Saga Bacardí
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ESCRITURA DE ESTADO DE CUENTAS ENTRE ORTELLS Y ANTONIO NADAL Y VICENT.


En la ciudad de Barcelona a los quince dias del mes de Diciembre del año mil ochocientos cuarenta y nueve.
Sepase: Que Da. Maria Galup y Nadal, viuda de D. Cayetano Galup. Y D. Antonio Artós y Aldabert, proprietarios, vecinos de la presente ciudad en la cualidad de legatarios de ciertos bienes del difunto D. Antonio Nadal y Vicent, según la confianza que este les hizo con su último y valido testamento que entregó cerrado al infro notario el dia diez y seis de enero del año mil ochocientos cuarenta y cuatro, que despues de la mierte del Señor testador fué abierto y publicado or el mismo notario a los veinte y tres de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y seis. Por cuanto en dicha cualidad otorgaron todo su poder general cual se requieriese y fuese necesario con libre y franca administración, sin limitación, ni restricción alguna a D. Ramon Ortells y Aldebert también legatario como los Señores otorgantes de los bienes de la mencionada confianza, de cuyo poder general consta por escritura ante D. Jayme Rigalt y Alberch notario publico de número de esta ciudad a los siete de Enero del año mil ochocientos cuarenta y siete. Habiendo fallecido repentinamente el nombrado procurador, y legatario D. Ramon Ortells y Aldabert el dia cuatro de Abril del presente año. Y habiendo tomado inventario de su herencia y bienes los curadores testamentarios de sus hijas de primer matrimonio Da. Eladia, Da. Maria Guadalupe y Da. Teresa Ortells y Aldebert, en union con Da. Margarita Ortells y Molas, su viuda de segundo matrimonio. Se reunieron los Señores legatarios otorgantes con dichos curadores para tratar, examinar y saber el estado de las cuentas y administración que en virtud del citado poder general tenian confiadas al referido D. Ramon Ortells. De resultas de cuyo examen, dichos Señores legatarios, y los curadores de dichas menores han formado y firmado el estado de cuentas, que copiado a la hora a su instancia es como sigue.=
Estado que manifiesta el modo como quedaron las cuentas de la confianza del Señor D. Antonio Nadal y Vicent, el dia cuatro de Abril del año actual, en que murió D. Ramon Ortells y Aldabert, legatario que fué de dicha confianza, a cuyo cargo estaba la caja.

CASAS EN LA CALLE NUEVA DE LA RAMBLA Y LA DEL PADRÓ.
Cargo.
Suma de la libreta borrador, toda la letra del referido Señor Ortells, desde primero de Enero a cuatro de Abril de mil ochocientos cuarenta y nueve...........................................2143L 12S 9D.
Data.
Suma de letra del mismo Señor Ortells en la citada fecha.................................1429L 11S 1D.
Existencia en poder del indicado Señor Ortells....................................................714L 1S 8D.

2143l 12S 9D.

MANSO BELLET EN SANT CUGAT DEL VALLÉS.
Cargo.
En la libreta-borrador toda de letra del dicho Señor Ortells, dice ser el saldo de treinta y uno de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y ocho................................................328L 16S 6D.
Data.
Importa la suma de letra del referido Señor Ortells..............................................90L.
Existencia en poder del citado Señor Ortells.......................................................239L 16S 6D.

328L 16S 6D.

CASA SABAU EN SANTA PERPETUA.=CARGOS.
Suma de la libreta-borrador toda de letra del mismo Señor Ortells..................724L 9S 7D.
En treinta Octubre mil ochocientos cuarenta y ocho, cobro de Gertudis Soley según recibo que ha presentado de veinte duros.........................................................................37L 10S.
En diez y nueve Noviembre idem de Ignacio Soley idem. Idem. De 32 duros...60L.
En diez y siete Diciembre idem, de Gertrudis Soley id. id. de 52 duros............98L 16S 3D.
Dicho dia idem. id. id. id. de siete duros..........................................................13L 2S 6D.
En veinte y cuatro idem. id. id. ….....................................................................75L 2S 10D.
En 1º Enero mil ochocientos cuarenta y nueve, cobró de Jayme Bellsolá, según nota de su letra.......................................................................................................................15L.
En veubte y seis idem, de Salvador Humet, según id. reales de 19 duros 10 reales......................................................................................................................36L 11S 3D.
En dos Febrero idem de José Artigas, según nota de su letra...........................30L.
En once idem de Gertrudis Soley, según idem, idem.........................................15L.
D. d. idem id. id. recibo que ha presentado de ocho duros................................15L.
En doce idm de Francesch Rosselló, según nota de su letra.............................43L 17S 6D.
En treinta y uno Marzo idem de Gertrudis Soley, según recibo que ha presentado
de 49 duros.............................................................................................................91L 17S 8D.
D. d idem....... id.........id....de veinte y ocho duros dos reales...............................52L 13S 2D.

