientas libras es que confiesan recibirlas del propio D. Magin de Gironella en dinero efectivo sonante y metalico, en presencia del notario autorizante y de los testigos que se nombrarán de las que firman carta de pago, cediendo respectivamente al espresado D. Magin todos los derechos a los otorgantes correspondientes antes de la firma de esta escritura para pedir y obtener del nombrado D. Adolfo de Gironella el reintegro de la cantidad satisfecha, de cuyos derechos cedidos pueda usar en juicio y fuera de el, como mejor le convenga, constituiendole respectivamente su procurador como en hecho propio. Así lo otorgn y firman, conocidos del infro notario, en la ciudad de Barcelona a los nueve de Enero de mil ochocientos cuarenta y nueve. Siendo testigos Francisco Domingo Losada y Antonio Sala en ella residentes.
J. Joaquin de Milá de la Roca, Pablo de Milá de la Roca, Pedro Milá de la Roca, En poder de mi Joaquin Odena notario.