Saga Bacardí
02693
ESCRITURA DE PODERES HACIA SACHI, POR AMIGÓ, PUJOL Y ANTONIO NADAL Y VICENT.


En la ciudad de Barcelona a los veinte y nueve dias del mes de Abril del año mil ochocientos treinta y tres.
Sépase: Que D. Antonio Nadal y Vocent, D. José Amigó y D. Francisco Pujol, vecinos de esta ciudad, espontaneamente otorgan que dan, y confieren todo su poder cumplido, y tan amplio como por derecho se requiere y es menester a D. Jayme Francisco Sechi de Grases, abogado de los Reales Consejos, residente en la villa y corte de Madrid, auiqne ausente, como si fuese presente. Paraque a nombre y representación de los Señores otorgantes juntos, y en particular puedan presentarse y se rpesenten ante qualesquiera Señores jueces, justicias, ministerios y tribunales, y en donde combenga, proponga qualesquiera demandas e insancias, introduza, siga y finalice qualesquier peytos y causas, actuvas, y pasivas, principales y de apelación, movidas y para moer largamente, segun su acostumbrado curso, jure de calumnia, preste cauciones juratorias y de fiaduria, inste execuciones, sequiestros, embargos, y desembargos, ventas, trance y remate de bienes, oyga autos y sentencias, lo favorable consienta, y de lo contrario suplique y apele, y haga todo lo demas, que para dichos pleytos y su amplisimo curso, se requiera, segun el estilo de los tribunales donde virtieren, sin limitaciòn alguna. Dandole tambien facultad de que pueda substituir este poder a quales quera personas, y revocar los substitutos a su arbitrio. Y generalmente en razón de todo lo referido, su anexo y dependiente, hagan y practiquen el nombrado procurador, y sus substitutos quanto conceptiaren oportuno, y lo mismo que podría, siendo presente el otorgante, que todo desde ahora lo aprueba y confirma, y promete estar a derecho, pagar lo juzgado, y haver por valido y firme todo lo que por el nombrado procurador, y sus substitutos fuere hecho y practicado, y no revocarlo en tiempo, ni por motivo alguno. Bajo obligación de todos sus bienes y derechos, juntos y de cada uno de los tres insolidum presentes y futuros con toda renunciacion necesaria. En cuyo testimonio los nombrados Señores otorgantes a quienes el infro notario doy fe conoco lo firman de sus manos, siendo testigos Ramon Ortells y Salvador Montalt vecinos de la presente ciudad.
Antonio Nadal y Vicent, Joseph Amigó, Francisco Pujol, Ante mi Pedro Rodríguez de Alcántara notario publico de número de Barcelona.