1309L 1S 2D.
Data.
Suma de la libreta citada.....................................................................................744L 3S 3D.
Coste de las cuarenta horas, según nota...............................................................49L 1S 6D.
Funerales del P. Felipe Mestres, según id...............................................................9L.
Fiesta de San Pedro Nolasco, según id..................................................................22L 10S.

824L 14S 3D.
Existencia en poder del referido Señor Ortells.......................................................484L 6S 5D.

1309L 1S 2D.
BOSQUE DE SAN GERONIMO.
Cargo.
Alcanza al referido Ortells las mismas cuatrocientas treinta libras doce sueldos siete dineros......................................................................................................................430L 12S 7D.

Data.
Suma la libreta-borrador toda de letra del indicado Señor Ortells.......................430L 12S 7D.


CUENTA GENERAL DEL CITADO D. RAMON ORTELLS CON LA CONFIANZA DE D. ANTONIO NADAL Y VICENT.
Cargo.
De las casas en las calles Nueva y Padró debe tener efectivo...........................714L 1S 8D.
Del manso Bellet en San Cugat, idem................................................................238L 16S 6D.
Del manso Sabau en Santa Perpetua, idem.......................................................484L 6S 5D.

1437L 4S 7D.
Data.
Del bosque de San Geronimo acredita..............................................................430L 12S 7D.
Alcanza la confianza de D. Ramon Ortells, mil seis libras doce sueldos....1006L 12S.

1437L 4S 7D.

Barcelona tres de Agosto de mil ochocientos cuarenta y nueve= Como legatarios del difunto D. Antonio Nadal y Vicent= Maria Galup y Nadal= Antonio Artós= Como a curadores de las menores hijas del difunto D. Ramon Ortells y Aldebert= Jayme Nubiola= Jayme Ventura Bofill= Concuerda con el estado original que se me ha presentado. Habiendo pues resultado contra la herencia del difunto D. Ramon Ortells el alcance de mil seis libras doce sueldos a favor de la referida confianza de D. Antonio Nadal y Vicent, y no habiendo hallado los curadores de dichas menores dinero metalico en la herencia de su padre para satisfacer la predicha y otras deudas de la misma herencia, cuyo pago se instaba, acudieron al tribunal de primera instancia del Distrito de San Beltran de esta ciudad ante el Señor juez D. Antonio Esponera por actuacion de D. Manuel Catalan y Riera escribano del mismo, y en meritos del espediente al efecto instruido, con auto de catorce de Setiembre proximo pasado se autorizó a dichos curadores para tomar a prestamo la cantidad de tres mil libras que habian logrado convenir con D. José Galí vecino de esta ciudad, al interés de uatro y medio por ciento, cuyo prestamo y obligación firmaron a los veinte y seis del mismo mes ante el infro notario, en cuya virtud se hallan actualmente dichos curadores en disposición de verificar el pago del espresado alcance. Por lo tanto, los nombrados Señores Da. Maria Galup y Nadal, y D. Antonio Artós en la expresada cualidad de legatarios de confianza del repetido D. Antonio Nadal y Vicent confiesan y reconocen a D. Jayme Ventura Bofill, y D. Jayme Nubiola en la de curadores de las menores Da. Eladia. Da. Maria Gadalupe y Da. Teresa hijas del difunto D. Ramon Ortells y Aldebert nombrados por este en su testamento que entregó cerrado al infro notario a los treinta y uno de Agosto del año mil ochocientos cuarenta, que despues de su muerte fué abierto y publicado el dia doce de Abril de este año, que en la espresada cualidad les han pagado y satisfecho la cantidad de mil seis libras doce sueldos, en satisfacción del alcance que las transcritas cuentas arrojan a favor de dicha confianza. Cuyo alcance confiesan recibir de dichos curadores en este acto en presencia del notaio y testigos infros en moneda metalica de oro y plata. Por lo que no solo otorgan la mas cabal carta de pago, y finiquito, sino también la mas completa aprobación y difinición de dichas cuentas, con pacto de no pedir ni pretender cosa alguna mas en su razón. En cuyo testimonio dichos Señores otrogantes, y los Señores curadores conocidos todos del infro notario lo firman de sus manos. Siendo testigos D. José Pena cursante leyes, y D. Juan Rodríguez vecinos de esta ciudad.
Maria Galup y Nadal, Antonio Artós, Jayme Nubiola, Jayme Ventura Bofill, Ante mi Pedro Rodríguez de Alcántara notario publico de número de Barcelona.