Saga Bacardí
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ESCRITURA DE RECONOCIMIENTO DE DEVOLUCIÓN DE PRESTAMO HECHO POR FONTANELLAS A ANTONIO DE GIRONELLA Y AYGUALS.


D. José Fontanellas del comercio de esta paza: Espontaneamente confiesa y reconoce al Señor D. Antonio de Gironella también comerciante de Barcelona, a este acto ausente como si fuese presente y por el el notario infro presente y estipulante, que en el modo que luego se dirá le ha dado ypagado la cantidad de diez y ocho mil pesos de a ciento veinte y ocho cuartos cada uno. Que sirven al otogante por semejantes que prestó en vales reales sonsolidados al referido Señor Gironella y de los cuales le firmó escritura publica de debitorio por ante el notario infro en el dia veinte y seis de Junio de mil ochocientos treinta y dos. El modo del pago de los referidos diez y ocho mil pesos es que confiesa el otorgante haberlos habido y recibido del espresado Señor D. Antonio de Gironella por medio de entrega de ellos que su apoderado en la corte ha hecho a D. Juan Miguel Barberia encargado del otorgante en los documentos siguientes: cinco titulos del cuatro por ciento de a veitne mil reales números 40304, 40305, 40385, 40386, 40387. Uno de diez mil reales con el número 6899 y un estracto de suscripción del cuatro por ciento de valor ciento sesenta y un mil cien reales vellón, número 19077 serie B talon número 1578 con un residuo de la misma de veinte y nueve reales cadtalanes número 11029. Por lo que renunciando a la escepciónd el dinero no contado a la de la cosa no recibida y a cualquier beneficio , derecho y ley de su fabor no solo otorga esta carta de pago, si que tambén cancela y anula la calendada escritura de debitorio y sus fuerzas y obligaciones de modo que en adelante no pueda aprovechar al otorgante ni perjudicar a D. Antonio de Gironella imponiendose silencio y callamiento perpetuo con pacto firmisimo de no pedir cosa alguna mas. Quedando advertido que de esta escriturad ebe tomarse razón en el registro de hipoecas de esta ciudad dentro el termino de seis dias siguientes al de la firma para los efectos prevenidos en la Real Pragmatica, En cuyo testimonio lo otorga y firma, conocido del notario infro en la ciudad de Barcelona a veinte y cinco de Setiembre de mil ochocientos treinta y cuatro, Siendo testigos D. Carlos Pons notario real y Geronimo Caué escribiente en esta ciudad residentes.
Joseph Fontanellas, Ante mi José Manuel Planas y Compte notario.